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  El caso de Urium es notablemente distinto al de otras ciudades romanas del territorio dadas las dificultades para asegurar su carácter urbano, debido en parte a su propia característica urbanística: la dispersión del hábitat en directa relación con el laboreo de los distintos filones de mineral del Cinturón Ibérico de Piritas donde se sitúa, lo cual generará diversas áreas de viviendas y necrópolis asociadas. No obstante, la aparición de dos estatuas y un pedestal de época claudia entre los escoriales de plata que cubrían las estructuras de la Corta del Lago, hacen suponer la existencia de un lugar público, una plaza/foro o un local oficial ( Praetorium ) en la zona.

   Así, un enclave de nombre Vrion aparece entre los que Ptolomeo califica como pertenecientes a los turdetanos que habitan en las tierras contiguas a la Lusitania, proporcionándole unas coordenadas que coinciden básicamente con las que Plinio asigna al río Vrium en la Naturalis Historia y que está precedida por la de Illípula (Niebla). Este mismo topónimo se encuentra en el Anónimo de Rávena como Vrion en la vía entre Onoba y Arucci.

   Respecto a la identificación de este topónimo Urium con un núcleo concreto, parece existir unanimidad a la hora de situar el lugar así citado por Ptolomeo con el yacimiento conocido como Llano de los Tesoros/Corta del Lago, pudiendo deducirse que éste lugar será el hábitat principal de las minas de Riotinto, aunque como se ha comentado, conforme se explotaban nuevos filones o masas surgían pequeños establecimientos en torno a cada una de esas explotaciones. Así pues, parece que el único enclave con cierta entidad para ser identificado con el Urion/Urium de las fuentes clásicas es el de este poblado minero que en función de su posición central adquirió el status de centro administrativo, y lugar de residencia además del representante del fisco imperial – el procurator metallorum -, generalmente un liberto imperial, cuya presencia se ha evidenciado epigráficamente mediante una inscripción hallada a mediados del siglo XVIII en la galería de San Carlos. Desde el punto de vista del ordenamiento jurídico, no hay por el contrario, ningún testimonio epigráfico o numismático que permita asegurar el tipo de adscripción jurídica del enclave.

   En su entorno se han descubierto centenares de enterramientos, básicamente de incineración, de los siglos I-II d.C., en tumbas de diferentes tipologías, muchas de las cuales estaban indicadas por medio de cupae, con ajuares integrados en su mayor parte por lucernas, lacrimatorios, monedas, cerámicas finas y demás objetos menudos, propios de los mineros y la población humilde encargada de la explotación del lugar.


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