REQUISITOS DE ACCESO

Perfil de ingreso

Los criterios y procedimientos de admisión para los/las aspirantes a cursar el Programa de Doctorado en Ciencias Sociales y de la Educación son los mismos para todos los estudiantes, sea cual sea su modalidad: Tiempo Completo (TC) o Tiempo Parcial (TP).

  1. El alumnado, para ingresar en el programa de doctorado, deberá haber cursado uno de los siguientes másteres oficiales de la Universidad de Huelva:
    MÁSTER EN INNOVACIÓN Y LIDERAZGO EDUCATIVO
    MÁSTER EN EDUCACIÓN ESPECIAL
    MÁSTER EN COMUNICACIÓN Y EDUCACIÓN AUDIOVISUAL
    MÁSTER EN ESTUDIOS E INTERVENCIÓN EN MIGRACIONES, DESARROLLO Y GRUPOS VULNERABLES
    MASTER EN INVESTIGACIÓN E INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL EN CONTEXTO DIVERSOS
  2. La Comisión Académica valorará la adecuación al Programa de otros másteres cursados por los/las estudiantes en el campo de las Ciencias Sociales y de la Educación, en condiciones de igualdad con los Másteres antes citados, ya sean impartidos por la UHU o por otras universidades e instituciones académicas.
  3. En el caso de que el/la candidato/a acredite un máster ajeno al campo de las Ciencias Sociales y de la Educación, la Comisión Académica, atendiendo a las características de ese máster y a la trayectoria académica y profesional del/la candidata/a, valorará su grado de afinidad, y en caso de admisión establecerá los complementos de formación pertinentes.
  4. El/la candidata/a deberá disponer de un dominio del inglés suficiente (al menos equivalente al nivel B1) para su uso eficiente en las actividades de formación doctoral y, en particular, en la investigación científica en los ámbitos de las Ciencias Sociales y/o de las Ciencias de la Educación. Este requisito se considera deseable y preferente, pero no obligatorio.

Por otro lado, la Comisión Académica del PD determinará, a la luz de este perfil, los complementos de formación que cada alumno deberá cursar, en función de los estudios previos realizados, competencias adquiridas y el área de investigación a la que se adscriba. Esta cuestión se expondrá y analizará en el siguiente apartado dedicado a los criterios de acceso. 

Acceso a los estudios de Doctorado (según Real Decreto 99/2011)

Las condiciones generales de acceso y criterios de admisión de estudiantes vienen establecidos en los artículos 6 y 7 respectivamente del RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado:

Requisitos de acceso al doctorado

  1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
  2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:


    a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.

    b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.

    c) Los titulados universitarios que, previamente han obtenido una plaza de formación sanitaria especializada o que hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.

    d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de máster universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.

    e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

    f) Los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.

Tal y como indica el RD 99/2011 y recoge el Reglamento de Estudios de Doctorado de la Universidad de Huelva, ésta puede establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes en un programa de doctorado (complementos de formación).

Los requisitos de admisión específicos establecido para este Programa de Doctorado se indican en el apartado denominado “Complementos de formación”.

La lengua utilizada en el Programa de Doctorado de Ciencias Sociales y de la Educación será el español. Pero podrán utilizarse otras lenguas, con preferencia el inglés.

El órgano que llevará a cabo el proceso de admisión será la Comisión Académica del PD en Ciencias Sociales y de la Educación, cuya composición estará publicada en la web.