Acceso y admisión

Información previa a la matriculación

Toda la información relativa a los plazos y procedimientos de presinscripción y matrícula se encuentran disponibles en apartado de Secretaría de esta Facultad.
Para más información, pulse: aquí.

Perfil de ingreso recomendado para el Grado de Educación Infantil por la Universidad de Huelva

El perfil de estudiantes del Grado en Educación Infantil define a personas con una clara vocación hacia la enseñanza, que se interesen por la infancia y que desean desempeñar su profesión en el ámbito educativo con niños y niñas de cero a seis años.

La finalidad de la Educación Infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y niñas, respetando los derechos de la infancia y atendiendo a su bienestar. Se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio. Además, se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. Todos estos aprendizajes se realizan desde un modelo de intervención específico y quienes se formen en esta titulación tienen que demostrar un interés en actividades dirigidas a la infancia (contenidos, ocio, deporte, artes, etc.) o proyectos de intervención social o socioeducativa así como una voluntad de implicarse en entidades y asociaciones, especialmente si se dedican a la infancia o al tratamiento de temas científicos, artísticos, culturales o deportivos.

Acciones previstas para el apoyo y orientación de los/las estudiantes una vez matriculados

La Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Huelva, tiene diseñado un sistema de apoyo y orientación para el alumnado de la titulación con la finalidad de facilitar la información necesaria para el desarrollo de la vida académica de los/las estudiantes matriculados. Los instrumentos fundamentales de este sistema de apoyo y orientación son los siguientes:

  • Página web del Centro: (www.uhu.es/fedu). En esta página se presenta el centro, sus órganos de gobierno y servicios. Además el estudiante puede acceder a información de interés tanto en el ámbito administrativo (secretaría, formularios de prescripción y matrícula, etc.) como de ordenación académica (Planes de estudios, programas de las asignaturas, horarios, fechas de exámenes, profesorado, etc.). Junto a esta información los/las estudiantes también podrán conocer las noticias de actualidad que se realizan en el centro.
  • A su vez, el estudiante dispondrá de un espacio en el Campus Virtual de la Universidad de Huelva, gestionado desde la Unidad de Apoyo a la Enseñanza Virtual del Centro, donde se les informa, de manera general, de todos los aspectos vinculados a sus estudios.
  • Guía del estudiante: Editada anualmente antes del comienzo del curso, en esta Guía se recoge amplia información los servicios para el alumnado así como información sobre las facultades y otra información de interés. (descarga la guía del estudiante)
  • Jornadas de acogida : Esta actividad se focaliza en los/las estudiantes matriculados en el primer año de la titulación con el fin de ofrecer una visión general de la titulación y de las actividades y servicios del Centro. Se trata de establecer un primer contacto y acercar la vida académica a los/las estudiantes facilitando su socialización en este nuevo espacio organizacional. En esta Jornada, programada para el inicio del curso, participan miembros del Equipo Decanal y jefes de servicio del Centro.

El objetivo de estas jornadas es proporcionar a los alumnos/as conocimientos e información tanto del Centro en el que cursan los estudios como de la Universidad en general, que resultan de gran utilidad para desarrollar adecuadamente sus estudios universitarios.

Dentro de estas jornadas cobran especial importancia tanto las sesiones destinadas a conocer los diferentes servicios que tanto el Centro como la Universidad ofrecen a los/las alumnos/as (Servicio de Atención a la Comunidad Universitaria, servicios bibliotecarios de apoyo a la enseñanza, programas de movilidad, etc. ) así como diferentes programas y/o actividades que se desarrollan específicamente desde el Centro y el título.

Requisitos de acceso y criterios de admisión

Los procesos de acceso y admisión a los estudiantes que van a iniciar estudios en la Universidad de Huelva, están regulados tanto a nivel estatal

(Pruebas de Acceso y Distrito Abierto), como a nivel autonómico (Distrito Único de Andalucía). A nivel andaluz, los órganos colegiados con representación de todas las Universidades Públicas de Andalucía, son la Comisión Interuniversitaria de Andalucía, y la Comisión del Distrito Único de Andalucía, que se encargan de coordinar y organizar, tanto las pruebas de acceso a la Universidad, como el proceso de admisión de estudiantes a las universidades dependientes de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Respecto a la normativa de las Pruebas de Acceso Universitario contamos con:

A nivel estatal:

  • Orden de 4 de agosto de 1995 (BOE 197 de 18 de agosto).
  • RD 1640/1999 de 22 de octubre (BOE 257 de 27 de octubre).
  • Orden de 25 de noviembre de 1999 (BOE 286 de 30 de noviembre).
  • RD 69/2000 de 21 de enero (BOE 19 DE 22 de enero de 2000).
  • RD 990/2000 de 2 de junio (BOE 133 de 3 de junio).
  • RD 1025/2002 de 4 de octubre (BOE 253 de 22 de octubre de 2002).
  • RD 1742/2003 de 19 de diciembre (BOE 19 de 22 de enero de 2004).

A nivel autonómico:

  • Decreto 126/94 de 7 de junio de 1994 (BOJA de 26 de julio).
  • Resolución de 21 de febrero de 1996 (BOJA de 21 de marzo de 1996).
  • Orden de 22 de diciembre de 1999 (BOJA 10 de 27 de enero de 2000).
  • Resolución de 23 de febrero de 2000 (BOJA 41 de 6 de abril de 2000).
  • RD 1892/2008 de 14 de noviembre (BOE 283 de 24 de noviembre de 2008).

A ello hay que añadir, sin perjuicio de los demás mecanismos de acceso previstos por la normativa vigente, el artículo 14 del Real Decreto 1393/2007 del 29 de octubre sobre organización de las enseñanzas Universitarias Oficiales. Con ella se establece que para acceder a las enseñanzas oficiales de Grado se requerirá estar en posesión del título de bachiller o equivalente y haber superado la prueba a que se refiere el Artículo 42 de la Ley 6/2001 Orgánica de Universidades modificada por la Ley 4/2007 de 12 de abril.

Respecto al acceso y los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias, a partir del curso 2010-2011, será la contenida en el REAL DECRETO 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas (BOE 24-11-2008). El citado Real Decreto, contempla la posibilidad de acceder a la universidad en determinadas circunstancias, tales como, los estudiantes procedentes de otros sistemas educativos de la Unión Europea, aquellos que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías y cumplan o hayan cumplido los 40 años de edad antes del día 1 de octubre del año de comienzo del curso académico y acrediten determinada experiencia laboral relacionada con el ámbito laboral y profesional de las enseñanzas a cursar, o los mayores de 45 años que superen la prueba establecida en el RD 1892.

El acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional, para cursar enseñanzas universitarias oficiales de Grado regulado en el artículo 36 de este real decreto será de aplicación a los procedimientos de admisión a la universidad a partir del año académico 2010-2011, debiendo la Comunidad Autónoma establecer los criterios de ordenación de los solicitantes que accedan por esta vía.

Respecto a otras fórmulas de acceso incluidas en el anterior decreto, también debemos hacer referencia a las Pruebas para Mayores de 25 años. En ellas, tenemos como referente la Resolución de 7 de julio de 2009 de la Comisión Interuniversitaria de Andalucía, por la que se establecen los procedimientos y los programas para la realización de dichas pruebas.

En el caso de las pruebas lingüísticas, las normativas por las que nos regimos son:

La Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades.

Resolución de 27 de mayo de 2008, de la Comisión de Distrito Único Universitario de Andalucía, por la que se hacen públicos los plazos y los procedimientos para la inscripción en las pruebas para la acreditación de la competencia lingüística que se establece en el apartado 2 de la disposición segunda de la Resolución que se cita.

Resolución de 14 de marzo de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dictan instrucciones para el acceso a la Universidad española en el próximo curso 2008-2009, de los alumnos procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Además de estas modalidades de acceso, existen otras posibilidades de acceder a la universidad y matricularse en el Grado de Maestro de Educación Infantil, como son:

  • Los alumnos procedentes de universidades extranjeras a los que se les conceda la convalidación parcial de los estudios que pretenden continuar en la UHU de acuerdo con los criterios que determine esta Universidad (Decreto 69/2000)

Por lo tanto, y en virtud de esta normativa, los estudiantes que han superado las pruebas de acceso a la Universidad, podrán matricularse en la titulación de Grado en Educación Infantil en el curso 2010/2011 en tanto que no está previsto establecer límite de plazas para el acceso, ya que se prevé una demanda inferior al número de plazas ofertadas en este primer año de implantación.

120

Plazas ofertadas

944

Plazas solicitadas

128

Matriculados/as de nuevo ingreso

Normativa sobre el sistema de transferencia y reconocimiento de créditos

  1. A los efectos de la presente normativa, se entiende por reconocimiento, la aceptación por la Universidad de Huelva de los créditos que, habiendo sido obtenidos  en  unas  enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
  2. Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  3. La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.
  4. También podrán reconocerse créditos la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.
  5. No podrán ser objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en el título de origen por convalidación o reconocimiento, o cuando haya sido objeto de reconocimiento para el mismo título de destino los estudios que originaron la citada convalidación o reconocimiento
Para más información, consultar la normativa adjunta en el siguiente enlace: Descargar en pdf