Valoración y tutela administrativa de la dependencia
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Resumen
La clasificación de la dependencia se lleva a cabo estructurándola en tres grados (art.26.1), cada uno de ellos subdividido en dos niveles (art. 26.2) y todos ellos integrados en el baremo fijado al efecto. El art. 27.1 remite a las Comunidades Autónomas la determinación de los órganos de valoración encargados de dictaminar el grado y nivel de dependencia de la persona; a tal efecto, se prescribe que el Consejo Territorial deberá acordar unos criterios comunes de composición y actuación de tales órganos que, en todo caso, tendrán carácter público. Por último, se regula en los arts. 42 a 47 el régimen de infracciones y sanciones que respalde el cumplimiento o la efectividad de las condiciones básicas reguladas en la Ley._____________________________________The classification of dependency is divided into three levels (art. 26.1, and each of them are also subdivided into two other groups. All of these levels and groups are taken into account when the standards are applied. Article 27.1 makes the Spanish autonomous regions responsible for the designation of the Evaluation Committees, which are the ones that apply the level and group of dependency. The so-called Territorial Council designates how the Evaluation Committees are made up as well as the way they have to function. These Committees have to be open to the public in any case. Lastly, articles 42 through 47 regulate the infractions and sanctions in order to make the law effective and to avoid the violation of the law.Descargas
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Publicado
2006-12-01
Cómo citar
Sánchez Trigueros, C. (2006). Valoración y tutela administrativa de la dependencia. TRABAJO. Revista Iberoamericana de Relaciones Laborales, 18. https://doi.org/10.33776/trabajo.v18i0.99
Sección
Temática
Derechos de autor 2020 Carmen Sánchez Trigueros
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