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DOI: http://doi.org/10.33776/hh.v18.8516
J P D T
Doctor en Teología y licenciado en Historia de la Iglesia
juanpablodteba@gmail.com
R
En este artículo de investigación tratamos
fundamentalmente acerca de la visita pastoral
a la localidad de Bollullos Par del Condado
en la centuria dieciochesca. El artículo está
estructurado en dos partes distintas, pero
conectadas entre sí. En la primera, hacemos una
reexión sobre la visita pastoral como una de
las funciones episcopales más importantes. Y en
la segunda, que es la más importante y extensa,
analizamos todos los aspectos que el visitador
tenía en cuenta en una visita pastoral aplicados
a la localidad de Bollullos Par del Condado, en
los años del siglo XVIII que hemos investigado.
De estas visitas, analizamos: noticias de la villa,
clero parroquial, los aspectos sociales, benécos
y religiosos y los mandatos de visita.
P 
Visita pastoral, Bollullos Par del Condado, siglo
XVIII, archivo diocesano, obispo.
Fecha de recepción: 25/09/2024
Fecha de aceptación: 12/11/2024
A
is article mainlydealswiththe pastoral
visitto the locality Bollullos del Condado
in thediocesancentury.  structure of this
article is divided in two dierent parts which
are connected. In therstone, thoughtsonthe
pastoral visit as one ofthe most important
episcopal functions are given. esecondpart,
themost important and themost extensive one,
analysesalltheaspectsthatthevisitortookinto
account in a pastoral visit applied to the locality
Bollullos duringthe 18th century, which has
been investigated. e following aspects of
these visistswill be analysed: news from the
village, parish clergy, social, charity and religious
aspects, and the mandates of the pastoral visit.
K 
Pastoral visit, Bollullos Par del Condado,
18th Century, Diocesan archive, bishop.
IntroduccIón
Este artículo está elaborado, en líneas generales, en torno a dos partes.
En la primera parte abordamos la visita pastoral como una de las funciones
episcopales más importantes. Hablamos, en primer lugar, de la visita pastoral
en el ministerio episcopal, luego denimos la visita, después exponemos los
objetivos de la misma, explicamos a continuación tanto el modo de hacerse
la visita como los formularios de visita que expresan todo lo que era objeto
Juan Pablo Domínguez Teba
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de inspección durante el ejercicio de la misma y, terminamos con un apartado
dedicado a los mandatos de visita.
En la segunda parte analizamos todos los aspectos que el visitador tenía en
cuenta en una visita pastoral, siguiendo el paradigma de las visitas, tal como
éstas se llevaban a cabo en el siglo XVIII. Ofrecemos el estudio de la localidad de
Bollullos, de sus parroquias e instituciones y, sobre todo, del clero parroquial y
terminamos hablando de los mandatos de visita.
Para este estudio nos han sido de gran utilidad las aportaciones de los doc-
tores Martín Riego, Candau Chacón y Carlos Ladero. Estos autores arman que
la visita pastoral es una de las más importantes funciones episcopales y una de
las mejores acciones pastorales que debe tener en cuenta el auténtico pastor de
almas, para garantizar una idónea y verdadera reforma del clero y de los eles, y
justicar si se cumplen las disposiciones disciplinares emanadas del magisterio de
la Iglesia, condicionadas por el periodo histórico que esatravesando la Iglesia
de Sevilla en el siglo XVIII.
Hemos manejado un total de once legajos para la localidad de Bollullos, co-
rrespondientes a los libros de visita, tomados de los fondos documentales del
archivo diocesano hispalense y, centrándonos en los siguientes años del siglo
XVIII: 1712, 1715, 1725, 1737, 1742, 1743, 1754, 1761, 1766, 1771 y 1779.
Esta documentación nos ha llevado a los siguientes pasos y datos: el estudio
concreto del pueblo visitado, parroquia, inspección de las cuentas de fábrica,
capellanías, patronatos, colecturías y cofradías. También la inspección de los
hospitales, capillas, ermitas y oratorios. Es lo que se llama la visita de las cosas.
Pero, un punto importante de la visita es el escrutinio secreto del clero. Se
trata de la parte más importante y la más rica de la visita, ya que habla de la
inspección a las personas. Con los datos ofrecidos por los visitadores, nos hemos
acercado a una sociología del clero parroquial de Bollullos.
Parte I. La vIsIta PastoraL
1. La vIsIta PastoraL
1.1. La visita pastoraL en eL ministerio episcopaL
Dice Tarcisio de Azcona1 que la imagen del obispo ideal de la que nos habla
el Concilio de Trento está congurada por el el cumplimiento de los siguientes
deberes: el de la residencia en su diócesis, el ejercicio de la visita a su obispado, la
celebración de sínodos diocesanos, el ejercicio de la predicación, el uso correcto
de las rentas y un elevado grado de santidad. Y, de entre ellas, destacamos como
las funciones episcopales más importantes la del deber de residencia, los sínodos
diocesanos y la visita pastoral.
La visita pastoral es un acto de gobierno del obispo que se incluye como as-
pecto fundamental de una función del ministerio episcopal tan importante como
1 Tarzicio de Azcona, “Reforma del episcopado y del clero de España en tiempos de los Reyes
Católicos y de Carlos V (1475-1558)”, en Ricardo García Villoslada, Historia de la Iglesia en Es-
paña, III/1, Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos, 1980, 163.
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es el munus pascendi2. Debe ser personal y anual. La persona del obispo en esta
tarea es insustituible. En caso de imposibilidad, el obispo debe seleccionar buenos
y competentes visitadores. En esta tarea el ejemplo es Cristo, quien recorre las
aldeas en busca de la oveja perdida.
Pero no puede haber visita pastoral si el obispo no reside en la diócesis que se
le encomienda para servirla. La irresidencia traía dos grandes males: la pluralidad
de benecios y la admisión de obispos auxiliares o de anillo. Se insiste en que la
residencia es una exigencia del carácter esponsal del vínculo del obispo con su
Iglesia. La residencia del obispo en su diócesis es personal e intransferible y es un
deber incuestionable3.
1.2. Definición y objetivos De La visita pastoraL
Una de las principales obligaciones del obispo, además de predicar el evange-
lio y conferir las órdenes sagradas, es visitar la diócesis4. El obispo es un pastor
y una de las obligaciones del munus episcopale,5 es la visita pastoral. Se trata
de un acto de jurisdicción episcopal: “Ius visitandi ese actum iurisdictionis
Episcopi6”. El Concilio de Trento nos habla del obispo como responsable de
toda la vida diocesana. De aquí la obligación y necesidad de residir en su sede7.
La visita pastoral, por tanto, es un acto de gobierno del obispo –visitatio est
gubernatio– y tiene como objetivo la reforma y la corrección8.
La visita pastoral es uno de los acontecimientos más importantes de la vida
de la Iglesia desde sus orígenes. Está en estrecha relación con la decadencia y la
reforma de la Iglesia9. Cuando decaen las visitas pastorales, la vida de la Iglesia
2 El ejercicio de las funciones episcopales del Obispo es triple: 1) predicar (docenci), 2) santicar
(sancticandi) y 3) regir (pascendi).
3 Isidoro Miguel García “El Obispo y la práctica de la visita pastoral en el marco de la teología
reformista”, Memoria ecclesiae XIV (1999), 356.
4 Dominique Bouix, Tractatus de Episcopo Ubi et de Synodo Dioecesana, vol. 2,Parisiis-
Insulis-Tornaci: Apud Perisses Fratres Bibliopolas, 1873.
5 Cf. Carlos Ros, Historia de la Iglesia de Sevilla. Sevilla: Editorial Castillejo, 1992, 62.
6 Petrus Leurenius, Forum Ecclesiasticum in quo ius canonicum universum, vol. 1, Vene-
tiis: Apud Joannem Baptistam Recurti, 1729, 347.
7 Cf. José Ignacio Telechea Idígoras, El formulario de la visita pastoral de Bartolomé Carran-
za,” Anthologica Annua 4 (1956), 420; Antonio Mestre Sanchís, “Decadencia y reforma en la Igle-
sia española en le pensamiento de Mayans y Ciscar”, Antohologica Annua 15 (Roma 1967), 233;
Antonio Domínguez Ortiz, “Aspectos sociales de la vida eclesiástica en los siglos XVII y XVIII”,
en Historia de la Iglesia en España, vol. 4., ed. Ricardo García-Villoslada, Madrid: BAC, 1979,
29-36 y 57-65; Teófanes Egido, Las claves de la Reforma y de la Contrarreforma (1517-1648).
Barcelona: Planeta, 1991, 93; Marc Venard, “El quinto concilio de Letrán (1512-1517) y el concilio de
Trento (1545-1563)”, en Giuseppe Alberigo (ed.), Historia de los concilios ecuménicos. Salamanca:
Ediciones Sígueme, 1993, 283-305.
8 Paolo Fuschi, De visitatione et regimine Ecclesiarum libri duo. Roma: ex typograa An-
dreae Phaei, 1616, 16.
9 Tommaso María Alfani, Vita ed ufzi del vescovo secondo gli ammaestramenti di San
Paolo e la continuata disciplina e spirito di Santa Chiesa. Napoli: Gennaro Muzio, 1729. Aquí
podemos encontrar todos los cánones de la historia de la Iglesia referentes a la visita pastoral, desde
el concilio de Tarragona del 506 hasta el concilio de Trento. En la primera parte de la obra se nos
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languidece. De aquí que el concilio de Trento las regule con un reglamento rigu-
roso, haciendo de ellas un instrumento radical de la reforma que se pretendía10.
El tridentino impuso al obispo la obligación de hacer la visita pastoral personal-
mente (salvo en caso de legítimo impedimento), con una periodicidad anual o
bianual (para las diócesis más grandes) y redujo el número de los institutos que
gozaban de privilegio de exención11.
Una gura tan representativa del espíritu reformador como la de Gerson,
habló de la visita pastoral como “cardo totius reformationis ecclesiastica12.
Por su parte, Agustín Barbosa, célebre canonista portugués, nos describe la visita
pastoral y la forma de proceder el obispo en la misma13. La dene como el alma
del ministerio episcopal, ya que en ella se concentra el munus episcopale14.
La visita pretende la reforma de las costumbres y la erradicación de los pe-
cados públicos15. Responde al principio “salus animarum suprema lex Eccle-
siae.” Los visitadores, al inicio de su inspección, reúnen al pueblo y le indican el
n de la misma: desarraigar los vicios e implantar las virtudes16.
El contacto con el pueblo, a través de la visita pastoral, permite al obispo
tener el cuadro de la situación, conocer de cerca las condiciones de vida humana
y cristiana de sus feligreses y, más en general, tocar con la mano el estado de su
iglesia para poder elaborar un plan pastoral en función de las necesidades con-
cretas de su diócesis17. De las lecturas de los libros de visitas pastorales sacamos
como conclusión que uno de los aspectos más importantes es el relacionado con
la conducta de vida y la formación intelectual del clero y, sobre todo, con la pre-
paración del mismo en la administración de los sacramentos y en la enseñanza y
predicación de la doctrina cristiana18.
habla de las virtudes y cualidades que debe tener un obispo y en la segunda parte sobre las obliga-
ciones del mismo.
10 Manuel Martín Riego, “La visita pastoral a las parroquias”, Memoria Ecclesiae 14 (1999),
162.11 Massimo Marcocchi, La Riforma Cattolica. Documenti e testimonianze. Brescia: Morce-
lliana, 1967, 70.
12 Ludovico Thomassino, Vetus et nova Ecclesiae disciplina circa benecia, et benecia-
rios. Luccae: Sumptibus LeonardiVenturini, 1728, 793.
13 Agostinho Barbosa, Pastorali ssolicitudinis, sive de ofcio, et potestate episcopi. Lugdni:
Sumptibus Anisson et Possuel, 1724, 216-237.
14 Ibid. 80.
15 Cf. Émile Valton, “Évêque. Questions théologiques et canoniques”, en Dictionnaire de
Théologie Catholique, vol. 5, Paris: Letouzey et Ane, 1924.
16 Fernando Niño de Guevara, Constituciones Sinodales del Arzobispado de Sevilla. 2ª
edic. Sevilla: Librería Española y Extranjera, 1862-64, 124.
17 Manuel Martín Riego, “El plan de erección y dotación de curatos de 1791. Una reforma en la
archidiócesis de Sevilla”, Isidorianum 4 (1993), 199.
18 Manuel Martín Riego, “El clero parroquial astigitano en el siglo XVIII,” Isidorianum 5
(1994), 209. Del mismo autor, véanse los siguientes artículos: “El clero parroquial de la vicaría de
Jerez en el siglo XVIII,” Trivium. Anuario de Estudios Humanísticos 6 (1994), 165-192; “El
clero parroquial de El Puerto de Santa María a través de los libros de visitas pastorales. Año 1764,”
Revista de Historia de El Puerto 15 (1995), 53; “El clero parroquial de la vicaría de Ayamonte en
el siglo XVIII,” Aestuaria 3 (1995), 132.
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La toma de contacto con el clero y el pueblo es una ocasión propicia para ins-
tituir estructuras adecuadas de cara a la formación del clero –seminario19 y con-
ferencias morales20– y establecer escuelas de la doctrina cristiana para la instruc-
ción religiosa del pueblo. También para controlar los libros, maestros de escuelas,
médicos, parteras, etc. Se trata, por tanto, de una promoción a nivel religioso,
pero también de una acción de represión de clara referencia contrarreformística.
La visita pastoral es una ocasión de promoción del culto eucarístico, poten-
ciando las hermandades existentes21 y, en denitiva, de control de la aplicación
de las disposiciones tridentinas en materia de sacramentos y liturgia. Por último,
es una oportunidad para curar las discordias internas de la comunidad cristiana
y para adoptar medidas y sanciones canónicas contra los ministros y clérigos
indignos.
En denitiva, los objetivos fundamentales de la visita son predicar la pala-
bra de Dios, exponer al pueblo los principales misterios de la fe, administrar el
sacramento de la conrmación, reformar las costumbres del clero y de los eles,
examinar el estado de las iglesias y castigar los pecados públicos con las peniten-
cias correspondientes22.
1.3. orDo et moDus aD visitanDas parochias
Las visitas pastorales, al igual que otras fuentes escritas, son el producto de
una actividad de escritura. Ya Dominique Julia había notado cómo las visitas
pastorales están profundamente marcadas por la tradición de la cancillería dioce-
sana23. Es decir, el escritor, normalmente, es un notario que acompaña, siempre o
19 ARCHIVO GENERAL DEL ARZOBISPADO DE SEVILLA (en adelante AGAS). Fondo
Arzobispal. Sección II: Gobierno-Asuntos Despachados, n. 629; AGAS. Fondo Arzobispal. Sección
IV: Administración General-Visitas, n. 1524. El doctor Francisco de Mesa y Jinete, canónigo de la
colegiata del Salvador de Jerez y visitador general del arzobispado entre 1722 y 1741, maniesta al
arzobispo, a través de los datos obtenidos de sus visitas, la necesidad de la creación del seminario
conciliar de Sevilla. La misma recomendación encontramos en un informe anónimo de un visitador
de 1780. El seminario conciliar de Sevilla no se creará hasta 1831 en Sanlúcar de Barrameda.
20 Íbid. Un informe anónimo de un visitador, fechado en 1780, subraya el acierto que ha sido
el exigir al clero la asistencia a las conferencias morales. Según el visitador, son numerosos los
eclesiásticos que asisten con aprovechamiento.
21 Cf. Manuel Martín Riego, “La Eucaristía en la archidiócesis hispalense a través de los libros
de visitas pastorales. Siglo XVIII,” Isidorianum 3 (1993), 216-230; Del mismo autor podemos
consultar también: “Las hermandades sacramentales de la ciudad de Sevilla a través de los libros de
visitas pastorales”, en Actas del IV simposio de la Iglesia en España y América: siglos XVI-XX.
Eucaristía y Nueva Evangelización, Córdoba: Cajasur, 1994, 146-157; José Roda Peña, “Orígenes
de las hermandades sacramentales en Sevilla”, en Actas del IV simposio de la Iglesia en España y
América: siglos XVI-XX. Eucaristía y Nueva Evangelización, Córdoba: Cajasur, 1994, 135-140;
Del mismo autor podemos consultar su obra de: Hermandades Sacramentales de Sevilla. Una
aproximación a su estudio. Sevilla: Guadalquivir, 1996, 19-198.
22 Juan Julián Caparrós, Disciplina eclesiástica general del Oriente y Occidente, particu-
lar de España, y última del Santo Concilio de Trento. Madrid: Imprenta Gómez Fuentenebro,
1807, 158-159.
23 Cf. Dominique Julia, “La réformepost-tridentine en France daprès les procès-verbaux des
visites pastorales: ordres et résistances”, en La società religiosa nell’età moderna: Atti del con-
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casi siempre, a un visitador durante el cumplimiento de su ocio. Pero puede ser
también un eclesiástico el que tome nota.
Si tenemos presente las indicaciones dadas por el cardenal Carlos Borromeo
en el concilio provincial del año 1565, resulta que:
La visita debe ser cumplida con el siguiente orden; primero las
parroquias de la ciudad y luego las parroquias rurales; después la
catedral y luego las otras parroquias de la ciudad. Después las con-
fraternidades, los seminarios, las asociaciones, los hospitales y los
otros lugares píos. Luego viene la investigación precisa y cuidadosa
sobre el estado de la iglesia, de las cosas destinadas al culto, de los
ornamentos y vestiduras sagradas, de los corporales y puricadores,
de las reliquias, de la limpieza, de los sepulcros, de los cementerios,
de las capillas menores e incluso del archivo... De gran importancia
es el inventario de los bienes de la iglesia, de los bienes capitulares o
parroquiales y de aquellos que están anexos a cualquier benecio; y
luego el inventario de los bienes de las capellanías, de las cofradías,
de los hospitales y de cualquier otro lugar pío24.
1.4. formuLarios De visitas
Desde el siglo XV aparece ya un claro esquema de visita, vertebrado en dos
grandes bloques temáticos, en el que se compendia un formulario de visita25. Con el
objeto de examinar, el visitador disponía de una práctica constituida por el cuadro
material de la vida parroquial (visitatio rerum) y por la conducta y delidad de
los clérigos y de los laicos (visitario hominum)26.
La visitatio rerum comprendía: iglesia parroquial (sagrario, altar mayor, alta-
res devocionales, pila bautismal y crismeras) sacristía (plata, reliquias y ornamen-
tos), coro con sus libros adecuados y órganos, campanas y campanario, casa pa-
rroquial, cementerio, hospital y ermitas. Se vigila también los libros relativos a las
personas y a la administración de los bienes eclesiásticos (estatutos, constituciones,
inventarios, dilucidarios, catálogos, títulos con indicación de valores y cargas) y las
tareas administrativas de los párrocos. La visita de la iglesia, centrada en su interior
vegno studi di storia sociale e religiosa (Capaccio-Paestum, 18-20, maggio 1972), a cargo de
Francesco Malgeri, Napoli: Guida Editori, 1973, 311-397.
24 Ambrogio Palestra, “Le visite pastorali di San Carlo”, Ambrosius 42 (1966), 48-49; Del
mismo autor podemos consultar: “La legislazione del Cardinale Carlo Borromeo per gli archivi
ecclesiastici della provincia metropolitana milanese”, a cargo de la Escuela Especial para los Archi-
vistas y Bibliotecarios de la Universidad de Roma, (Roma: Edizione di storia e letteratura, 1979),
593-616. Enrico Cattaneo, “Il primo concilio provinciale milanese (a. 1565)”, en Convegno storico
internazionale. Il concilio di Trento e la riforma tridentina, vol. I, Roma: Editorial Herder,
1965, 215-275.
25 Umberto Mazzone yAngelo Turchini, Le visite pastorali. Analisi di una fonte, Bologna:
IlMulino, 1985, 7-10. En este libro se nos ofrece el estado de la cuestión de la visita pastoral en
Francia, Italia y Alemania.
26 Cf. Max Lingg, Gegschichte des Instituts der Pfarrvisitation in Deutschland, Kempten:
Verlagder Jos. KöselschenBuchhandlung, 1988; Nöel Goulet, Les visites pastorales, Turnhout:
Brepols, 1977, 31.
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y exterior, pretendía la limpieza y decencia de todo lo sagrado. Asimismo, se busca
una clara y recta administración parroquial de los bienes muebles e inmuebles.
La visitatio hominum comprendía: la vida, deberes y costumbres del clero
y pueblo. Se subdividía en dos secciones:
a) Ad clericos: ocio divino, ocupaciones civiles, cumplimiento del celibato,
nivel cultural, traje eclesiástico, residencia, conocimiento del catecismo y
recta administración de los bienes eclesiásticos. Atención especial mere-
cen, según Bartolomé Carranza, las tareas de los párrocos por tener cura
de almas. El párroco debe concordar su vida y su predicación, porque de
lo contrario destruye con su mal ejemplo más de lo que edica con su
doctrina. Se exige a los párrocos: exacto conocimiento de sus feligreses
por medio de cheros circunstanciados, administrar rectamente los sacra-
mentos, vigilar los escándalos públicos y las costumbres pecaminosas de
sus feligreses, residir en su vicaría o rectorado y compartir fraternalmente
los ingresos parroquiales con los otros clérigos.
b) Ad laicos: vigilancia de cuestiones relativas a la fe (herejías, sortilegios,
adivinaciones y supersticiones) y reforma de costumbres (blasfemias,
adulterios, usuras, juramentos en falso, amancebamientos y asesinatos).
Fiándose, con frecuencia, de las informaciones del clero, el visitador se
interesa por la observancia de los mandamientos de la Iglesia, de la moral,
de la religiosidad popular y de las asociaciones laicales27.
La visitatio hominum no puede prescindir de los testimonios recogidos ni
de las valoraciones reportadas, mientras que la visitatio rerum, se funda prin-
cipalmente sobre una evaluación completa que el visitador hace con sus propios
ojos.
1.5. Los manDatos De visita
Los libros de visita, después de ofrecernos todo lo que era objeto de inspec-
ción por parte de los visitadores, suelen incluir unos folios, llamados Mandatos
de Visitas. Aquí aparecen ciertas normas y recomendaciones de cara a la mejora
de la vida parroquial. Unas iban encaminadas a la recta administración de los
bienes parroquiales: piezas eclesiásticas, capellanías, patronatos, memorias, obras
pías, colecturías de misas, fábricas, fundaciones, etc. Otras a la mejora intelectual,
moral, espiritual y pastoral del clero, recomendando y exigiendo la asistencia al
coro, misas de tercia, conferencias morales, estudio continuo, predicación, aten-
ción pastoral a los eles, enseñanza de la doctrina cristiana, recta administración
27 Cf. Giovanna Casagrande, “Ricerche sulle confraternite delle diocesi di Spoleto e Perugia
da “visitationes” cinquecentesche”, Bolletino della deputazione di storia patria per l`Umbria
75 (1978), 31-61; por indicaciones más generales: AA.VV., “Risultati e prospettive della ricerca sul
Movimento dei disciplinati”, Convegno Internazionale di studio, Perugia: 5-7 dicembre 1969, Città
di Castello: Artigrache Città di Castelo, 1972.
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de los sacramentos, la comunión mensual por parte de los clérigos de menores y
tonsurados, la modestia, la compostura clerical, etc.
La mayor parte de los mandatos conservados en los libros de visita son re-
lativos a la reforma del clero. Otras normas y recomendaciones iban orientadas
a regular la conducta de los eles: precepto dominical y pascual, asistencia a los
actos de piedad y devoción, mejora moral, etc. Por último, el visitador suele re-
comendar la adquisición de ornamentos y vasos sagrados, arreglo de los usados y
deteriorados, adquisición de imágenes, reparación de templos y altares, etc.
Los mandatos de visita responden al principio de salus animarum supre-
ma lex Ecclesiae. Estos mandatos suelen ofrecernos aspectos de la vida y de la
realidad parroquial que, a juicio de los visitadores, necesitaban ser mejorados. En
la utilización de estos datos debemos ser cautos, ya que a partir de muchos man-
datos de visitas estudiados, tenemos la impresión de encontrarnos ante modelos
estereotipados.
Hasta el siglo XIX la casi totalidad de los mandatos de visita se registraban en
los libros de cuentas de fábricas, conservados en los respectivos archivos parro-
quiales. Según el cardenal Cienfuegos y Jovellanos, arzobispo de Sevilla (1824-
1847), esta costumbre impedía que los eclesiásticos los tuvieran a la vista, en de-
trimento del cumplimiento de las normas de dichos mandatos. En 1830 dispuso
que se registraran en un libro que “sirva para este efecto solamente28”.
Al inicio de este libro había que registrar los mandatos de visitas del arzobis-
po Alonso Marcos de Llanes y Arguelles (1783-1795), ya que el citado prelado
había recopilado los más antiguos en un modelo. Se trata de unos mandatos con
diecinueve normas y que podemos encontrar en el archivo diocesano y en mu-
chos parroquiales29.
Parte II. La vIsIta PastoraL a BoLLuLLos Par deL condado en eL sIgLo XvIII
1. vIsItas PastoraLes a BoLLuLLos en eL sIgLo XvIII
La visita pastoral es importante sobre los datos que ésta ofrece como fuente
documental más importante del archivo diocesano. Es también fundamental para
el estudio de la demografía, de las personas y, por supuesto, del clero. Siguiendo
estas visitas podemos obtener una serie de datos que vamos a ir desgranando a lo
largo de este artículo.
El geógrafo Tomás López, cuando quiso saber la demografía, la economía
de los pueblos, las enfermedades, etc., pidió informes a los párrocos sobre las
realidades socioeconómicas de los pueblos en los que ejercían su labor pastoral,
porque los párrocos, conocían estas realidades mejor que nadie30.
28 AGAS. Sección IV: Administración General-Visitas, n. 1413.
29 AGAS. Sección III. Justicia, n. 3045; AGAS. Sección IV: Administración General-Visitas,
n. 1453. También se ven dichos mandatos en el archivo parroquial de Santa Cruz de Écija, en el de
la prioral de El Puerto de Santa María y en el de la parroquia de Nuestra Señora de la Asunción de
Cantillana.
30 Manuel Martín Riego y Miguel Ángel Rodríguez Luque, “La vicaria de Paterna del Campo
en el siglo XVIII. El caso de Castilleja del Campo (Sevilla)”, Anuario de Historia de la Iglesia
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La segunda parte de este presente trabajo de investigación tiene como objeti-
vo ofrecer una panorámica de la parroquia de Santiago Apóstol de Bollullos Par
del Condado en el siglo XVIII. Nos acercamos a algunas visitas pastorales que
se hicieron en el siglo de las luces, con el orden de la visita, las noticias de la lo-
calidad, el clero parroquial, religiosos y religiosas. También los aspectos sociales,
benécos y religiosos –capellanías, hospitales, patronatos, cofradías y ermitas–.
Y no podrían faltar el análisis económico de las cuentas de fábrica parroquial y
los mandatos de visita31.
Las visitas pastorales en el siglo XVIII se hacían siguiendo tres veredas: la
banda morisca, el condado de Huelva, y Écija, con la sierra de Cazalla. En el siglo
de las luces, en la zona de Huelva aparecen 16 vicarías32, siendo una de ellas, la
de Niebla, a la que pertenecía la localidad de Bollullos. En el transcurso de este
estudio iremos viendo la realidad de esta villa, a través de los libros de visitas
pastorales a los que hemos podido tener acceso33.
1.1. orDen De La visita (1712-1790)
Las instrucciones a los visitadores regulan la forma concreta de llevar a cabo
la visita pastoral34. Según estas instrucciones, una de las primeras cosas que hacía
andaluza, vol. 9 (2016), 155. El geógrafo y cartógrafo español de la Corona Tomás López (1730-
1800) trabajó en un proyecto de elaboración de mapas en un Diccionario geográco de las regiones
de España, entre ellas los reinos de Córdoba, Granada, Jaén y Sevilla. Prepaun cuestionario de
quince o veinte preguntas que envió a los curas párrocos de los pueblos, las personas más cultas y
conocedoras de la geografía, historia y situación de los mismos. La solicitud contó con el apoyo de
los prelados españoles. El cuestionario demandaba informaciones geográcas muy precisas, pero
también muchas otras referentes a la historia, a las costumbres, a la sociedad, a la economía, etc., de
cada lugar. Por tanto, las respuestas a este cuestionario nos ofrecen el pasado como el presente de
cada lugar. Tomás López indicaba que el pueblo fuese el centro de un círculo cuya radio tuviera tres
leguas y las respuestas se centraran en este espacio. Los cuestionarios fueron enviados y las respues-
tas empezaron a llegar. Toda esa correspondencia fue archivándose para su posterior elaboración en
un diccionario. Tomás López no pudo llevar a cabo esta tarea, pues murió antes. Sus hijos tampoco
tuvieron la iniciativa suciente para continuarla y estas riquísimas informaciones fueron siendo
olvidadas y archivadas. Pascual Madoz se aprovechó de ellas para la redacción de su diccionario que,
en muchos casos, sigue elmente las respuestas enviadas a Tomás López.
31 La terminología eclesiástica y canónica de muchas palabras (diezmos, prestameras, bene-
cios, ponticales, capellanías), serán perfectamente denidas a lo largo de este artículo.
32 Tras la restauración, la diócesis de Sevilla no se dividió en arciprestazgos sino en vicarías.
Éstas agrupaban en torno a a un número indeterminado de parroquias -urbanas o rurales-, con
cabeza en un núcleo de población cercano de mayor importancia. Al frente de la vicaría está el
vicario foráneo que era el representante del arzobispo en su respectiva vicaría. Entre sus principales
funciones guran el control de los diezmos eclesiásticos y la vida del clero parroquial, como
podemos observar en el escrutinio secreto del clero.
33 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, nn. 5157-5232.
34 Respecto al estudio de las visitas pastorales en la archidiócesis hispalense han sido manejadas
cinco instrucciones a los visitadores: la Instrucción para los visitadores, aprobada por el cardenal
Rodrigo de Castro (1581-1600) e incluida en las sinodales de 1604; el interrogatorio por el cual
el señor visitador ha de examinar a los testigos, folios sueltos redactados en 1611; los Apunta-
mientos que se hacen a los visitadores de esta diócesis para el mejor método de las resultas
de visitas, redactados probablemente por Palafox en 1699; la Instrucción para los visitadores
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el visitador cuando realizaba su visita a una iglesia parroquial era hacer una lec-
tura del edicto de los pecados públicos y celebrar el Santo Sacricio de la Misa. Y
tras ello, el visitador procedía a la visita sacramental. Así lo pone de maniesto
la inspección hecha por el visitador general del arzobispado de Sevilla, Gregorio
Luis Zapata Palafox35, a la parroquia de Santiago de Bollullos el 21 de julio de
1712 por la tarde, después de salir desde Villarrasa para Bollullos del Condado36.
Y así se constata también, por ejemplo, en la visita que hizo el visitador Andrés
Mastrucio de Tejada a esta misma parroquia en la visita del 28 de febrero de
171537, después de concluir la visita en Villarrasa unos quince días antes.
En las visitas de 1715, 1725 y 1737 se indica, además, que antes de proceder a
la visita sacramental, el visitador celebró el Santo Sacricio de la Misa y después
se dispuso a hacer la lectura del edicto de pecados públicos en la forma acostum-
brada, tal como lo mandan las constituciones sinodales de 1604. Destacamos
también que, en la visita personal del arzobispo Marcos de Llanes y Arguelles a
la iglesia de esta villa el 10 de mayo de 1790, después de salir de Almonte, una
vez que el arzobispo hizo la visita sacramental, administró el sacramento de la
conrmación38.
En la visita del año 1712, el visitador inspeccionó el sagrario del altar mayor
y observó que el Santísimo estaba colocado en un relicario grande de plata y
que estaba dorado por dentro. En la visita del año 1715, ese relicario tenía en
su interior una forma grande y otras cuatro más pequeñas. En la visita del año
1725, Mastrucio observó que este relicario estaba colocado sobre el altar junto
a unos corporales y se encontraba en buen estado. Después de la visita del altar
mayor, se visitó el altar comulgatorio donde había otro relicario de plata dorado
interiormente. Se trataba de un relicario más pequeño que el que había en el altar
mayor de la iglesia y que servía para administrar cotidianamente a los eles el
Santísimo Sacramento y para llevarlo a los enfermos. Se examinó también la ca-
jita pectoral que estaba dorada por dentro y que se usaba para llevar el Santísimo
para los casos repentinos39.
En la visita del año 1715, el visitador halló prevenida esta cajita con algún
número de formas y colocada junto a otro vaso grande sobre el altar, y varios
corporales, en un tabernáculo bastantemente adornado y decente. Y en la visita
del año 1737, el visitador observó la existencia de dos vasos de plata dorados por
del Arzobispado, aprobada el 20 de septiembre de 1705, por el arzobispo Manuel Arias y Porres;
y la Instrucción que debe servir de gobierno a los señores visitadores, redactada por el arzo-
bispo Romualdo Mon y Velarde en 1819. Para este artículo manejamos las Sinodales de 1604 y las
Instrucciones de 1705.
35 En líneas generales, los visitadores, además del arzobispo, solían ser prebendados de la cate-
dral de Sevilla, o sacerdotes que ostentaban algún importante cargo de la curia diocesana. El arzobis-
pado de Sevilla tenía cinco visitadores: tres para las parroquias de las localidades de la Archidiócesis,
uno para las de Sevilla y uno para las monjas dependientes de la jurisdicción arzobispal.
36 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
37 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183.
38 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5232.
39 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
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dentro: uno se utiliza para administrar la comunión cotidiana a los eles y el
otro se emplea para distribuir el viático a los enfermos y, todo estaba dispuesto
con el mayor aseo posible y bajo el custodia40.
Después de hacer la visita sacramental, se procedió a la de la pila bautismal.
En la visita de 1712, el visitador constató que la pila bautismal no estaba bien
cuidada, ya que a través de ella podía caber un muchacho, por lo que necesitaba
ser reparada41. Luego se examinaron los vasos sagrados de los santos óleos y del
santo crisma. A continuación, se inspeccionaron los libros de bautismo, despo-
sorios y velaciones, no encontrándose defecto sustancial alguno que se pudiera
advertir y. hallándose todos ellos en buena forma y con bastante custodia42.
Finalmente, se reconocieron los altares, cuerpos del altar y la sacristía. La
sacristía estaba bien provista de ornamentos y se encontraba todo bien aseado.
No obstante, según la visita del año 1712, se observa que los altares están pobres,
excepto el altar mayor que aunque carece de retablo, pero tiene muy buenas al-
hajas de plata. Y en la visita de 1715, se reconocieron algunos defectos en los or-
namentos y alhajas de plata de esta iglesia, previniéndose del remedio necesario
para ello. La visita concluyó con la procesión de difuntos, según lo dispuesto por
el ceremonial, como nos lo pone de relieve el visitador en su visita del año 1715.
1.2. noticias De La LocaLiDaD (1712-1790)
1.2.1. organización territoriaL
Bollullos es una villa de señorío territorial y se distinguió de los lugares que
son comprendidos en el Condado de Niebla. En un primer momento perteneció
al Duque de Medina Sidonia, pero al acabarse la sucesión en esta Casa, esta villa
recayó en manos del Duque de Alba, como nos lo pone de maniesto el visitador
general del arzobispado de Sevilla, el licenciado D. Miguel María de León y Gon-
zález, en la santa visita pastoral realizada en el año 1779 a la villa de Bollullos43.
Su territorio y jurisdicción dista a diez leguas de la ciudad de Sevilla por parte
del Poniente. Es de las más antiguas poblaciones de su comarca, aunque entera-
mente se ignoran los principios de su fundación.
1.2.2. vecinDario
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de los vecinos existentes en la
villa de Bollullos, en los años de las visitas que hemos analizado:
40 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
41 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
42 El concilio de Trento ordenó, en 1563, que todas las parroquias tuvieran sus libros de re-
gistros sacramentales: bautismos, matrimonios y fallecimientos. También, el registro de las conr-
maciones. Hay que mencionar que estas disposiciones conciliares, toman como modelo la práctica
española. Así, en muchas parroquias tenemos registros sacramentales antes del Concilio de Trento.
También en la archidiócesis de Sevilla. En otras investigaciones hemos comprobado lo que estamos
diciendo. Tal es el caso de las parroquias de Écija, Carmona, Utrera, y un largo etcétera.
43 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5230.
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VECINDARIO DE BOLLULLOS DEL CONDADO (1712-1779)
AÑOS VECINOS44
1712 250
1715 300
1725 520
1737 550
1742 600
1761 700
1779 750
El número de vecinos de esta localidad ha ido aumentando progresivamente,
como es obvio, con el paso de los años. En 1712 este pueblo se componía de 250
vecinos. En 1715 había ya 300. En 1725 esta villa estaba formada por 520 veci-
nos, entre los que se incluyen pobres vergonzantes. En 1737, la villa alcanza los
550 vecinos. En 1742, la población comprende 280 casas y consta de 600 vecinos.
En 1761, la población de Bollullos rondaba los 700 vecinos y había 140 personas
de comunión. Y en 1779 su vecindario se regula en 750 vecinos. Todos, por lo
general, son pobres y se ocupan de las labores del campo. Son muy laboriosos en
el cultivo y plantío de las viñas. El vino consiste en el principal tráco dentro de
los límites de su término.
1.2.3. gobierno y justicia DeL puebLo
Entre los años 1715 y 1737, había en esta villa una justicia constituida por dos
alcaldes ordinarios quienes, según el informe del visitador en su visita de 1715,
son hombres modestos y prudentes45. Había, además un corregidor que era de la
villa de Almonte, pero que tenía jurisdicción dentro de la villa de Bollullos. En
1737, este pueblo contaba también con un juez que se llamaba Juan Morón, del
cual el visitador arma que es un buen juez46. De cada uno de ellos no se notó
defecto especial en orden al cumplimiento de sus obligaciones.
En 1742, además de los alcaldes ordinarios, había dos corregidores, un al-
guacil mayor y un escribano público. Todos ellos son nombrados anualmente
en la villa y el duque los conrmaba. El número de corregidores en esta villa se
incrementó en el año 1761 elevándose a cuatro, ampliándose al mismo tiempo las
funciones de la Justicia con la gura del procurador47. En 1779, la localidad con-
taba con un Concejo, un Ayuntamiento y un conjunto de jueces que ejercitaban
una jurisdicción ordinaria.
44 El término vecino es una unidad scal, y una familia. En algunas de las documentaciones
que hemos consultado aparecen también personas de confesión y comunión, es decir, mayores de
siete años.
45 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183.
46 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
47 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5226.
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1.2.4. personaLiDaDes más DestacaDas
Había un médico titular muy bueno y docto, un cirujano, un boticario, un
preceptor de gramática, un maestreescuela que enseñaba primeras letras a los
niños y disponía de libros espirituales, y una matrona, cuyo examen encargó el
visitador al cura que no lo omitiese, a n de instruirla en la forma especíca del
Bautismo.
Como nos indica el visitador en su visita a la villa de Bollullos en 1715, las per-
sonas que tenían unos informes más dignos de atención son los de los curas Juan
de Vera y Juan de la Vega y también Sebastián Rodríguez, quien fuera sacristán
mayor de esta Iglesia48.
Según consta en el informe que el visitador hace del cura en su visita a esta
villa en el año 1725, éste no se halla en este pueblo, pero no ha dado escándalos y
ha puesto especial remedio para permanecer en él, por lo que sobre este punto el
visitador no encuentra más defectos como para seguir examinando a este señor49.
1.2.5. cauDaLes De mayor consiDeración
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de los poseedores de los caudales
más importantes de la villa de Bollullos, y de sus rentas, en sus respectivos años:
CAUDALES DE MAYOR CONSIDERACIÓN
AÑOS POSEEDORES RENTAS EN REALES
1712 Juan Vega, beneciado Se ignora
1715 José Sevillano 1.000
1715 Antonio Moreno 1.000
1715 Francisco Antonio Pichardo 3.000
1742 Juan Francisco Morón 2.000
1742 Pedro Cano 1.500
Según la visita de 1712, destaca como caudal mediano el de Juan Vega, be-
neciado, aunque desconocemos su renta especíca50. En la visita de 1715, los
caudales que se reconocen ser de alguna entidad son el de José Sevillano, que se
estima en 1000 reales; el de Antonio Moreno, que está tasado en otros 1000; y el
de Francisco Antonio Pichardo, que está valorado en 3000 reales. En 1742, los
caudales de mayor consideración son los de Juan Francisco Morón, que alcanza
unos 2000 reales, y de Pedro Cano, que obtiene 1.500 reales.
1.2.6. beneficios simpLes, prestameras y curatos De Libre provisión
Antes de analizar los benecios simples de la iglesia parroquial de Bollullos,
tendríamos que ofrecer una denición concreta de lo que es un benecio51. Se tra-
48 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183.
49 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
50 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
51 La palabra benecio, en el sentido que tiene actualmente, se usó ya en el siglo VIII, según
consta en el concilio de Francfort del año 794 y en el de Maçon del año 813. Tiene su origen en el
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ta de una renta anexa a un ocio eclesiástico. Así lo explica Maximiliano Barrio
Gozalo al considerar los benecios como un ocio eclesiástico al que están unidos
de forma indisoluble cierto número de bienes y que reúne dos características
fundamentales: haber sido fundado con la intervención de la jerarquía eclesiás-
tica y con una presumible perennidad52. Atendiendo a la denición propuesta,
bajo el concepto de benecio se agruparían gran número de piezas eclesiásticas
de distinta calidad y cuantía económica.
La heterogeneidad de este grupo hace que en él se integre desde un arzobispo
hasta un capellán no ordenado sacerdote de renta incongrua53. También podía
darse el caso contrario: un sacerdote cuyo nivel de ingresos superase al de una
dignidad del cabildo catedral. Algunos, debido a sus elevadas rentas, no residie-
ron en el benecio, nombrando, en el caso que éste llevara aparejada la residen-
cia54, algún teniente, vicario o coadjutor que, con toda seguridad, tenía menor
formación, en perjuicio de la comunidad o particular que sirviese. Igualmente,
actuó negativamente sobre el pueblo, el absentismo obligado de aquellos que, por
sus escasas rentas, faltaron a la residencia sin instituir sustituto. Por tanto, de
estas reexiones se deduce una característica fundamental que presidió al sistema
benecial moderno: las fuertes desigualdades generadas dentro del estado ecle-
siástico, producto de las distintas compensaciones económicas.
Ésta y otras motivaciones movieron a la autoridad eclesiástica a tener como
objetivo prioritario la redimensión de las piezas eclesiásticas. Sin embargo, esta
actuación no estuvo exenta de oponentes, como la Universidad de Beneciados,
que paralizó distintas tentativas de cambio. Solo a nes del siglo XVIII, con el
apoyo decidido de la corona y el debilitamiento de estas instituciones, se conse-
guiría arrojar un poco de luz sobre este complejo asunto.
En la archidiócesis de Sevilla, tuvo un resultado concreto: el Plan de erección
y dotación de curatos que editara el arzobispo Marcos de Llanes y Arguelles en
1791, fruto de su interés y de prelados anteriores. En este plan se observaban to-
dos aquellos benecios simples que integraban la Iglesia de Sevilla –benecios de
derecho feudal y en los diezmos. El benecio era dado en función del ocio: benecium non datur
nisi propter ofcium, y no podía ser erigido sine congrua dote.
52 Maximiliano Barrio Gozalo, El sistema benecial de la Iglesia española en el Antiguo
Régimen (1475-1834). Alicante: Publicaciones de la Universidad de Alicante, 2010, 75. De gran in-
terés para cuestiones de orden jurídico tenemos obras clásicas como las de Francisco Gómez Salazar:
Instituciones de derecho canónico, 3 tomos, Madrid: Imprenta de Alejandro Gómez Fuentenebro,
1880; Francisco Gómez Salazar y Vicente de la Fuente: Tratado teórico-práctico de procedimien-
tos eclesiásticos, Madrid: Imprenta de Eusebio Aguado, 1868.
53 El derecho canónico obligaba a disponer al pretendiente a las órdenes sagradas de un bene-
cio cuya renta le permitiera vivir dignamente. Sin embargo, el desarrollo del sistema benecial de-
muestra cómo muchos beneciarios vivían de rentas antiguas y devaluadas, a través de las cuales no
lograban la sustentación. Este problema derivó en otro como el del absentismo del clérigo, obligado
a emplearse en otros ocios, por cierto, no los más dignos.
54 No todos los benecios simples y sin cura de almas eran residenciales. El benecio curado sí
llevaba aparejada la residencia que, de forma expresa, se reiteró sucesivas veces desde el concilio de
Trento. Las continuas exhortaciones pastorales a su cumplimiento revelan la escasa efectividad de
su mandamiento.
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libre provisión, prestameras, ponticales y benecios anexos a instituciones–55,
exponiéndose las posibles supresiones y agregaciones para que los curatos del
arzobispado resultaran congruos. La provisión de benecios se podía realizar de
dos formas:
1. Por colación eclesiástica: la fundación y dotación del benecio se realizaba
por un eclesiástico con poder jurisdiccional, como el obispo. Tenían potes-
tad de proveer dignidades, canonjías y demás prebendas de libre provisión
en los llamados meses ordinarios: marzo, junio, septiembre y diciembre.
2. Por derecho de patronato: la fundación y dotación la realizaba una enti-
dad privada o un particular, laico o eclesiástico, que presentaba al candi-
dato, correspondiéndole a la autoridad religiosa la conrmación del mis-
mo. Dentro de esta categoría el patrono más destacado fue el rey56. A la
Corona le correspondía la presentación de los benecios mayores57 desde
1523. ¿Sólo presentaban benecios mayores? Ésta era la norma general a la
cual se yuxtaponían numerosas excepciones. Por ejemplo, desde 1486 los
reyes tenían potestad de presentar canonjías, prebendas y otras dignidades
en las iglesias de Canarias, Granada y Puerto Real. No obstante, a partir
del concordato de 1753, éstos recibían el derecho de patronato universal,
sobre cualquier benecio que vacase en los considerados meses apostólicos,
salvo aquellos reservados por la Santa Sede: enero, febrero, abril, mayo,
julio, octubre y noviembre. Entre estas reservas ponticias, se hallaría un
benecio sevillano en La Puebla de Guzmán, cuyo valor por quinquenio
no bajaba de los 40.000 reales anuales58.
En esencia, podemos distinguir entre benecios dobles o curados y los bene-
cios simples, según llevara implícita la cura de almas.
1. Benecios dobles o curados59: Los curados constituían un tipo de benecio
al que le correspondía la triple función de dirigir como pastor, enseñar
55 Claro ejemplo de benecios que habían pedido su condición canónica para ser instrumento
de dotación.
56 A éste le seguirían en importancia aquellos particulares, principalmente del estamento nobi-
liario, que poseían enclaves territoriales donde, para atender a la población, debían nanciar el culto,
con fábrica, ornamentos y ministros.
57 Ibíd. 82: Se consideran benecios mayores, la provisión de obispados, algunas abadías y pri-
meras dignidades de cabildos catedralicios.
58 Cf. Alonso Marcos de Llanes, Plan y decreto de erección y dotación de curatos del arzo-
bispado de Sevilla. Sevilla: Imprenta mayor de Sevilla, 1791,89.
59 Federico Suárez, El sacerdote y su ministerio, Madrid: Rialp, 1970; María Luisa Candau,
El clero rural en el siglo XVIII, Sevilla: Caja Rural Provincial de Sevilla, 1994,193; Manuel Martín
Riego, Los concursos a parroquias en la archidiócesis de Sevilla (1611-1926), Córdoba: Ca-
jaSur, Obra Social y Cultural, 1999. Para acceder al curato, se debía estar ordenado de presbítero y
tener una edad mínima de 25 años, pero hasta 1791 el único benecio curado de la archidiócesis de
Sevilla era el arzobispo. No había curatos en propiedad ni sacerdotes con la categoría de párrocos
sino benecios curados de potestad delegada.
Juan Pablo Domínguez Teba
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como maestro y diagnosticar y curar como médico del espíritu: celebrar
la eucaristía, predicar la doctrina y administrar los sacramentos60.
Formaba parte de su ministerio actuar ante la acusación de pecados -
blicos61, controlar y amonestar sobre los sacramentos y doctrina cristiana
a sus feligreses62, especialmente de aquellos que necesitaban de su atención
pastoral y dirección: los que iban a contraer matrimonio63, los presos64, los
maestros65, los pobres66 y los clérigos no presbíteros67. Debían conocer los
testamentos antes de los entierros68, cuidar el decoro de las funciones reli-
giosas y sus ornamentos69, declarar ayunos, abstinencias o indulgencias en
nombre de las instancias superiores70, informar sobre benecios vacantes71,
dar lecturas a edictos y constituciones72, asistir a las conferencias morales
con el resto de clérigos o cumplimentar los libros sacramentales y los pa-
drones73, entre otras funciones.
2. Benecios simples. A diferencia del benecio doble o curado, el benecio
simple era aquel cuyo poseedor no tenía la obligación de ejercer la cura
de almas. Es decir, no tenían obligaciones pastorales ni plena capacidad
sacramental. ¿Estaban exentos de celebrar la eucaristía? No. Sólo aque-
llos que no habiendo obtenido el orden del presbiterado, necesaria en el
benecio curado y prescindible en el benecio simple, no la celebraban,
valiéndose para completar su ministerio de “beneciados servidores” o vi-
cebeneciados que la realizaban en su sustitución, además de por el habi-
tual absentismo.
De esta manera, además de cantar en el coro y asistir a las procesiones esta-
ban obligados a desempeñar las llamadas misas de tercias, obligatorias los días
60 Conviene no confundir el curato con el presbiterado. En el primero residía la cura de almas
y, necesariamente, para desempeñar su función pastoral debía ser presbítero. El presbítero, en cam-
bio, tenía la capacidad de celebrar los sacramentos pero no tenía por qué tener un benecio curado,
designación elitista que correspondió en Sevilla al arzobispo.
61 Rodrigo de Castro, Constituciones del arzobispado de Sevilla. Sevilla: Imprenta de Juan
León, 1591, capítulo I, título IX, libro I.
62 Fernando Niño de Guevara, Constituciones del arzobispado de Sevilla, Sevilla: Imprenta
de Alonso Rodríguez Gamarra, 1609), capítulo I, titulo IX, libro I.
63 Íd.
64 Rodrigo de Castro, Constituciones… Capítulo I, título IX, libro I.
65 Íd.
66 Íd.
67 Íbid. capítulo XV, título IX, libro III.
68 Íbid. capítulo XVIII, título III, libro III.
69 Íbid. capítulo IV, título X, libro III.
70 Íbid. capítulo I, título XIII, libro III.
71 Íbid. capítulo II, título III, libro III.
72 Íbid. capítulo III, título I, libro I.
73 Fernando Niño de Guevara, Constituciones…, capítulo I, título IX, libro I.
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festivos y los días laborables allí donde hubiese una fuerte presencia benecial,
las misas de prima para facilitar a los trabajadores la asistencia a la eucaristía los
días ordinarios o las memorias particulares de difuntos74. También estaban obli-
gados a asistir al ocio de vísperas, amén de aquellas festividades y entierros que
requiriesen su presencia75.
Para acceder a un benecio simple, el aspirante debía tener la edad mínima
de catorce años, tener cierta cultura y haber recibido la tonsura, es decir, haber
accedido al estado clerical a través del signo externo que agrupaba a todo clérigo
sin distinción.
A continuación, ofrecemos un cuadro de los benecios simples que tenía la
iglesia parroquial, junto a sus titulares.
BENEFICIOS SIMPLES
AÑOS TITULARES SERVIDORES
1712 Colegial de Olivares Juan de Vega
1712 Diego Apaechea José Vidal Blanco
1715 Colegial de Olivares Juan de Vega
1715 Diego Apaechea Juan de Vera
1725 Diego Apaechea Se ignora
1725 Juan de Vega Se ignora
1725 Juan de Orihuela Se ignora
1742 Colegial de Olivares Se ignora
1742 Nicolás Rey76 Se ignora
Como nos indica el visitador en 1712, en ella hay fundados dos benecios sim-
ples: uno lo goza la Colegial de Olivares y lo sirve Juan de Vega, y el otro lo goza
Diego Apaechea y lo sirve José Vidal Blanco77. La propiedad llega hasta 2000
reales en razón de algunos propios que la tienen. Según los datos aportados por
el visitador en 1715, hay fundados también dos benecios simples: uno lo goza la
Colegial de Olivares y lo sirve Juan de Vega y el otro lo goza Diego Apaechea y lo
sirve Juan de Vera. La propiedad de cada benecio vale 2.000 reales y el servicio
74 El beneciado simple, de estar en posesión del orden sacerdotal, también podía asumir parte
del llamado “servicio común de capellanías” adscrito a su parroquia.
75 María Luisa Candau Chacón, El clero rural…, 98
76 Nicolás Rey fue residente en Roma.
77 María Luisa Candau Chacón, El clero rural…, 123. Acerca del protagonismo de vicebene-
ciados y beneciados servideros en las iglesias sevillanas del setecientos, son claricadores los datos
que ofrece Candau Chacón para la campiña sevillana en el siglo XVIII. Considera integrantes de la
campiña sevillana: Alcalá de Guadaira, Arahal, Las Cabezas, La Campana, Carmona, Coronil, Écija,
Fuentes, Lebrija, Mairena del Alcor, Marchena, Molares, Osuna, Puebla de Cazalla, Utrera, El Viso
del Alcor y Los Palacios. Apunta Candau Chacón que, sobre un muestreo de 390 beneciados, sólo
54 propietarios permanecieron en sus ciudades y de éstos solamente 15 sirvieron el benecio por sí
mismos, es decir, el 3,8% del total de la muestra. Extrapolada esta referencia a otras comarcas de
la archidiócesis, es visible el interés que el benecio encerraba y que no era otro que el de disfrutar
de unas rentas, evitando y desviando cualquier compromiso espiritual. En este sentido, era más
rentable un benecio, que no exigía residencia, a un curato que sí la exigía.
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800, de cuyos administradores no hay en esta villa persona que noticia con
certeza.
En 1725, en la parroquia hay tres benecios simples: uno lo goza Diego Apa-
rechea, otro lo goza Juan de Vega que posee la colegiata de Olivares y el otro lo
goza Juan de Orihuela. La propiedad de cada uno de ellos vale 2.000 reales y por
el servicio se alcanza la cantidad de 5.000 reales. En 1742, la iglesia de Bollullos
tiene dos benecios simples: uno lo posee la Colegial de Olivares y el otro Nicolás
Rey, y el valor de cada uno llega hasta los 2.500 reales.
A continuación, ofrecemos en el siguiente cuadro la relación de prestameras78
existentes en la iglesia parroquial, junto a sus titulares.
PRESTAMERAS
AÑOS TITULARES SERVIDORES
1712 Francisco Leandro Guerra79 Se ignora
1715 Francisco Leandro Guerra Se ignora
1725 Juan de Espinosa80 Juan Elías81
1742 Se ignora Manuel Osorio82
En 1712 y 1715 nos encontramos con una prestamera en cada uno de esos
años. La posee Francisco Leandro Guerra y tiene un valor de 4.000 reales. En
1725 hay una prestamera que la goza Juan de Espinosa y la administra Juan
Elías, y vale 5.000 reales. En 1742 hay una prestamera y se ignora quién la goza.
Esta prestamera es administrada por Manuel Osorio, y vale cada año 5.000 reales.
Y nalmente, mostramos en el siguiente cuadro la relación de curatos a pro-
visión existentes en la iglesia parroquial83, junto a sus titulares.
78 Con el nombre de prestamera eran designados determinados benecios simples. La nalidad
de los prestimonios o prestameras, según su primera institución, era proporcionar una renta a los
estudiantes pobres y a los que combatían contra los ineles y herejes. Con el correr de los tiempos
se fueron espiritualizando hasta convertirse en verdaderos benecios.
79 Francisco Leandro Guerra fue canónigo de la Colegial de Canarias.
80 Juan de Espinosa fue residente en la corte romana.
81 Juan Elías fue residente en Sevilla.
82 Manuel Osorio fue residente en la villa de La Bollullos.
83 En la archidiócesis de Sevilla, la mayoría de los benecios fueron de libre provisión por el
monarca o el prelado a partir del concordato de 1753. Éstos ascendían a la cifra de 4.804 entre
benecios, ponticales y prestameras. Tras el plan de curatos, se observaría una drástica reducción
del 96,9%: 152 benecios. De estos 152 benecios, 81 se sujetarían a precisa residencia. Más de 4.600
benecios desaparecerían para completar las congruas de los benecios curados y de aquellos bene-
cios simples incongruos que comenzarían a atender las iglesias y parroquias como tales benecios
o como vicarios perpetuos. La diferencia entre un benecio de libre provisión, un pontical y una
prestamera son mínimas a nales del Antiguo Régimen: las tres eran piezas eclesiásticas que llega-
ban al siglo XVIII con escaso contenido religioso y gran peso económico.
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CURATOS DE LIBRE PROVISIÓN
AÑOS TITULARES
1712 Juan Vidal Blanco
1715 Juan de Vera
1725 Juan de Vera
1742 Andrés Delgado
En 1712 hay un curato a provisión que lo sirve Juan Vidal Blanco y le vale
2.500 reales. En los años 1715 y 1725 se hallaron el mismo curato a provisión, el
cual sirve Juan de Vera y, el servicio le vale 2.000 reales en 1715 y 2.500 reales en
1725. En 1742 hay en esta iglesia un curato amovible a provisión de la Dignidad
que sirve Andrés Delgado, teniente con Carta de Cura, desde el 27 de julio de
1728 y le vale 2.000 reales.
1.3. cLero parroquiaL (1725-1779)
Uno de los momentos más importantes de la visita es el informe del clero de
la localidad. Los visitadores obtenían todos los datos sobre los clérigos de infor-
mes de personas del pueblo y del mismo clero. Posteriormente, informaban al
prelado sobre cada uno de los clérigos de la parroquia, en unos cuadernillos que
reciben el nombre de escrutinio secreto del clero.
De cada uno de los eclesiásticos de la parroquia, se nos ofrece el nombre y
los apellidos, la orden sagrada recibida, sus edades, cargos que desempeñaban,
sus rentas eclesiásticas, capellanías que gozaban y estudios realizados, “sus cos-
tumbres y fama, según la relación que hallare84. El informe naliza con
una valoración general y moral de cada eclesiástico. Todas las visitas estudiadas
responden a este esquema.
A continuación, analizaremos el estudio de la clerecía de Bollullos, en cuanto
a las órdenes que tenían, los cargos que desempeñaban, las rentas que recibían por
sus cargos, sus estudios y los informes de cada uno de ellos, tomando tres visitas
de la primera mitad del siglo XVIII (1712, 1725, 1737) y otras dos de la segunda
mitad (1761 y 1779).
Por lo general, hay que decir que el número de eclesiásticos de la parroquia de
Santiago Apóstol de Bollullos, es inferior respecto de otras localidades cercanas
como así nos lo conrman, por ejemplo, los estudios realizados sobre el escru-
tinio secreto del clero en la iglesia parroquial de San Juan Bautista de La Palma
del Condado85.
84 Rodrigo de Castro, Constituciones…, Sección VIII, Libro 122, 137.
85 Juan Pablo Domínguez Teba, “La visita pastoral como función primordial del obispo: el caso
de la Palma del Condado en el siglo XVIII”, Anuario de Historia de Iglesia Andaluza, vol. XVI,
2023, pp. 223-291.
Juan Pablo Domínguez Teba
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1.3.1. cLerecía parroquiaL De boLLuLLos en 1712
1.3.1.1. presbíteros
Veamos, en el siguiente cuadro la relación de los nombres de los presbíteros de
la parroquia de Santiago Apóstol de Bollullos en 1712, con sus órdenes, los cargos
que desempeñaron, sus rentas anuales en reales86, sus estudios y los informes que
los visitadores daban de cada uno de ellos:
PRESBÍTEROS DE BOLLULLOS EN 1712
NOMBRES ÓRDENES CARGOS RENTA ESTUDIOS INFORME
José Vidal Presbiterado Cura 3.500 Moralista Asiste
Juan Vega Capellán 1.100 Gramático No asiste
Juan Victoria Teniente 1.100 Moralista Modesto
En la visita del año 1712, nos encontramos con tres presbíteros: 1) uno ejercía
el ocio de cura87 y era José Vidal Blanco, que tenía licencia de celebrar y confe-
86 Manuel Martín Riego, “La situación material y económica del clero parroquial de la vicaría
de Estepa a nales del siglo XVIII e inicios del siglo XIX”, en Actas I Jornadas sobre Historia
de Estepa (Estepa: Ayuntamiento de Estepa, 1994), 60-70; José Sánchez Herrero, “La Iglesia y la
religiosidad en la Sevilla barroca, en Historia de las diócesis españolas, 10, Madrid: Biblioteca
de Autores Cristianos, 2002, 189-190. Uno de los objetivos fundamentales de la reforma del con-
cilio de Trento fue el clero diocesano. Se pretendía dotar al pueblo de auténticos pastores. Así lo
pone de maniesto el concilio de Trento, en el canon 21, 1 De Reformatione, donde se insiste en la
necesidad de que el clérigo tenga de dónde vivir. El citado concilio pretende asegurar una decente
dotación en el clero y, por tanto, se debe tener muy claro de qué van a vivir los que se ordenan. Toda
la fuerza de la ley gira en torno a la misma idea “commode vivere possit”. Los clérigos debían de
cubrir todas sus necesidades de forma sencilla y modesta, pero también suciente. La elevación de
la instrucción del clero difícilmente podía estar garantizada sin una digna retribución económica.
Dígase otro tanto de la vida moral. Un pastor mal dotado económicamente acudía a otros trabajos,
en detrimento de la atención pastoral de los eles. La pobreza, ausencia y absentismo de los curas
se debe principalmente a la ausencia de medios económicos. Los curas no tenían parte en el reparto
del diezmo. Su sostén económico procedía de las limosnas que recibían por la administración de
los sacramentos. Esta situación requirió de un proyecto de reforma que vio cumplido sus objetivos
con la delimitación de una infraestructura eclesiástica mínima gracias a las tarifas impuestas por
el arzobispo sevillano Niño de Guevara (1541-1604), situación que fue cambiándose lentamente a
lo largo del siglo XVII con el arzobispo sevillano Jaime de Palafox (1642-1701) y que colmó sus
expectativas a nales del siglo XVIII con el arzobispo Marcos de Llanes y Arguelles, a través del
famoso Plan de curatos de 1791.
87 Manuel Martín Riego, “Plan de erección y dotación de curatos. Una reforma en la archi-
diócesis de Sevilla”, Isidorianum 2 (1993) 199-245. Los curas o titulares de las parroquias eran
designados por el arzobispo. Los curatos, llamados también benecios curados, son aquellas piezas
eclesiásticas que llevan anexa la cura de almas y exigen el deber de residencia de sus titulares. En la
archidiócesis de Sevilla, hasta nales del siglo XVIII, salvo raras excepciones, la casi totalidad de los
curas eran nombrados por el prelado usque ad beneplacitum suum. Así sucedía en varias diócesis
españolas. No eran curas propios ni podían ser considerados auténticos párrocos, ya que eran amo-
vibles según la voluntad del obispo. De aquí que en una parroquia, pudiera haber varios curas a la
vez, como así lo corroboran otros estudios que hemos consultado. Para el mejor servicio pastoral y
evitar pleitos, en determinadas épocas, cada cura se hacía cargo de la parroquia durante una semana
–cura semanero-. A partir del plan benecial o de curatos de 1791, se accederá a la titularidad de las
mismas mediante concurso, siendo a partir de entonces verdaderos párrocos.
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sar88 por tres años desde el 15 de enero de 1716; 2) otro ejercía como teniente de
cura89, Juan de Victoria, que llegó a ser conventual en Almonte90; y 3) otro ejer-
cía el ocio de simple capellán, y se trataba de Juan Vega91 que tenía la licencia
para poder celebrar por cuatro años desde el 27 de septiembre de 1716.
El informe que nos da el visitador sobre José Vidal es el siguiente:
Asiste con mucha puntualidad al confesionario y a los demás
actos de su ministerio. Lo hallé bien visto entre los seculares
y eclesiásticos. Me pareció de mucha compostura y modestia,
de buena capacidad y de igual juicio y prudencia, es bas-
tantemente activo, y con mucho celo de evitar todo género de
escándalo.”92
Si de José Vidal se nos dice que asiste y cumple con sus obligaciones, de Juan
Vega se nos dice justamente lo contrario, y es que ni asiste ni cumple con sus
obligaciones y, además, frecuentaba la casa de una mujer93. Así lo podemos leer
en su informe moral:
Es un hombre vasto y del todo entregado al aumento y go-
bierno de su hacienda. No es buen pagador. Respecto de la ha-
cienda, ha puesto muchas demandas sobre deudas. Mientras
me mantuve en la visita supe que solía salir de su casa, como
también que asistía poco a la Iglesia. Menospreció la enmien-
da y, últimamente supe que entraba con frecuencia en casa de
una comadre, que era la mujer de Gregorio Jiménez. Se obtuvo
esta comunicación después de que se le reprendió. Informé al
Cura y a los demás eclesiásticos y le encargué que lentamente
se fuese descastando de ella buscando algún pretexto para que
ella saliera de su casa dentro de un mes, lo cual prometió ha-
cer. Le será fácil hacerlo con disimulo”.94
88 Las licencias ministeriales son de celebrar, confesar y de administrar los sacramentos. Esto
ha existido hasta hace muy poco y, últimamente, debido a los falsos sacerdotes, vuelven a pedirse
para saber si se es cura. La licencia de confesar se daba por un tiempo determinado, después de su
respectivo examen. Para confesar a mujeres, el presbítero debía tener al menos 40 años. Para confe-
sar a religiosas era preciso una licencia especial.
89 Con la palabra teniente de cura se dene al sacerdote que antiguamente se llamaba coadjutor
y que hoy se le da el nombre de vicario parroquial. Eran elegidos y designados por los mismos curas
a los que ayudaban. Cada cura pagaba de su peculio a su propio teniente.
90 Obtuvo el permiso de sus superiores para salir del convento y tenía licencia para confesar a
hombres y mujeres, desde el 22 de septiembre de 1710.
91 Fue ordenado presbítero por el arzobispo Jaime de Palafox el 24 de septiembre de 1689.
92 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
93 Aunque es cierto que era muy corriente que más de un clérigo de menores diera palabras de
casamiento, también se daban casos de este tipo, aunque no con tanta frecuencia, entre los presbíte-
ros. Así lo vemos en el caso del presbítero Juan Vega, a quien el visitador reprendió por frecuentar
la casa de una mujer, encargándole que se fuera alejando de dicha casa, en el plazo de un mes.
94 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
Juan Pablo Domínguez Teba
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El informe moral que nos aporta el visitador del presbítero Juan de Victoria
es óptimo. En concreto, podemos leer: “Lo mantiene el cura en su casa. Me ha
parecido modesto y tiene buenos informes en sus procederes”. 95
En denitiva, todos estos eclesiásticos se conservaban con mucha paz, ex-
cepto Juan Vega. Todos, menos éste, asisten con puntualidad al coro y a las
conferencias morales y son muy observantes de la fe. El cura JoVidal hizo
posible para que los eclesiásticos estuvieran unidos y velaba con toda vigilancia
al pueblo, de suerte que no toleraba ni el menor escándalo.
Con relación a las rentas de estos tres presbíteros, el mejor pagado era el cura
José Vidal Blanco, ya que ganaba 3.500 reales –2.400 por el curato y 1.100 por la
capellanía–. Por su parte, los presbíteros Juan Vega y Juan de Victoria recibían
los 1.100 reales por sus respectivas capellanías, que eran las cantidades exigidas
por las constituciones sinodales de 1604, por el servicio de las capellanías.
1.3.1.2. cLérigos De menores
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de los clérigos de menores, ads-
critos a la parroquia de Santiago Apóstol de Bollullos. Junto a sus nombres apa-
recen las edades, renta anual en reales y el informe del escrutinio secreto del
clero.
CLÉRIGOS DE MENORES EN 1712
NOMBRE EDAD RENTA INFORME
Alfonso Sevillano 39 1.100 Buena capacidad
Juan Antonio Orihuela 26 800 Ejemplar y asiste
Como vemos en el cuadro, tenemos dos clérigos de menores: 1) Alfonso Sevi-
llano, de 39 años de edad, era viudo y abogado; 2) Juan Antonio Orihuela, de 26
años de edad, había estudiado losofía y cánones. Los informes morales que el
visitador ha dejado de cada uno de ellos son muy favorables. Por ejemplo, de Al-
fonso Sevillano el visitador nos dice que vivía pobremente, y era de buena capa-
cidad y de bastante actividad. Y de Juan Antonio Orihuela, podemos leer: Me
ha parecido de buena capacidad y de bastante juicio. El Cura me aseguró
que es muy ejemplar en la asistencia al coro y frecuenta los sacramentos y
en la compostura y juicio con que se portaba.”96
En el escrutinio secreto del clero del año 1712, tan sólo se hace de mención de
un ministro eclesiástico, que era Sebastián Rodríguez Orihuela, su estado civil
era el de viudo y recibió de parte del provisor, Francisco Domonte y Veras, su
licencia de sacristán mayor de la parroquia, desde el 23 de marzo de 1685, por el
que recibió 1000 reales anuales. En el informe que el visitador nos ha ofrecido
sobre él, se dice que era un hombre vasto, pero muy asistente a la iglesia y, tenía
experiencia en las cuentas de la fábrica parroquial.
95 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
96 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
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1.3.2. cLerecía parroquiaL De boLLuLLos en 1725
1.3.2.1. presbíteros
Veamos en el siguiente cuadro la relación de los nombres de los presbíteros de
la parroquia de Santiago Apóstol de Bollullos en 1725, con sus órdenes, los cargos
que desempeñaron, sus rentas anuales en reales y sus patrimonios97, sus estudios
y los informes que los visitadores daban de cada uno de ellos:
PRESBÍTEROS DE BOLLULLOS EN 1725
NOMBRES ÓRDENES CARGOS RENTA ESTUDIOS INFORME
Juan Vega Presbiterado Cura/Vice 4.500 Moralista Cumple
Juan Orihuela Vicebene. 3.300 Leyes Dócil
Pedro Galván Capellán 1.100 Gramática Ejemplar
Antonio Ruiz 1.100 Filosofía Bueno
En la visita de 1725 vemos que, de los cuatro presbíteros que había en la pa-
rroquia de Santiago de Bollullos, uno ejercía el ocio de cura, y era Juan Vega98,
que servía además el benecio de Diego de Apaechea, residente en Navarra. Diez
años antes, como hemos visto en el escrutinio secreto del clero del año 1715, ser-
vía un benecio y, en el año 1725, aparece ejerciendo el ocio de cura, además de
servir el benecio. El informe que nos da el visitador sobre Juan Vega en el año
1725 sigue en la línea del informe que el visitador da de él en otras visitas prece-
dentes, como en la de 1715. Parece ser que se enmendó, dedicándose nalmente
al cumplimiento de sus obligaciones. En 1725, nos dice el visitador de Juan Vega
que era “de mediano talento y cumple bien en todo lo que le toca. Todo lo
cual viene conrmado por los demás eclesiásticos”.99
Otro presbítero era Juan de Orihuela100, vicebeneciado, ya que servía el be-
necio que gozaba la colegial de Olivares101, cuya licencia le fue dada por el pro-
97 No es frecuente que el visitador nos informe en sus inspecciones sobre el patrimonio de
los eclesiásticos. Sin embargo, en muchos libros de visitas que hemos estudiado y consultado, son
contadas las ocasiones en las que hemos encontrado este dato.
98 Fue ordenado presbítero por el Sr. Acebedo, el 22 de noviembre de 1703. Tenía licencia de
celebrar prorrogada por seis años, desde el 18 de noviembre de 1719. Tenía también la licencia para
confesar y, servía un curato, con carta del Arzobispo Manuel Arias, desde el 12 de noviembre de
1714. Era, además, el presbítero de más edad, ya que tenía 78 años, mientras que el presbítero más
joven era Antonio Ruiz que tenía 32 años.
99 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
100 Fue ordenado por Pedro Francisco Levanto, obispo auxiliar de Sevilla, el 21 de mayo de
1712. Tenía licencia para celebrar, por seis años, desde el 18 de febrero de 1723.
101 En el marco diocesano, las colegiatas, junto con los priorazgos, fueron algunas de las insti-
tuciones que constituidas con regla propia, en ocasiones, se localizaron fuera de la administración
ordinaria. El descenso numérico y la progresiva pérdida de importancia de estas organizaciones
hicieron que el impacto en la política de la archidiócesis fuera mínimo a nes del siglo XVIII. Sin
embargo, aún muchas conservaban la fuerza suciente para disputar su autoridad a la sede, como
demostró, en cuestión de diezmos, la poderosa colegial de Olivares. Ésta fue fundada por el conde
de la villa de Olivares, a partir de una bula del papa Urbano VIII, en 1623 y se consideraba nullus
Juan Pablo Domínguez Teba
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visor Barrera en septiembre de 1723. El informe que el visitador nos ofrece de él
es que “es de genio dócil y de natural vivo, atento a las cosas de la iglesia y
la cuida con celo y ecacia102”.
Los otros dos presbíteros ejercían el ocio de simples capellanes y son: 1)
Pedro Galván Sevillano103 y 2) Antonio Ruiz Bejarano104, de quienes se reconoce
que eran unos eclesiásticos ejemplares, juiciosos, de una gran modestia y se apli-
caban mucho en el confesionario.
Con relación a sus rentas, el presbítero mejor pagado era el cura Juan Vega,
con 4.700 reales anuales –2.400 por el curato, 2.200 por el servicio del benecio
y 1.100 por su capellanía–. Es seguido por Juan de Orihuela, que recibía 3.300
reales anuales –2.200 por el servicio del benecio y 1.100 por su ocio como
capellán–. Y los otros dos presbíteros, Pedro Galván y Antonio Ruiz recibían
1.100 reales anuales, por el servicio de la capellanía. Tengamos en cuenta, además,
que salvo Antonio Ruiz, todos los presbíteros de Bollullos en 1725 tenían patri-
monios. Es el caso de Juan Vega que gozaba de un patrimonio de 40.000 reales,
Juan de Orihuela que tenía 20.000 y Pedro Galván que obtenía un patrimonio
más reducido, equivalente a 10.000 reales105.
En cuanto a los estudios de cada uno de ellos, vemos que Juan Vega era mo-
ralista, Juan de Orihuela estudió leyes, Pedro Galván era preceptor de gramática
y Antonio Ruiz estudió losofía.
1.3.2.2. cLérigo De menores y tonsuraDos
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de tonsurados o coronas y así
como de clérigos de menores, adscritos a la parroquia de Santiago Apóstol de
dioecesis, ostentando su prelado la jurisdicción plena. Manuel Teruel Gregorio de Tejada, en su Vo-
cabulario básico, 98, dene la colegiata como “una iglesia colegial, es decir, que dispone de colegio
o cabildo de canónicos, seculares o regulares, que la rige y ejerce las funciones litúrgicas ad instar
cathedralium y sus prebendas emanan de la mesa capitular. El titulo más representativo fue el de
abad, prior o deán que actuara como presidente, dos canónigos de ocio –magistral y doctoral–,
ocho canónigos simples y seis beneciados o capellanes asistentes.
102 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
103 Fue ordenado como presbítero por el Sr. Esquivel, el 3 de junio de 1719. Tenía una licencia
para celebrar que le fue prorrogada desde el 26 de junio de 1724 y, obtuvo su licencia para confesar
por un año, desde el 26 de junio del mismo año.
104 Fue ordenado como presbítero por el obispo del Priorato de León el 11 de abril de 1716 y
tenía licencia para celebrar, por seis años, desde el 12 de noviembre de 1722.
105 Por lo general, si comparamos la congrua de los curas con la de los titulares de benecios,
vemos que la de éstos estaba mejor pagada. De aque muchos preriesen un benecio tranquilo
a un curato que exigía la residencia y la cura de almas. A esta situación quiso poner remedio y, en
parte lo logra, la administración de Carlos III con los planes beneciales o de curatos. Véase M.
Martín Riego “El clero parroquial astigitano en la segunda mitad del siglo XVIII”, en Actas del
II Congreso de Historia “Écija en el siglo XVIII”, Écija: Ayuntamiento de Écija, 1995, 224-253;
Manuel Martín Riego, “La vicaría de Utrera en el siglo XVIII a través de los libros de visitas pas-
torales”, Isidorianum 3 (1994), 218-244; y Carlos Ladero, Los gobiernos de los arzobispos de
Sevilla en tiempos de la Ilustración (1755-1799), Sevilla: Servicio de Archivos y Publicaciones
de la Diputación de Sevilla, 2017, 186-205.
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Bollullos. Junto a sus nombres aparecen las edades, renta anual en reales y el
informe del escrutinio secreto del clero.
CLÉRIGOS DE MENORES Y DE TONSURAS EN 1725
NOMBRE EDAD RENTA INFORME
Juan de Ortega 24 540 Es de natural vivo
Juan Francisco Morón 21 720 Es de buen talento
Diego José Pichardo 20 230 No está preparado
José Navarro 17 1.100 Buenas costumbres
Como vemos en el cuadro, tenemos tan solo un clérigo de menores, que reci-
bió el cuarto grado el 16 de diciembre de 1718, y era Juan de Ortega. En lo que a
actitudes se reere, el escrutinio secreto del clero destaca que era de natural vivo
y, respecto a sus costumbres, no había cosa alguna en él que fuera reparable.
Según la relación de tonsurados o coronas del año 1725, tres personas habían
recibido la primera tonsura clerical y son: 1) Juan Francisco Morón106, de quien se
dice que era modesto, de buen talento y aprovecha mucho en llegar a ser presbí-
tero, puesto que se le reconocía su aplicación; 2) Diego José Pichardo107, que era
hijo de familia y no había salido de su casa y, por su edad y capacidad no parece
muy preparado; y 3) José Navarro108, que tenía buenas costumbres.
Con relación a las rentas, solamente José Navarro aparece con las exigidas
por las sinodales, y los otros tres recibían entre 230 y 720 reales al año en con-
cepto de capellanías.
Hay que tener en cuenta además que Juan Francisco Morón y José Navarro
se ordenaron a título de patrimonio, obteniendo unos excelentes patrimonios
de 20.000 reales cada uno. En cambio, Juan Ortega y Diego José de ordenaron a
título de capellanía para poder vivir con las rentas de estas instituciones.
En cuanto a las edades, como vemos en el cuadro, éstas oscilan entre los 24
años de Juan de Ortega y los 17 años de José Navarro. Si la edad de 15 es la normal
para la tonsura, vemos que todos superaban esta edad.
También tenemos noticias sobre los estudios cursados de cada uno de ellos o
sobre los estudios que estaban realizando y es que, excepto Juan Francisco Mo-
rón que era teólogo, los otros tres tonsurados hicieron estudios de gramática109.
1.3.2.3. ministros parroquiaLes
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de los ministros parroquiales
que aparecen en el escrutinio secreto del clero de la visita de 1725. Junto a sus
106 Recibió la primera tonsura por parte del Sr. Esquivel, el 2 de marzo de 1718.Y era teólogo
de profesión.
107 Recibió la primera tonsura por parte del Sr. Esquivel, el 6 de marzo de 1718. Y estudió
gramática.
108 Recibió la primera tonsura por parte del Sr. Esquivel en el mes de septiembre de 1721.
109 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
Juan Pablo Domínguez Teba
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nombres, ofrecemos sus cargos, sus rentas anuales en reales, y el informe del
escrutinio secreto sobre su estado civil y el cumplimiento de sus obligaciones:
MINISTROS PARROQUIALES DE BOLLULLOS EN 1725
NOMBRES CARGOS RENTAS ESTADO INFORMES
Sebastián Rodrí-
guez Sacristán 1.000 Viudo Sin vicios
Alonso Sánchez
Espina Organista 300 Soltero Humilde
José García Se ignora 500 Casado Humilde
Como ministros parroquiales tenemos en 1725 tres en total, y son los siguien-
tes: 1) Sebastián Rodríguez Orihuela,110 que seguía desempeñando el cargo de
sacristán mayor, y no tenía patrimonio; 2) Alonso Sánchez Espina que con-
tinuaba siendo el organista de la parroquia desde el año 1715, y tampoco tenía
patrimonio; y 3) José García, que también era ministro eclesiástico, aunque no se
especica el cargo concreto que ocupaba en la parroquia, y además, estaba casado
y se mantenía solamente gracias a su trabajo personal.
En cuanto a las rentas de estos ministros tenemos que indicar que el ocio
mejor pagado era el del sacristán mayor, que recibía unos 1.000 reales anuales,
seguido del sacristán menor, con una renta de 500 reales anuales por su plaza. Y
el que menos cobraba era Alonso Sánchez, recibiendo la cantidad total de 300
reales anuales por su servicio como organista.
De la vida personal, costumbres y ejercicio de sus cargos, sabemos las si-
guientes noticias: 1) Sebastián Rodríguez había servido mucho a su iglesia, era
de buenas costumbres y no tenía vicio alguno; 2) Alonso Sánchez era humilde y
juicioso; y 3) de José García podemos leer que “es humilde y atento al cumpli-
miento de su casa y muy serio111”.
1.3.4. cLerecía De La parroquia De boLLuLLos en 1737
1.3.4.1. presbíteros
Veamos en el siguiente cuadro la relación de los nombres de los presbíteros de
la parroquia de Santiago Apóstol de Bollullos en 1737, con sus órdenes, los cargos
que desempeñaron, sus rentas anuales en reales y sus patrimonios, sus estudios112
y los informes que los visitadores daban de cada uno de ellos:
110 Era el clérigo de menores de más edad, con 66 años, seguido de José García que tenía 45, y
el más joven era el organista Alonso Sánchez, que tenía 34 años.
111 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
112 Uno de los objetivos fundamentales de la visita pastoral consiste en velar por la mejora
intelectual del clero. Los visitadores tenían instrucciones concretas para controlar la suciencia
intelectual de los clérigos, e incluso sometían a exámenes a los menos capacitados e ignorantes.
Los visitadores estaban obligados a anotar en los libros de visita el nivel intelectual de los clérigos,
especialmente de aquellos que ejercían la cura de almas.
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PRESBÍTEROS DE BOLLULLOS EN 1737
NOMBRES ÓRDENES CARGOS RENTA ESTUDIOS INFORME
Andrés Delgado Presbiterado Cura/Vice 7.000 No consta Bueno
Juan Orihuela Benec. 2.500 No consta Buen genio
El escrutinio secreto del clero del año 1737 nos dice que eran dos los pres-
bíteros que había en la parroquia de Santiago de Bollullos en ese mismo año: 1)
Andrés Delgado Rico113, que ejercía el ocio de cura y, además, servía el benecio
de Tomás Francisco de Castro, residente en Roma; y 2) Juan de Orihuela, que
aparece de nuevo como servidor del benecio que gozaba la iglesia de Olivares114.
El informe moral que el visitador nos ofrece de Andrés Delgado es que era un
buen eclesiástico, mientras que en el informe de Juan de Olivares se nos dice que
es de buen genio115.
Con relación a las rentas de estos dos presbíteros, hay que señalar que el mejor
dotado era el cura Andrés Delgado, que obtuvo 7.000 reales –2.400 reales por
el ocio del curato, 2.200 reales por el servicio del benecio y otros 2.400 rea-
les por el servicio de dos capellanías–. Por su parte, el presbítero Juan Orihuela
obtuvo 2.500 reales anuales en 1737, algo más que en los años anteriores, como
hemos visto en el escrutinio secreto de las visitas precedentes. Entre esos 2.500
reales, se incluyeron los 2.000 reales que recibía por el servicio de dos capellanías
y los 500 reales que obtuvo por el servicio del benecio.
1.3.4.2. orDenaDos in sacris y De menores
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de tonsurados o coronas, así
como de los clérigos de menores, adscritos a la parroquia de Santiago Apóstol
de Bollullos. Junto a sus nombres aparecen las edades, renta anual en reales y el
informe del escrutinio secreto del clero.
ORDENADOS IN SACRIS Y DE MENORES EN 1737
Nombres Grados Rentas Edad Informes
Juan Pichardo Subdiaconado 2.000 23 Es de genio guardado
José de Alcántara Acólito 800 21 Es buen eclesiástico
Como nos señala el escrutinio secreto del clero del año 1737 tenemos un or-
denado in sacris116, y era Juan Pichardo, que recibió el orden del subdiaconado
113 Fue ordenado presbítero por el Sr. Pedro Francisco Levanto, el 24 de septiembre de 1704.
Tenía licencia de celebrar y de confesar desde el 14 de enero de 1728.
114 En el año 1737, recibió la licencia ministerial para poder celebrar, durante seis años, desde
el 21 de marzo de 1733.
115 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
116 Manuel Martín Riego, Las conferencias morales y la formación permanente del clero en
la archidiócesis de Sevilla (siglos XVIII al XX), Sevilla: Fundación Infanta María Luisa, 1997,
88. En el siglo XVIII, las órdenes llamadas in sacris eran tres: 1) subdiaconado –llamado también de
epístola–, que dejó de existir como ministerio ordenado después del Vaticano II; 2) diaconado –de
evangelio–; y 3) presbiterado –de misa–.
Juan Pablo Domínguez Teba
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el 16 de junio de 1736. Como vemos en el cuadro, Juan Pichardo tenía 23 años
de edad, que era la edad en la que se recibía normalmente el subdiaconado. Y
también nos encontramos con un clérigo de menores, y era José de Alcántara,
que ejercía como acólito y tenía 21 años de edad. El informe que el visitador
nos da de Juan Pichardo es que era de genio guardado, mientras que de José de
Alcántara se nos dice que era un buen eclesiástico.
En cuanto a sus rentas tenemos que indicar que Juan Pichardo recibió 2.000
reales por su servicio en dos capellanías y poseía, además, un patrimonio de
5.000 reales. Y José de Alcántara tenía una renta de 800 reales anuales que obtu-
vo por su servicio como capellán.
1.3.4.3. ministros parroquiaLes
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de los ministros parroquiales
que aparecen en el escrutinio secreto del clero de la visita de 1737. Junto a sus
nombres, ofrecemos sus cargos, sus rentas anuales en reales, y el informe del
escrutinio secreto sobre su estado civil y el cumplimiento de sus obligaciones:
MINISTROS ECLESIÁSTICOS DE BOLLULLOS EN 1737
NOMBRES CARGOS RENTAS
Francisco de León Morejón Sacristán mayor 1.000
Alonso Domínguez Sacristán menor 400
Entre los ministros eclesiásticos que había en la parroquia de Santiago de
Bollullos, en 1737, tenemos a: 1) Francisco de León Morejón que fue sacristán
mayor y sochantres y recibía 1.000 reales anuales por su servicio en sus respecti-
vos ocios eclesiales. Y, nos encontramos, también con Alonso Domínguez, que
ejercía como sacristán menor, recibiendo por este cargo 400 reales anuales. El
visitador nos dice también, de Alonso Domínguez, que poseía doce fanegas de
trigo.
1.3.5. cLerecía parroquiaL De boLLuLLos en 1761
1.3.5.1. presbíteros
Veamos en el siguiente cuadro la relación de los nombres de los presbíteros de
la parroquia de Santiago Apóstol de Bollullos, tal como se desprende del escrutinio
secreto del clero que el visitador hizo en su visita a esta villa el 10 de enero de 1761,
dentro del contexto de la visita pastoral a esta parroquia que duró una semana,
desde el 8 hasta el 13 de enero de 1761. Y junto a sus nombres, hacemos mención de
sus órdenes, los cargos que desempeñaron, sus rentas anuales en reales y sus patri-
monios, sus estudios y los informes que los visitadores daban de ellos.
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PRESBÍTEROS DE BOLLULLOS EN 1761
Nombres Órdenes Cargos Renta Estudios Informe
Manuel Gómez Presbiterado Cura 4.900 Filosofía Cumple
Juan Francisco Viceben. 1.900 Moralista Cumple
Juan Francisco Capellán 1.100 Moralista Bueno
Juan Merchantes 1.100 Moralista Quieto
Antonio Domínguez 1.100 Gramático Quieto
Francisco Solís 1.100 Gramático Cumple
Como vemos en el cuadro, en la parroquia de Santiago Apóstol de Bollullos
en 1761, había un curato que ejercía el ocio de cura y era, Manuel Gómez de
Villa117. Tenía carta de cura desde el 20 de septiembre de 1752, es decir, del nom-
bramiento del prelado. Este presbítero servía el curato, pero también era servi-
dor de un benecio –vicebeneciado–, cuyo título fue obtenido el 21 de mayo de
1753. En relación a las costumbres y actitudes sacerdotales y pastorales de este
presbítero, el visitador anotó lo siguiente: “Es de genio frío, y tiene algunas
intrepideces con los dependientes de la iglesia, de los que resultan algunos
disgustos con facilidad, pero cumple con las obligaciones de su empleo118”.
Entre los presbíteros vicebeneciados, además de Manuel Gómez de quien
acabamos de hacer mención, tenemos a otro que se llamaba Juan Francisco Pi-
chardo119, quien recibió el título por el servicio de un benecio el 9 de mayo de
1756. De las actitudes de este vicebeneciado, el escrutinio secreto del clero nos
ofrece un informe en el que podemos leer: “No es un experto en literatura ni
es aplicado y estudia letras morales, por lo que no hay más confesor que el
cura120.”
Descontando al cura y al vicebeneciado, tenemos una relación de cuatro
presbíteros que ejercían como simples capellanes: 1) Juan Francisco Toledano,
que obtuvo licencia para celebrar desde el día 10 de septiembre de 1759; 2) Juan
Merchantes, cuya licencia para celebrar comenzó a ponerse en práctica a partir
del 12 de junio de 1759; 3) Antonio Domínguez que tenía licencia para celebrar
desde el 16 de enero de 1760; y 4) Francisco Solís, que gozaba de una licencia para
ejercer como secretario del arzobispo. De los tres se dice que eran eclesiásticos
arreglados y tenían buen porte. Todos estos presbíteros, además de cumplir con
las obligaciones propias de sus cargos, ejercían además como capellanes. De todos
ellos, el único que aparece en el escrutinio secreto del clero de la visita pastoral
117 El cura Manuel Gómez tenía 45 años de edad. Era el más presbítero más antiguo o más viejo,
seguido de Juan Merchantes que tenía 38 años. Y el presbítero más joven era Antonio Domínguez
que contaba con 26 años de edad. El cura más antiguo constituyó, por su antigüedad al frente de la
Iglesia, la gura más representativa de su parroquia y de la vicaría, en ausencia del vicario foráneo.
118 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5226.
119 Tenía licencia para celebrar y confesar desde el 16 de septiembre de 1757. También Manuel
Gómez obtuvo su licencia para celebrar y confesar en la misma fecha.
120 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5226.
Juan Pablo Domínguez Teba
102
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de otras visitas antecedentes, es Juan Francisco Pichardo que, en 1761 continúa
sirviendo su capellanía.
En relación a sus rentas tenemos la siguiente estadística: Juan Francisco
Toledano, Juan Merchantes, Antonio Domínguez y Francisco Solís contaban
con 1.100 reales, como fruto de sus capellanías; Juan Francisco Pichardo obtenía
1.900 reales –1.100 del servicio de la capellanía y 800 reales por el benecio– y
Manuel Gómez poseía 4.900 reales anuales, –1.100 por el servicio de la capella-
nía, 800 reales por el benecio y 3.000 reales anuales por el curato–, siendo ésta
la renta más elevada de todos los presbíteros que había en Bollullos en 1761. Del
único que tenemos noticias sobre su patrimonio es de Juan Francisco Pichardo,
que ostentaba un patrimonio de 100 reales.
Y en cuanto a sus estudios, todos eran moralistas, excepto Antonio Domín-
guez que realizó estudios de gramática y Manuel Vega que estudió losofía. En
general, se podría percibir que carecían de estudios en teología y se conformaron
con los estudios mínimos, por lo que la mayoría de estos presbíteros no tenían
pretensiones intelectuales. Como hemos comprobado en otras investigaciones,
sólo los que tenían más estudios y estaban mejor preparados intelectualmente
eran los más capacitados para servir pastoralmente a sus parroquias, como lo
dejan entrever los profesores Martín Riego y Candau Chacón121.
1.3.5.2. orDenaDos in sacris, De menores y De tonsura
Veamos en el siguiente cuadro la relación de los nombres de los ordenados in
sacris y de tonsura, juntamente con sus respectivas edades, cargos, rentas anua-
les en reales, estudios e informes:
ORDENADOS DE MENORES, IN SACRIS Y DE TONSURA
NOMBRES GRADOS CARGOS RENTAS ESTUDIOS INFORME
Miguel Ayala Subdiácono Capellán 1.000 Gramático Aplicado
Juan Delgado Corona Capellán 300 Moralista Cumple
Francisco Pichardo 2 grados Capellán 300 Gramático Bueno
Fabián Domínguez 4 grados Capellán 700 Gramático No consta
En 1761 había en la parroquia de Bollullos un ordenado in sacris, Miguel de
Ayala, que recibió el grado del subdiaconado, cuyo título le fue conferido el 20
de septiembre de 1760. Tenía 23 años que era la edad propia de los ordenados in
sacris y, además, se dice de él que era aplicado. Había también un tonsurado
que se llamaba Juan Delgado, que recibió el título de corona juntamente con el
de cuarto grado de menores el 22 de septiembre de 1752. Tenía 30 años de edad,
superando la edad normal de 15 años para la recepción de la tonsura clerical.
121 Manuel Martín Riego, “La Sevilla de las luces (1700-800), en Historia de la Iglesia de las
diócesis españolas, vol. 10, Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos, 2002, 540-542; María Luisa
Candau Chacón, El clero rural de Sevilla…, 419.
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En cuanto los clérigos de menores tenemos dos en total: 1) Francisco Pichar-
do, que recibió el título de primeros grados el 12 de marzo de 1756; y 2) Fabián
Domínguez, que recibió el título de cuarto grado en junio de 1751. Ambos tenían
23 años de edad y en sus informes se dice que eran buenos eclesiásticos, vivían
quietos, asistían a la Iglesia y a las comuniones mensuales y no tenían una con-
grua noticada122. Tan solo hemos podido tener acceso a la noticación de las
rentas obtenidas por el servicio de sus respectivas capellanías. Como vemos en
el cuadro, estos eclesiásticos recibieron menos de 1.000 reales cada uno por el
servicio de la capellanía, por lo que pudieron buscarse la vida, tal vez, en otros
menesteres.
Con relación a sus estudios, el tonsurado Juan Delgado era moralista y los
otros tres eclesiásticos eran gramáticos. Por tanto, los que cursaron estudios de
gramática eran los más jóvenes.
Respecto al escrutinio secreto y al informe del clero de Bollullos en 1761, no
resultó defecto de mayor consideración en cuanto a la vida y costumbres de cada
uno, ni pecado público ni escándalo en el pueblo.
1.3.5.3. ministros parroquiaLes
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de los ministros parroquiales
que aparecen en el escrutinio secreto del clero de la visita de 1761. Junto a sus
nombres, ofrecemos sus cargos, sus rentas anuales en reales, sus edades y el cum-
plimiento de sus obligaciones:
MINISTROS PARROQUIALES DE BOLLULLOS EN 1761
NOMBRES CARGOS RENTAS EDAD INFORMES
Pedro Ortega Sochantre No consta No consta No asiste
Diego Alcántara Sacristán 600 19 Cumple
Alonso Guillén Organista 500 61 Cumple
Sebastián Barea No consta No consta 47 No consta
Como ministros parroquiales tenemos cuatro en total, y son los siguientes:
1) Pedro Ortega, que desempeñaba el cargo de sochantre, pero se ausentaba con
frecuencia de la parroquia en el desempeño de su cargo; 2) Diego de Alcántara
era el sacristán menor, estaba soltero y cumplía con sus obligaciones; 3) Alonso
Guillén, recibió el título de organista el 3 de diciembre de 1726, también estaba
soltero, y cumplía con sus obligaciones; y 4) Sebastián Barea era un ministro
eclesiástico a quien se le perdió su título, y ésta es la razón por la que desconoce-
mos el cargo que realizaba en la parroquia. Sobre Sebastián Barea, por lo general,
seguimos teniendo, prácticamente, la misma información que la que nos ofreció
el visitador sobre este ministro eclesiástico en otras visitas antecedentes. De los
cuatro ministros eclesiásticos de los que se tienen noticias en el escrutinio secreto
122 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5226.
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del clero de la visita en otras visitas, el único que contincomo ministro ecle-
siástico en la parroquia de Bollullos, fue Sebastián Barea.
El ocio mejor pagado fue el del sacristán menor con una renta de 600 reales
al año, seguido por el organista con 500 reales anuales por su plaza. Del sochantre
y del ministro parroquial que perdió su título desconocemos sus rentas.
Según las edades, resalta la juventud del sacristán menor con 19 años. El mi-
nistro parroquial de más edad fue el organista que tenía 61 años.
1.3.6. cLerecía De La parroquia De boLLuLLos en 1779
1.3.6.1. presbíteros
Veamos en el siguiente cuadro la relación de los nombres de los presbíteros
de Bollullos en 1779, con sus órdenes, los cargos que desempeñaron, sus rentas
anuales en reales y sus patrimonios, sus estudios y los informes que los visita-
dores daban de cada uno de ellos: Como vemos en el siguiente cuadro, en 1779,
aparecen más clérigos que en los años de las visitas anteriores, porque había más
personas en ese momento en la villa de Bollullos.
PRESBÍTEROS DE BOLLULLOS EN 1779
Nombres Órdenes Cargos Renta Estudios Informe
Manuel Gómez Presbiterado Cura 1.000 Filosofía Cumple
Juan Pichardo Vicebenef. 5.000 Moralista Inquieto
Miguel Ayala Vicebenef. 5.000 Gramático Cumple
Juan Merchantes 2.200 Moralista Bueno
Antonio Domínguez 2.200 Gramático Bueno
Francisco Solís 2.200 Gramático Cumple
Francisco Pichardo 1.600 Gramático Bueno
Alonso Víctor 1.100 Filósofo Bueno
En la visita del año 1779 vemos que, de los ocho presbíteros que había en la
parroquia de Santiago Apóstol de Bollullos, uno ejercía como cura y era Manuel
Gómez de Villa123, que ya aparecía en el escrutinio secreto del clero de la visita
del año 1761. El informe que el visitador nos ofrece de este cura en 1779 es similar
al que nos ha llegado de él en 1761: su conducta seguía siendo regular, pero se
destacó por el cumplimento de sus obligaciones y, sobre todo, por practicar la
caridad. De él se dice en su informe moral del año 1779: el susodicho cura está
medianamente instruido en las obligaciones de su ministerio. Su conducta
es regular y se distingue entre caritativo y limosnero124. En 1779, Manuel
Gómez ejercía solamente el cargo de cura, dejando de ser vicebeneciado, como
se deduce del escrutinio del clero del año 1761.
123 Le concedieron su licencia para absolver, celebrar y confesar que empezó efectuarse a partir
del 3 septiembre de 1763.
124 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5226.
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Dos fueron los presbíteros vicebeneciados: 1) Juan Francisco Pichardo125,
que continuaba como servidor de un benecio, como ya sucedió en la visita de
1761126; y 2) Miguel de Ayala127, que en la visita del año 1761 ejercía como sub-
diácono, ascendiendo al grado de presbítero en 1779 y sirviendo, con licencia
del provisor, el benecio que gozaba José de Casanova, que era un presbítero
que residía en Madrid. Con relación a las actitudes y comportamientos de estos
dos vicebeneciados, el visitador nos dice que eran bastante inquietos. Y más en
concreto de Juan Francisco Pichardo, aumenta el tono negativo de su informe
moral, al decirse de él lo siguiente: Su genio es dominante y con inclinación
a pleitos y discordias128”. Todos ellos, además de sus cargos, ejercían como sim-
ples capellanes.
Los otros cinco presbíteros restantes no tenían otros cargos más que el ser-
vicio de sus respectivas capellanías y son: 1) Juan Merchantes129, 2) Antonio
Domínguez130, 3) Francisco Solís131, 4) Francisco Pichardo132 y 5) Alonso Víctor
Merchantes133. Todos ellos, excepto Alonso Víctor y Francisco Pichardo, ejercían
como presbíteros capellanes en el año 1761 y continuaron en 1779 sirviendo
sus respectivas capellanías. En 1761, Francisco Pichardo guraba como clérigo
de menores y en 1779 aparece como presbítero que servía su capellanía. En el
escrutinio secreto del clero de la visita correspondiente al año 1779, el visitador
dejó una nota sobre estos clérigos en la cual se decía lo siguiente:
Los demás eclesiásticos están sufriendo por ocurrencias en la
iglesia y su gobierno, en que se advirtió muchas divisiones en-
tre ellos y falta de paz con nota del pueblo y sus vecinos. Sin
embargo, todos los eclesiásticos son de buenos modales y de
condición pacíca134”.
En atención a sus rentas tenemos que destacar que cada benecio estaba dota-
do con 5.000 reales al año, mucho mejor que el curato, con 1.000 reales. Si com-
125 Era el presbítero más viejo del año de 1779, con 64 años de edad, seguido del cura Manuel
Gómez que contaba con 63 años, mientras que el más joven era Alonso Víctor Merchantes que tenía
31 años de edad.
126 En la visita de 1779 se especica, además, su cargo como servidor del benecio que gozaba
la colegial de Olivares. Tenía licencia de celebrar por tres años, desde el 13 de mayo de 1778 y obtuvo
su licencia para confesar el 14 de mayo de 1779.
127 Le fue otorgada, por seis años, una licencia para celebrar y confesar desde el 18 de marzo
de 1778.
128 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5226.
129 Obtuvo, por un periodo de tiempo de seis años su licencia para celebrar, que empezó a ha-
cerse efectiva el 29 de febrero de 1776.
130 Le fue dada su licencia para celebrar el 18 de noviembre de 1773.
131 Le fue concedida por seis años su licencia para celebrar, desde el 16 de marzo de 1774.
132 Tenía por un año una licencia para celebrar, que empezó a hacerse efectiva a partir del 16
de diciembre de 1778.
133 Obtuvo por seis años una licencia para celebrar desde el 9 de julio de 1774.
134 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5226.
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paramos la congrua de los curas con la de los titulares de los benecios, vemos
que éstos estaban mejor pagados. De ahí que, como ya hemos indicado, muchos
preriesen un benecio tranquilo a un curato que exigía la residencia y la cura
de almas.
No tenemos noticias de ordenados in sacris, clérigos de menores y ton-
surados en 1779. Y en lo que concierne a los ministros eclesiásticos sólo se nos
informa del número de ministros que había: un organista, un sacristán mayor y
otro menor y tres acólitos.
1.4. aspectos sociaLes, benéficos y reLigiosos
1.4.1. capeLLanías
La capellanía es una fundación perpetua, hecha por alguna persona en vida,
que daba derecho a percibir ciertos frutos con la obligación de cumplir las cargas
espirituales establecidas por el fundador. Se trata, por tanto, de un dato de piedad
y de una dotación económica.
La fundación de una capellanía constituía un acto jurídico, ya que se reali-
zaba mediante escritura pública. Los bienes dotales, con licencia de la autoridad
eclesiástica, eran apartados del fuero y jurisdicción real, convirtiéndolos de tem-
porales en espirituales y de profanos en eclesiásticos.
Las capellanías se fundan con determinadas ncas y rentas –tierras, casas,
huertas, molinos, colmenas, dinero, etc.–, segregadas del patrimonio del funda-
dor y como dote para el capellán. Normalmente, su función residía en decir una
o varias misas al año en memoria del fallecido y su cumplimiento exigía, como
es lógico, el estar ordenado sacerdote. Según Candau Chacón, sólo el 50% de los
capellanes tenía grado de presbítero dentro de la campiña sevillana en el siglo
XVIII. La otra mitad debía buscar un sustituto que sirviese su benecio. Según
su institución, pueden distinguirse dos grupos:
1. Las eclesiásticas o colativas: éstas se integran como benecios en el patri-
monio de la iglesia. Se encontraban, por tanto, erigidas por la autoridad
eclesiástica. Atendiendo al derecho canónico, se regirían por las mismas
normas que el resto de benecios colativos en relación a los bienes, pre-
sentación, título de ordenación, edad y obligaciones del rezo del ocio
divino y de residencia. Esta tipología se podía subdividir en colativas o
familiares, también conocidas como “de sangre”, según si la potestad de
elegir al capellán recaía en el prelado o en la misma familia del fundador.
Por el acto notarial de fundación, los bienes que sustentaban la capellanía
pasaban a ser de temporales a eclesiásticos.
2. Las laicales135: en su fundación no interviene la autoridad eclesiástica, cuya
capacidad se limitaba a velar por el cumplimiento de las cargas impuestas
135 Francisco Mostazo, Tractatus de causispiis, in genere, et in specie. Venecia: Ex Typo-
graphia Balleoniana, 1735, 126; Francisco Gómez Salazar, Instituciones de Derecho Canónico3,
León: Imprenta Herederos de Miñón, 1891, 307-311; Lucio Ferraris, Promta Bibliotheca, 70-74.
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por el fundador. No hay creación, colación ni institución canónica, sólo
aceptación por parte del prelado. Por tanto, los bienes que dotaban la nue-
va institución permanecían unidos a la jurisdicción secular.
El porcentaje tan elevado de clérigos sin cargas pastorales conllevaba que bus-
casen su sustento en estas instituciones. Eran muchos los que se ordenaban a
título de capellanías. De ahí que el número de fundaciones en el arzobispado
hispalense, como en la totalidad de las diócesis españolas, resulte desorbitado.
Las capellanías fundadas en la parroquia de Santiago de Bollullos del Conda-
do en el siglo XVIII quedan reejadas en el siguiente cuadro:
CAPELLANÍAS DE LA PARROQUIA DE SANTIAGO DE BOLLULLOS EN EL SIGLO XVIII
AÑOS CAPELLANÍAS
1715 71
1725 90
1737 100
1742 100
1779 110
Teniendo en cuenta las visitas estudiadas, tenemos un total de 361 capellanías
fundadas en la parroquia de Santiago de Bollullos, concentradas todas ellas, fun-
damentalmente, en la primera mitad del siglo XVIII.
En las visitas que hemos estudiado no hemos tenido acceso a posibles infor-
maciones que nos reporten datos sobre capellanías perdidas, como suceden en
las parroquias de otros pueblos136. En otras visitas, se han reconocido fusiones
de capellanías, es decir, la unión de varias en una. Muchas capellanías aparecen
fundadas por eclesiásticos y también por familias que presentan al capellán, es
decir, capellanías de sangre.
A través de otras investigaciones se conrma la clara relación entre el pres-
tigio de una parroquia y el número de capellanías fundadas en ella. En la vicaría
de Écija sobresale la parroquia mayor de Santa Cruz con 569 capellanías137; en
El Puerto de Santa María 577 capellanías y 112 memorias en la parroquia de
Nuestra Señora de los Milagros o iglesia prioral138; en Jerez la de San Miguel con
511139 y en Utrera la parroquia de Santa María de la Mesa con 193 capellanías y
153 memorias de misas140.
136 Una capellanía perdida es aquella que, con el correr de los tiempos, su renta había desapare-
cido o estaban muy devaluadas. Como es obvio, desaparecían las obligaciones sobre el cumplimiento
de la voluntad del fundador.
137 Manuel Martín Riego, “El clero parroquial astigitano en el siglo XVIII,” Isidorianum 5
(1994), 233-234.
138 Manuel Martín Riego, “El clero parroquial de El Puerto de Santa María a través de los libros
de visitas pastorales. Año 1764,” Revista de historia de El Puerto 15 (1995), 53-79.
139 Manuel Martín Riego, “El clero parroquial de la vicaría de Jerez en el siglo XVIII”, Tri-
vium, Anuario de estudios humanísticos 6 (1994), 173-174.
140 Manuel Martín Riego, “La vicaría de Utrera en el siglo XVIII a través de los libros de
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1.4.2. hospitaL
La Iglesia Católica ha prestado una labor social y benéca en una época en
la que la preocupación por los pobres y menesterosos no era tarea del Estado141.
El término hospital se usa en un sentido amplio, es decir, como casa de acogida
a pobres, enfermos y transeúntes.
La mayor parte de los hospitales deben su fundación a un particular que do-
naba una dote para nes piadosos. Entre estos guran las misas, estas, capella-
nías, curación y manutención de enfermos, entierros.
A raíz de las visitas que hemos estudiado, deducimos que en el siglo XVIII
había un hospital en Bollullos. Se trata de aquel que se encontraba junto a la
ermita donde la cofradía de la Misericordia celebraba sus cultos. Este hospital
se dedicaba a la crianza de niños expósitos, al transporte de pobres enfermos a
los lugares circunvecinos y al amortajamiento de los pobres que morían en el
hospital142. Este hospital disponía también de esteras de enea para los pobres y
transeúntes y entregaba raciones de pan a los pobres en Pascua de Resurrección.
1.4.3. patronato De Leonor manueL
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de los administradores del pa-
tronato143 fundado en la iglesia parroquial de Santiago Apóstol de Bollullos, y de
sus rentas en reales, con sus respectivos años:
PATRONATO DE LEONOR MANUEL
AÑO ADMINISTRADORES RENTAS EN REALES
1712 Sebastián Rodríguez Se ignora
1715 José Vidal Blanco 109´6
1737 Juan de Orihuela 400´52
1742 Pedro José Vaquero 104´26
En la iglesia parroquial había un patronato que fue fundado por Leonor Ma-
nuel. Fue administrado por el cura y colector, Sebastián Rodríguez Orihuela en
el año 1712, por José Vidal Blanco, cura y colector en el año 1715, por Juan de
Orihuela en 1737 y por Pedro José Baquero en 1742. Este patronato tenía, entre
sus nalidades, la de proveer de una dote de diez reales a una parienta pobre de
la fundadora.
En 1715 este patronato tenía una renta anual que procedía de once tributos.
De su renta, 109 reales y 6 maravedíes se distribuyeron para el administrador que
visitas pastorales”, Isidorianum 6 (1994), 222-223.
141 Pedro Carasa Soto, Historia de la benecencia en Castilla y León: poder y pobreza.
Valladolid: Universidad de Valladolid, 1991, 7-28.
142 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
143 Se trata de una fundación de tipo religioso-benéco con la nalidad de aliviar y remediar
las necesidades de los menos favorecidos. Esta fundación piadosa nace con nes muy diversos:
instrucción, educación, dotes para doncellas huérfanas o pobres de cara a la elección de estado –ma-
trimonio o vida consagrada–, social, religiosa, etc.
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recibió anualmente 11 reales y se destinaron también para costear los derechos
de visita144.
En 1737 este patronato tenía una renta anual de 400 reales y 52 maravedíes,
procedentes de 11 tributos que se distribuyeron en dotes de diez ducados para las
parientas de los fundadores. El administrador recibe un salario anual de 11 reales.
Por los derechos de visita, cada año se reciben 24 reales, de los cuales la mitad va
para el visitador y la otra mitad va para el contador. En la visita del año 1737,
se tomaron las cuentas al administrador del patronato y administrador de la
fábrica parroquial, Juan de Orihuela, resultando de alcance a su favor y contra el
patronato 361 reales y 9 maravedíes145.
En 1742 el patronato tenía una renta de 104 reales y 26 maravedíes proce-
dentes de once partidas de tributos corrientes, que se distribuyeron para hacer
frente a los gastos del salario del administrador. Éste recibía anualmente 24 rea-
les. El residuo se distribuye en dotes de diez ducados a las parientas del fundador.
Se tomaron las cuentas a Pedro José Vaquero, el mayordomo de la fábrica, y
resultaron de alcance contra él y a favor del patronato 112 reales y medio146.
1.4.4. cofraDías
En Bollullos del Condado tenemos constancia de varias cofradías a lo largo
del siglo XVIII. Las visitas pastorales nos muestran un buen número de datos
sobre ellas. Hasta seis son las recogidas a lo largo de la centuria: Santísimo Sa-
cramento, Benditas Ánimas, Nuestra Señora de las Mercedes, La Misericordia,
Santa Vera Cruz y Nuestra Señora de la Soledad147.
1.4.4.1. años 1715 y 1725
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de las cofradías existentes en la
villa de Bollullos, junto con sus respectivas sedes y rentas anuales en reales, en las
visitas correspondientes a los años 1715 y 1725.
COFRADÍAS DE BOLLULLOS DEL CONDADO
COFRADIAS UBICACIÓN RENTAS:1715148 RENTAS:1725149
Sº Sacramento Parroquia 2.526 979
Benditas Ánimas Parroquia 6.189 637
Las Mercedes Ermita 817 694
La Misericordia Ermita 2.277 1.109
Santa Vera Cruz Parroquia 2.440 170
La Soledad Parroquia 322 178
144 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183.
145 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
146 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5217.
147 Sobre las cofradías hay que tener en cuenta que se trata de un tema muy trabajado en la
diócesis de Sevilla, ya que la religiosidad popular es una gran manifestación en la diócesis.
148 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183.
149 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
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La cofradía del Santísimo Sacramento en el año 1715 tenía una renta de 2.526
reales que procedían de 18 de tributos. Con esta renta se pagaban las estas que se
hacían los terceros domingos de cada mes, con el Santísimo Sacramento de mani-
esto. También se destinaba esta renta para cubrir los gastos de la esta del Corpus
que se hacía anualmente en el día de Santiago. Asimismo, esta renta se empleaba
para los gastos de fuego, ramos, cera, aceite, memorias de misas cantadas y rezadas,
ornamentos y plata con sus aderezos. De todo ello se dio cuenta a José Sevillano,
mayordomo de la cofradía150.
Esta cofradía en el año 1725 tenía una renta de 979 reales anuales, de los cuales
69 procedían de 22 tributos perpetuos y redimibles y los 637 reales restantes del
arrendamiento de diferentes pedazos de tierras y viñas. Esta renta está destinada
para hacer frente a los gastos de la esta de Santiago, titular de esta iglesia, que se
celebra en el día del santo. También se destinaba para cubrir los gastos de las estas
mensuales de esta cofradía, de la octava del Corpus y de las misas cantadas con
órgano, que eran del cargo de esta cofradía por personas que dejaron su renta. Se
pagaron las misas con sus sermones y la música para las festividades y, también, a
los ministriles. Se hicieron frente a los gastos de cera y aceite para las lámparas y a
los gastos relacionados con el aseo y adorno del altar151.
La cofradía de las Benditas Ánimas en el año 1715 poseía una renta de 6.189
reales, procedentes de nueve tributos y de las limosnas que aportaban diferentes
personas. De esos 6.189 reales, 2.166 se distribuían para las misas cantadas por los
hermanos difuntos todos los lunes del año, para la esta de las benditas ánimas que
contaba con la asistencia de los capellanes y también se destinaba para los gastos
de cera y aceite. Los 4.023 reales restantes se destinaron para los demás gastos de
la cofradía152.
Esta cofradía tenía en el año 1725 una renta de 637 reales, regulada por quin-
quenio, de los cuales 101 reales procedían de ocho tributos y los 536 reales restantes
procedían de limosnas que se juntaban con la demanda y otras que se dan en es-
pecie de trigo, garbanzos y otras semillas. Esta renta fue destinada para las misas
cantadas de difuntos que se hacían todos los lunes del año por parte de esta cofradía
con el sermón y la asistencia de los capellanes y religiosos y para hacer frente a los
gastos de cera y aceite y otros gastos relacionados con el aseo y adorno del altar153.
La cofradía de Nuestra Señora de las Mercedes en 1715 poseía una renta de 817
reales anuales, de los cuales, 109 procedían de seis tributos y los 708 reales restantes
procedían de las limosnas que se distribuían en la esta de Nuestra Señora de las
Mercedes que se celebra el día 8 de septiembre contando con la asistencia del clero
150 De todo ello se dio cuenta a José Sevillano, mayordomo de esta cofradía.
151 Fueron tomadas las cuentas de esta cofradía por los hermanos y diputados de esta cofradía
al hermano mayor, Francisco Antonio Pichardo, resultando de alcance a favor de esta cofradía 639
reales y 14 maravedíes.
152 De todo ello se dio cuenta a Cristóbal Gutiérrez, mayordomo de esta cofradía.
153 Las cuentas de esta cofradía fueron tomadas por los hermanos y diputados de la misma al
hermano mayor, Cristóbal Gutiérrez, resultando de alcance a favor de esta cofradía 484 reales y 13
maravedíes.
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e incluyendo sermón, música y cohetes. También, se cubrían los gastos de cera y
aceite y se destinaba para costas de pleitos, subsidios y obras de albañilería y car-
pintería. De esos 708 reales, 483 se utilizaron para pagar los gastos de la reedica-
ción de la ermita que estaba mal tratada. Se tuvieron que vender siete vacas y siete
novillos que tenía esta cofradía para techar la ermita y hacer una nueva sacristía154.
Esta hermandad en 1725 tenía una renta de 694 reales anuales, regulada por
quinquenio, de los cuales 63 procedían de tres tributos redimibles, 31 del arrenda-
miento de unos pedazos de tierra y los 600 reales restantes en limosnas de trigo.
Esta renta se distribuyó para hacer frente a los gastos de la esta que se hacía a
Nuestra Señora de las Mercedes en el mes de septiembre, con sermón, música,
fuegos y asistencia del clero. Además, se destinaba para cubrir los gastos de cera y
aceite para las lámparas y para pagar al vaquero de las vacas que tenía esta cofradía
que se hacía cargo también de 82 añojos155.
La cofradía de La Misericordia poseía en el año 1715 una renta de 2.277 reales
que procedían de 21 tributos. Los gastos eran los siguientes: 815 reales que se dis-
tribuyeron para las estas que se hacían en las tres pascuas del año, con sermón y
asistencia del clero; 22 reales que se entregaron al hermano mayor de esta cofradía;
24 reales que se pagaron al sacristán mayor por su asistencia a las estas; 55 reales
que fueron destinados al casero de la cofradía y, con los 1.361 reales restantes se
cubrieron los gastos de cera y aceite y obras de albañilería y carpintería156.
Esta hermandad en el año 1725 poseía una renta de 1.109 reales anuales y tres
cuartillos, regulada por quinquenio, de los cuales 1.081 procedían del arrendamien-
to de diferentes pedazos de tierras y viñas y los 28 reales restantes de seis tributos
perpetuos. Esta renta se distribuyó para pagar a los capellanes por su asistencia a
las misas cantadas y a las tres pascuas del año, incluyendo el sermón que se predica
en el tercer domingo de Pascua de Resurrección. Se destinó también para hacer
frente a los gastos de aceite para las lámparas de la ermita, a las obras de la ermita
y para las limosnas que se dan para hacer el pan amasado que se entregaba a los
pobres en Pascua de Resurrección. Se hizo frente con esta renta, igualmente, al
salario del casero157.
La cofradía de La Vera Cruz en el año 1715 poseía una renta de 2.440 reales
anuales que procedía de ocho tributos, de limosnas y de entrada de hermanos. Con
esta renta se pagaron, fundamentalmente, los gastos relacionados con la procesión
de penitencia del Viernes Santo que contaba con la asistencia de los beneciados y
de los capellanes. Y se cubrían también los gastos de cera y aceite y las memorias
de misas cantadas158.
154 De todo ello se dio cuenta a Diego Jiménez, mayordomo de la misma.
155 Fueron halladas las cuentas de esta cofradía por sus hermanos y diputados al hermano ma-
yor, Andrés González, resultando de alcance a favor de la cofradía, 169 reales.
156 De todo ello se dio cuenta a Diego Valderas, mayordomo de esta cofradía.
157 Fueron tomadas las cuentas de esta cofradía por sus hermanos y diputados al hermano
mayor de la misma, Lorenzo Ramos.
158 De todo ello se dio cuenta al mayordomo de esta cofradía, Alonso Sevillano que fue alcan-
zado en 95 reales y 16 maravedíes.
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Esta hermandad en el año 1725 poseía una renta de 170 reales anuales, regu-
lada por quinquenio, de los cuales 100 reales y ocho maravedíes procedían de seis
tributos redimibles y los 70 restantes de limosnas que se juntaban con la demanda.
Esta renta se distribuyó fundamentalmente para una procesión de penitencia que
se hacía en Semana Santa con su sermón de pasión y con asistencia del clero y se
destinaba para los gastos de cera y de aceite para las lámparas de esta cofradía159.
La hermandad de La Soledad en el año 1715 poseía una renta de 322 reales
anuales que procedían de 11 tributos y de las limosnas y entrada de hermanos.
De esos 322 reales, 190 se distribuyeron para pagar los gastos relacionados con la
procesión de penitencia del Viernes Santo que incluía el sermón de pasión y se
destinaba también para gastos de cera. Los 132 reales restantes se distribuyeron
para los demás gastos y otras menudencias de esta cofradía160.
Esta hermandad en el año 1725 tenía una renta de 178 reales anuales, regulada
por quinquenio, de los cuales 16 procedían de un tributo y los 162 reales restantes
de limosnas que se juntaban con la demanda y de otras que se dieron en especie de
trigo. Esta renta se distribuyó para hacer frente a los gastos de una procesión de
penitencia que se hacía en Semana Santa con su sermón de Pasión y que contaba
con la asistencia del clero, y también para cubrir los gastos de cera y aceite para las
lámparas y para hacer frente a otras menudencias161.
1.4.4.2. años 1737 y 1742
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de las cofradías existentes en la
villa de Bollullos, junto con sus respectivas sedes y rentas anuales en reales, en las
visitas correspondientes a los años 1737 y 1742.
COFRADÍAS DE BOLLULLOS DEL CONDADO
COFRADIAS UBICACIÓN RENTAS:1737162 RENTAS:1742163
Sº. Sacramento Parroquia 1.246´17 1.217´2
Benditas Ánimas Parroquia 435´17 1.405
Las Mercedes Ermita 1.172 No consta
La Misericordia Ermita 1.110 1.257
Vera Cruz Parroquia 206 206
La Soledad Parroquia Sin renta ja Sin renta ja
159 Las cuentas de esta cofradía fueron tomadas por los hermanos y diputados al hermano ma-
yor de la cofradía, José López, resultando de alcance a favor de la misma, 72 reales y seis maravedíes.
160 Parte de la renta de esta cofradía alcanzó al presbítero Juan de Orihuela Espina, quien reci-
bió 116 reales por suplir de su caudal algunos gastos de esta cofradía, dado que la renta de la misma
carecía de ingresos sucientes.
161 Fueron halladas las cuentas de esta cofradía por sus hermanos y diputados al hermano
mayor, Alonso Cano Camacho, resultando de alcance a favor de la cofradía, 145 reales y siete ma-
ravedíes.
162 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
163 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5217.
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La cofradía del Santísimo Sacramento poseía en el año 1737 una renta de
1.246 reales y 17 maravedíes anuales, regulada por quinquenio, de los cuales 987
procedían de 31 tributos y los 260 restantes de limosnas que se juntaban con la
demanda y otras particulares averiguaciones y entradas de hermanos. Esta renta
estaba destinada para hacer frente a los gastos de las estas que se celebraban los
terceros domingos de cada mes. También con ella se pagaron los gastos de la es-
ta del Corpus que se celebraba con toda solemnidad. Además, se pudieron cubrir
los gastos por el aniversario de las Ánimas y las misas cantadas y rezadas por los
hermanos difuntos. Hay también un subsidio que se repartía para los gastos de
cera y aceite y para otros gastos relacionados con el aseo y adorno del altar164.
Esta hermandad tenía en el año 1742 una renta de 1.217 reales y 2 maravedíes
anuales, regulada por quinquenio, de los cuales 1.005 procedían de las partidas de
tributos corrientes, 48 de la fábrica por ayudas de costa para hacer frente al gasto
que hace esta cofradía en la esta de Santiago y, los 164 restantes procedían de
las limosnas que se juntaban con la demanda, otras particulares averiguaciones
y entradas de hermanos. Esta renta se distribuyó para la esta del Corpus que se
hacía el día de Santiago, otras estas mensuales, misas por los hermanos difun-
tos, y también para las misas rezadas y cantadas a cargo de esta cofradía y para
cubrir los gastos de cera y aceite165.
La cofradía de las Benditas Ánimas en el año 1737 poseía una renta de 435
reales y 17 maravedíes, regulada por quinquenio, de los cuales 327 procedían de
once tributos y los 108 restantes de limosnas que se juntaban con la demanda, de
otras particulares averiguaciones y entradas de hermanos. Esta renta fue desti-
nada para las misas cantadas de todos los lunes del año y para el día de Todos los
Santos. Había también un subsidio que se repartía por las misas rezadas por las
Ánimas, y para hacer frente a los gastos de cera y aceite y otros gastos relacio-
nados con el aseo y adorno del altar166.
Esta cofradía en 1742 tenía una renta de 1.405 reales y 17 maravedíes anuales,
regulada por quinquenio, de los cuales 467 procedían de 10 partidas de tributos
corrientes y los 938 restantes procedían de limosnas que se juntaban con la de-
manda, otras particulares averiguaciones y entradas de hermanos. Esta renta es-
taba destinada para hacer frente a los gastos de las misas cantadas todos los lunes
del año y de las misas rezadas por los hermanos difuntos. También se pagaron
los gastos de la esta que se celebraba el domingo de la infraoctava de Todos los
Santos. Y había un subsidio que se repartía para gastos de cera y aceite167.
164 Se tomaron las cuentas de esta cofradía por sus hermanos y diputados al hermano mayor,
Alonso Valderas, resultando de alcance contra él y a favor de la cofradía, 483 reales.
165 Las cuentas de esta cofradía fueron tomadas por sus hermanos y diputados al hermano
mayor, D. Torres Caro, resultando de alcance a favor de esta cofradía, 1.560 reales y 21 maravedíes.
166 Las cuentas de esta cofradía fueron tomadas al hermano mayor, Manuel de Alcántara, re-
sultando de alcance a su favor 419 reales.
167 Las cuentas de esta cofradía fueron tomadas por sus hermanos y diputados a Manuel Ca-
rrascosa, su hermano mayor, resultando de alcance a favor de esta cofradía 129 reales.
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La cofradía de Nuestra Señora de las Mercedes, ubicada en su ermita ex-
tramuros, en el año 1737 poseía una renta de 1.172 reales anuales, regulada por
quinquenio, de los cuales 103 procedían de once tributos, 157 procedían de limos-
nas que se juntaban con la demanda, particulares averiguaciones y entradas de
hermanos, 303 de la venta de trigo de la cosecha y los 67 restantes se obtuvieron
por la venta de reses de esta cofradía. Esta renta se distribuía para hacer frente a
los gastos de la esta que se hacía con toda solemnidad en el día del Nombre de
María. Había, además, un subsidio que se repartía para cubrir los gastos de cera y
aceite, obras y reparos en la ermita, y adorno del altar de la iglesia168.
La cofradía de La Misericordia en 1737 poseía una renta de 1.110 reales anua-
les, regulada por quinquenio, y que procedía de 40 tributos. Esta renta se distri-
buyó para pagar los gastos de la esta que se hacía en las pascuas del año con toda
solemnidad. Se destinaba también para pagar los gastos de las misas cantadas y
rezadas ofrecidas por las personas que dejaron su renta a esta cofradía. Se hizo
frente con esta renta a los gastos de cera y aceite y a los gastos propios del aseo
y adorno del altar de la ermita169.
Esta cofradía en el año 1742 tenía una renta de 1.257 reales anuales, regulada
por quinquenio, de los cuales 1.073 procedían de 37 partidas de tributos corrien-
tes y los 184 restantes de limosnas que se juntaban con la demanda, particulares
averiguaciones y entradas de hermanos. Esta renta se distribuyó para cubrir los
gastos de las tres estas de pascua que se hacían cada año con toda solemnidad.
Se destinaba también para hacer frente a los gastos de cera para los entierros,
aceite para las lámparas, para costear las misas por los hermanos difuntos y para
cubrir los gastos de las obras y reparos del hospital anexo a la ermita donde se
encontraba establecida la sede de esta cofradía. Había, además, un subsidio que se
distribuyó para el adorno del altar de la iglesia170.
La cofradía de La Santa Vera Cruz en el año 1737 poseía una renta de 206
reales anuales, regulada por quinquenio, de los cuales 190 procedían de nueve
tributos y los 16 restantes de limosnas que se juntaban con la demanda. Con esta
renta se pagaban fundamentalmente los gastos de una procesión de penitencia
que se hacía el Viernes Santo, que contaba con su sermón de pasión. Se destinaba
también para los gastos de cera y de aseo y adorno del altar171.
Esta misma cofradía, en el año 1742, poseía la misma renta que en el año
1737. En concreto, gozaba de una renta de 206 reales anuales y 20 maravedíes,
regulada por quinquenio, de los cuales 143 procedían de siete partidas de tributos
168 Fueron tomadas las cuentas de esta cofradía por sus hermanos y diputados al hermano
mayor, Pedro Rosado, resultando de alcance a favor de la cofradía, 59 reales.
169 Fueron tomadas las cuentas de esta cofradía por sus hermanos y diputados al hermano
mayor, Alonso Bejarano, resultando de alcance a favor de esta cofradía, 227 reales.
170 Las cuentas de esta cofradía fueron tomadas por sus diputados y hermanos al hermano
mayor, Félix Vaquero, contabilizándose a favor de del hospital de esta cofradía, 1.142 reales y 85
maravedíes.
171 Las cuentas de esta cofradía fueron tomadas por sus hermanos y diputados al hermano ma-
yor de la cofradía, Alonso Naranjo, resultando de alcance a favor de la cofradía 187 reales.
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corrientes y los 63 restantes de limosnas que se juntaban con la demanda y otras
particulares averiguaciones. Con esta renta se pagaban fundamentalmente los
gastos de dos estas que se celebraban el día del Corpus y el día de la Vera Cruz.
La renta de esta cofradía se destinaba también para una procesión de penitencia
con su sermón de Pasión de Semana Santa. Había, además, un subsidio que se
repartía para cubrir los gastos de cera y otros gastos particulares172.
La cofradía de La Soledad, en los años 1737 y 1742, no tenía una renta ja.
Su renta, regulada por quinquenio, procedía de las limosnas, particulares averi-
guaciones y entradas de hermanos. De la renta de esta cofradía, 159 reales fueron
destinados para pagar los gastos de una procesión de penitencia con su sermón
de Pasión de Semana Santa, misa por los hermanos difuntos y una esta que se
celebraba en la mañana del día de la Pascua de Resurrección que se hacía con toda
solemnidad y la misa por los hermanos difuntos. Esta cofradía tenía, además, un
subsidio que se distribuyó para los gastos de cera y adorno del altar.173
1.4.5. ermitas
En el siguiente cuadro ofrecemos la relación de las ermitas existentes en la
villa de Bollullos del Condado entre 1712 y 1761.
ERMITAS DE BOLLULLOS DEL CONDADO EN 1712-1761
ERMITAS UBICACIÓN
La Misericordia Extramuros
Nuestra Señora de las Mercedes Intramuros
Relacionadas con las cofradías, las visitas hacen mención a lo largo del siglo
XVIII en Bollullos del Condado a dos ermitas: la de la Misericordia, que se en-
contraba situada dentro del casco urbano, y la de Nuestra Señora de las Merce-
des, situada fuera del mismo. Los datos que manejamos sobre estas dos ermitas
nos aportan una visión novedosa y poco conocida de este aspecto de la villa a lo
largo de todo el siglo.
La primera es la ermita de La Misericordia. En 1712, no se celebraba misa
en ella, al no estar decente ni disponer de ornamentos174. En 1715 se destaca la
necesidad de reparar el altar frontal de la ermita. Tanto en ese año como en el año
1725, seguía careciendo de ornamentos, por lo que aún no se celebraban misas
allí. En las visitas posteriores a estos años, esta ermita ya aparece con toda su
decencia y con los ornamentos necesarios para que se pudiera retomar el culto
en su interior. Los cultos de la cofradía de la Misericordia se celebraban en esta
172 Las cuentas de esta cofradía fueron tomadas por sus hermanos y diputados al hermano
mayor de la cofradía, Alonso Naranjo, resultando de alcance a favor de la cofradía 664 reales y 21
maravedíes.
173 Fueron tomadas las cuentas de esta cofradía por los hermanos y diputados de esta cofradía
a su hermano mayor, José Carrasco Roldán, resultando de alcance a su favor y en contra de la co-
fradía, 33 reales que el propio hermano mayor consintió.
174 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
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ermita. En ella, la cofradía de la Misericordia celebraba misas cantadas en las tres
pascuas del año y misas por los difuntos de esta cofradía.
La segunda ermita es la de Nuestra Señora de las Mercedes. Durante las vi-
sitas del siglo XVIII, se ha comprobado que esta ermita estaba con el aseo y la
decencia que su pobreza le permitía, y disponía de todos los ornamentos necesa-
rios para que se pudiera celebrar la misa en ella. En esta ermita se celebraban los
cultos de la cofradía de Nuestra Señora de las Mercedes el día de su esta, concre-
tamente, el 8 de septiembre. Los cultos que se celebraban en ella con ocasión de la
esta de Nuestra Señora de las Mercedes contaban con la asistencia del clero, la
predicación de un sermón y había también música, fuego y cohetes. Según nos
indica la visita del año 1715, esta ermita fue sometida a unas obras de reparación
en el techo y se tuvo que hacer una nueva sacristía175. Y según nos indica la visita
del año 1737, en esta ermita se celebraba cada 12 de septiembre, con toda solem-
nidad, una misa con ocasión de la esta del Dulce Nombre de María176.
1.4.6. convento
En el siguiente cuadro hacemos mención del convento177 extramuros que
había en la villa de Bollullos en el siglo XVIII, junto con el número de religiosos
que tenía en los años 1715, 1725 y 1799.
CONVENTO DE LA ORDEN TERCERA DE SAN FRANCISCO
AÑOS RELIGIOSOS
1715 20
1725 24
1779 36
Fuera del casco urbano de la villa, hay un convento de religiosos de la Orden
Tercera de San Francisco que tiene como titular a San Juan Bautista178, fundado
desde principios del siglo XV bajo la protección del Conde de Niebla Enrique
Pérez de Guzmán. Este convento es vulgarmente conocido como la Morañina.
175 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183.
176 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
177 Los visitadores no visitaban los conventos masculinos, porque tenían sus propios visitado-
res de la orden. En cambio, los femeninos se dividían en dos tipos canónicos: 1) los que dependían de
la jurisdicción episcopal (y éstos eran visitados) y, 2) los que dependían de los religiosos.
178 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5230. La Orden Tercera de San
Francisco, llamada en sus orígenes Orden de la Penitencia nació del empeño de Francisco de Asís
por abrir nuevas rutas para los hombres y mujeres que querían hacer penitencia (vivir su conversión
sincera, entregados a Cristo como modelo de vida) movidos por su predicación y ejemplo de vida.
San Francisco no instituyó la Orden de los Penitentes puesto que ésta ya estaba presente en la Iglesia
desde sus inicios; pero se afanó en dar indicaciones a quienes, tocados por su mensaje, querían
hacer penitencia. Fueron surgiendo así grupos de hermanos de la penitencia que se inspiraban en
su experiencia de vida evangélica. Francisco continuó estando cercano a ellos y en cierto modo se
sintió responsable de conrmar su elección y de asociarlos en su vocación de restaurar la Iglesia.
Ya en 1221 el Memoriale Propositi formula reglas precisas para la vida y organización de grupos
penitentes, surgidos en su mayoría en el ámbito franciscano.
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En el año 1715 estaba compuesto por 20 religiosos. En 1725, esta comunidad re-
ligiosa estaba formada por 24 religiosos. Y en 1779 hubo hasta 36 religiosos en el
convento. Cada uno de ellos mantenía el convento con decencia. Son un ejemplo
para el pueblo por el buen modo de proceder que había en ellos y, su presencia
en esta villa supuso un gran alivio para muchos vecinos que acudían al convento
para las confesiones.
Además de este convento, tenemos otros dos más situados dentro del casco
urbano: uno de carmelitas y otro de mercedarios, de los cuales ignoramos el nú-
mero exacto de religiosos para esos dos conventos, a diferencia del convento de
franciscanos, del cual hemos hecho un cuadro acerca del número de los religiosos
que habitaban en él, gracias a la información transmitida por el visitador.
No obstante, sí hemos conseguido información sobre alguno de los religiosos
más destacados de tres conventos que había en la villa de Bollullos. Entre los
informes aportados por el visitador recalcamos a Fray Juan de Robles, que en la
visita del año 1712 aparece como carmelita conventual en la casa grande de la vi-
lla de Bollullos. En 1713, tenemos también al padre fray de Solís, mercedario con-
ventual que se encontraba en la casa grande de esta ciudad. En 1714 señalamos
al padre fray Francisco Jiménez, que fue carmelita conventual en Sanlúcar de
Barrameda. Y nalmente, tenemos a un religioso de la Orden de San Francisco,
del que desconocemos su nombre, que ejercía como teniente de Cura y tenía la
licencia de confesar por dos años, por el Sr. Sale, desde el 25 de febrero de 1739179.
Todos estos referidos religiosos predicaron con todo fervor y modestia, y le
dedicaron bastante tiempo a la asistencia al confesionario, siendo muy puntuales
en ello, para gran utilidad de los eles.
1.5. manDatos De visita
El objetivo de los mandatos de visitas es la mejora de todo lo relacionado con
la vida parroquial, sobre todo del clero; de aquí que se recuerden las obligaciones
del mismo, según aparecen reguladas en las Constituciones Sinodales de 1604. A
continuación, haremos un estudio de los mandatos de visita que hemos encon-
trado en los libros de visita sobre Bollullos del Condado en el siglo XVIII.
1.5.1. manDatos De cara a Los ecLesiásticos en generaL
Primeramente, el visitador manda que se guarden, se cumplan y se ejecuten
las constituciones sinodales de este arzobispado, los decretos expedidos por el
cardenal arzobispo y los mandatos de visita antecedentes180.
Un punto importante en el que insisten los mandatos de visita es que el cura
de esta iglesia debe observar con puntualidad lo que está dicho en el concilio
de Trento y, sobre todo, debe atenerse a la Bula de Inocencio XIII titulada
Apostolici Ministerii”, en la que se manda que el cura debe explicar al pueblo
179 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5217.
180 Como suele ser en la casi totalidad de los mandatos del arzobispado de Sevilla, se insiste en
la observancia de las constituciones sinodales y en los mandatos de visitas anteriores.
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la doctrina cristiana todos los días festivos del año en el ofertorio de la misa ma-
yor, por lo que tendrá gran cuidado en esto. En el mandato de 1715 se dice que
en cuaresma el cura debe explicar al pueblo un capítulo de la doctrina cristina
relacionado con ese tiempo litúrgico181.
El cura, además, debe poner toda su vigilancia en el celo por velar las costum-
bres y examinar el modo de vida de los eclesiásticos y de los seculares, haciendo
las averiguaciones y diligencias necesarias para la enmienda y, en caso de incum-
plimiento de estas costumbres, se procederá a dar cuentas de ello al arzobispo.
Un ejemplo concreto de vigilancia sobre las costumbres de los seculares nos
lo ofrecen los mandatos de visita de 1715 y 1725, en los cuales se nos dice que no
se puede permitir que concurran en público hombres y mujeres en las ermitas
extramuros, para hacer estas y bailes, a n de impedir que esta concurrencia
pueda derivarse en una ofensa a Dios182.
Y como ejemplo de la vigilancia sobre las costumbres de los eclesiásticos,
destacamos dos: los que nos ofrecen los mandatos de visita de 1737 y de 1779. En
estos mandatos, el visitador hace alusión a una costumbre que venían haciendo
los curas de la parroquia de Santiago de Bollullos que había que corregir. Y es
que desde hacía pocos años hasta el momento de la visita se había introducido en
la iglesia de esta villa, de forma rutinaria, la administración del sacramento del
bautismo, de madrugada, una vez terminadas las oraciones y las velaciones. Fue-
ron surgiendo progresivamente diversos inconvenientes por hacerse los bautizos
en la iglesia a esas horas de la noche. Esta situación llevó al visitador a ordenar
al cura que, por ningún motivo, se podían celebrar bautizos de madrugada y
después de las oraciones, excepto en caso de necesidad. Tampoco se pueden hacer
velaciones hasta que amaneciera el nuevo día. En caso de ejecutarse lo contrario
a estas disposiciones, el cura sería multado con las penas que el visitador juzgara
conveniente183.
En el mandato de visita de 1779 tenemos un claro ejemplo de las conductas
morales que debían adoptar los eclesiásticos. Ante las frecuentes divisiones que se
constataron entre los eclesiásticos, el visitador exhorta a la reconciliación entre
ellos, y a que todos ellos se unan en un mismo espíritu para dar buen ejemplo184.
Dos aspectos signicativos de los que se hacen eco los mandatos de visita son:
1) la vigilancia por parte del cura de esta iglesia, para que continúe con solicitud
y cuidado en el cumplimiento del punto tercero del mandato de 1712 acerca de
llevar la llave del sagrario al cuello; y 2) asimismo se le pide que tenga cuidado
con la comunicación en los tratados de los casamientos, que los que se van a casar
181 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183. Una obligación importante
de los curas es la predicación de la doctrina cristiana.
182 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
183 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
184 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5230.
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reciban las bendiciones nupciales de la iglesia y, sobre los casamientos que se ha-
cen en las casas, se encargará este asunto a la conciencia del cura185.
No podemos pasar por alto otros aspectos importantes de mejora que el vi-
sitador dejaba anotado en los mandatos de visita, de cara a los eclesiásticos, y es
que éstos, tanto los de órdenes mayores como de menores, debían asistir al coro
durante los días de esta y, también, en las primeras y segundas vísperas, en la
hora tercia y en la misa mayor. Además, se resalta que los que no son presbíteros
han de comulgar en la misa de un día de esta, el que señale el cura, lo cual se
efectuará en conformidad con lo dispuesto necesariamente por la referida Bula
y, con apercibimiento de ser multados por el cura, según fuere la omisión de
cada uno. En caso de no haber remedio, se les mandará que comparezcan ante el
Sr. Arzobispo, a quien se dará puntual cuenta de la observancia de este mandato.
Otros puntos centrales comunes en los mandatos de visita son la vigilancia en
el uso del traje talar y la ejecución del capítulo 7 de la referida Bula, que habla
sobre las conferencias morales,186 las cuales se tendrán un día cada semana en la
sacristía o en un sitio cómodo de la Iglesia, eligiendo un sábado de cada mes.
Entre los temas de estas conferencias están los relacionados con la celebración
de los sacramentos y, en especial, con el sacramento de la Eucaristía, haciéndose
hincapié en la dimensión sacricial de la Misa. Y, si alguno faltase después de ser
amonestado por primera y segunda vez a estas conferencias, no se le puede dar
misa de colecturía.
En los mandatos, igualmente, se le da importancia al cuidado en la observan-
cia por parte de los eclesiásticos del uso del traje clerical, cumpliéndose con este
cometido con la decencia y modestia que está mandado y conforme a la costum-
bre de este arzobispado, evitando en los caminos solamente el vestido corto y sin
dejar el uso del cuello que es el distintivo de los eclesiásticos; y, si alguno faltase a
la modestia del traje, se le reprenderá y en caso de claro desprecio se dará cuentas
al arzobispo de ello.
1.5.2. manDatos De cara a La fábrica
La cuestión de la fábrica de la iglesia parroquial187, sus ingresos y el cumpli-
miento de sus derechos, aparecen con frecuencia en los mandatos de visita, así
185 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
186 Manuel Martín, Las conferencias morales y la formación permanente del clero en la
archidiocesis de Sevilla (siglos XVIII al XX), (Sevilla: Fundación Infanta Luisa, 1997). Estas
conferencias consistían en reuniones periódicas a las que por orden expresa del obispo, estaban
obligados a asistir todos los eclesiásticos de las parroquias, de cara a una mejora de la formación
intelectual del clero.
187 El término fábrica signica construcción. Con el correr de los tiempos, se amplía su signi-
cado y con dicho nombre se designa la cantidad de los bienes destinados a la construcción y mante-
nimiento de las iglesias. Para el concilio de Trento, la fábrica aparece como el organismo encargado
de la administración de los bienes de la iglesia. Es la responsable de proveer todo lo pertinente a la
celebración del culto. Al frente de la misma se encuentra el mayordomo de fábrica. Los ingresos y
salidas de las fábricas parroquiales aparecen en los libros de visita bajo el nombre de Tanteo de la
renta y obligaciones que en cada año tiene la fábrica parroquial. Lo habitual en estos tanteos
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como el aspecto de los ornamentos, vasos sagrados y reparaciones que necesita la
iglesia, de los que se hace cargo el mayordomo de la fábrica parroquial. Veamos
algunos de estos dos aspectos presentes en los mandatos de visita de la iglesia
parroquial de Santiago Apóstol de Bollullos, que hemos estudiado.
En primer lugar, el mayordomo de la fábrica de la iglesia parroquial debe
saber quiénes son los inquilinos tributarios que intervienen en la fábrica, como
así está expresado en los mandatos de visita de 1715 y 1742, ya que en esos años
se percibió que las ncas parroquiales, y aquellas de las cofradías, capellanías y
obras pías188, habían pasado a terceros y cuartos poseedores sin haberse otorgado
el reconocimiento que se ha hecho por los nuevos poseedores y sin asegurarse la
renta de cada uno de ellos. Por consiguiente, los visitadores, en esos mandatos,
ordenan al mayordomo de la fábrica parroquial y a las cofradías y capellanías
fundadas en esta villa que pidan al Cura de esta iglesia que notique los nuevos
linderos de las ncas y se tomen nota de sus traslados a tenor de los protocolos
que hay establecidos189.
En ese mismo mandato de 1742, el visitador nos indica que la fábrica parro-
quial tenía un caudal de 3.027 reales y 79 fanegas de trigo y 59 de cebada, siendo
el mayordomo el que alcanzó este caudal, que después serviría para cubrir los
salarios de los ministros y para otros gastos más precisos. Ante el valor excesivo
de las posibles obras que había que acometer en la iglesia parroquial, el visitador
mandó al mayordomo de la fábrica de esta iglesia que pida, bajo el permiso del
Sr. Provisor, el secuestro de las cuartas partes de los diezmos, para que las obras
se puedan ejecutar por este medio con la brevedad que se requiere190.
En atención a algunos errores localizados en las anotaciones de los libros pa-
rroquiales, como lo pone de relieve el mandato de 1715, el visitador dejó encar-
gado al mayordomo de la fábrica parroquial que, después de reconocerse que en
el libro de entierros no se asientan las partidas de párvulos, en adelante el mismo
mayordomo debe supervisar los libros de entierros, imponiendo al colector el
era el desglose pormenorizado de cada uno de los ingresos y salidas.
188 Antonio Lara Ramos, “Aspectos benécos sociales de Guadix en el tránsito de los siglos
del XVIII al XIX”, en Antonio Luis Cortés Peña (coord.), Poder civil, Iglesia y Sociedad en la
Edad Moderna, Granada: Universidad de Granada, 2006, 462; del mismo autor: “Mentalidad y
prácticas sociales: conictos civiles y eclesiásticos en el Guadix del XVIII”, en Miguel L. López-
Guadalupe Muñoz, Antonio L. Ramos y Antonio L. Cortés (coords.), Iglesia y sociedad en el
reino de Granada (Siglos XVI-XVIII), Granada: Universidad de Granada, 2003, 341. Las Obras
Pías, aparte de su carácter eminentemente social, constituyeron un instrumento de prestigio social
con una estrategia socioeconómica bastante elaborada encaminada principalmente a beneciar a los
familiares de sus fundadores. Como nos comenta el profesor Antonio Lara, las obras pías eran de
gran variedad y de prolíca fundación territorial. Podemos encontrar fundaciones de obras pías en
las catedrales, parroquias, conventos, ermitas, colegios, ayuntamientos, etc. Solían ser muy nume-
rosas y cumplían una función social. Las condiciones para la aplicación de una obra pía estaban en
la escritura de fundación de la misma. Según el citado profesor Lara, más frecuente era la fundación
de memorias de misas rezadas, esencialmente de carácter perpetuo. Muchas de estas obras pías se
mantienen actualmente. Por ejemplo, las de Roma y Sicilia.
189 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
190 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5217.
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asentamiento de dichas partidas con claridad y distinción y, poniendo al margen
de ellas, lo que pertenece a la fábrica por sus ingresos191.
Destacamos ahora algunos ejemplos de la vigilancia del mayordomo sobre
los ingresos de fábrica para que éstos no se vieran perjudicados y las multas
impuestas a los mismos mayordomos y eclesiásticos por incumplimiento de sus
obligaciones en relación a esos ingresos. En concreto, en el mandato de visita de
1715, el visitador manda al cura que, luego y sin dilación alguna, proceda con
todos los demás remedios y rigores, contra el mayordomo Sebastián Rodríguez
Orihuela por los 1.577 reales de vellón que en esta visita resultaron de alcance
contra Alonso Cano, a quien se entregaron 367 ducados que están en su poder.
Asimismo, se procedió contra los mayordomos de las cofradías a n de que cada
uno pagara lo que estuviera debiendo192.
Centrándonos ahora en los ornamentos y vasos sagrados y otros arreglos ne-
cesarios de la iglesia parroquial, nos dice el mandato de visita del año 1712 que
el mayordomo de fábrica tiene que examinar la cruz de plata ya que necesita ser
aderezada, por lo que dentro de cuatro meses tendría que estar hecha una manga
para la cruz.
En cuanto a la pila bautismal, el mayordomo debe tener en cuenta que ésta
se encuentra muy maltratada y muy gastada, por lo que se ha de poner remedio
para repararla. Entre los balaustres de la pila bautismal no puede entrar alguno,
como así sucedía normalmente. Todo lo cual se tiene que cumplir en el plazo
indicado, so pena de 10 ducados aplicados a esta fábrica193.
Como nos indica el mandato de 1725, el visitador exhorta al mayordomo que
compre, en un plazo máximo de tres meses, un lienzo de damasco blanco con
galón de seda blanca, y un atril plateado para que pueda encajar con el otro que
tiene esta iglesia, también de plata. Asimismo, se debe comprar una escalera para
colgar y descolgar todo aquello que hiciera falta en esta iglesia.
Ya, en el mandato de 1725, se exhorta al mayordomo de la fábrica parroquial
que a la tapa del vaso donde está el sagrado crisma hay que ponerle una cruz de
plata pequeña para que el vaso se pueda distinguir con facilidad y se pueda reco-
nocer dónde está el óleo de los catecúmenos. Había que procurar, además, asear
y limpiar todos los altares. El visitador también deja bajo la responsabilidad del
mayordomo que quite el lienzo que se encuentra en la taquilla donde está guar-
dado el óleo de los enfermos y se aplique, desde ese momento en adelante, para
que sirva de palia para los corporales, pues se conoce bien que ha servido para este
n por la forma que tiene. Otra de las recomendaciones que el visitador deja bajo
el cuidado del mayordomo en el mandato de visita de 1712 es que se tienen que
sacar, de la capilla donde se encuentra la pila bautismal, el estandarte y los faroles
que sirven para el rezo del rosario y se han de poner en otro sitio más cómodo,
para evitar de este modo que la pila se abra todos los días, pues sólo ha de servir
191 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183.
192 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5183.
193 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
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para los bautizos. Se insiste en que la pila bautismal debe estar cerrada y la llave
de la misma ha de estar en poder del cura.
En vista de los ornamentos litúrgicos y vasos sagrados, en el mandato de
visita de 1742 que hemos estudiado, el visitador manda al mayordomo de la fá-
brica parroquial que proceda a examinar la casulla antigua blanca de lana que se
encuentra en esta iglesia ya que se ha reconocido que está muy indecente y que
no sirve, por lo que ordena al mayordomo que la queme, contando con la asis-
tencia del cura de esta Iglesia. Es necesario hacer una nueva casulla de damasco
de color blanco que se utilizará de forma ordinaria y que está compuesta por una
guarnición de galón de seda.
En el mandato de 1737, el visitador se percató de unas obras que había que
hacer en la nueva sacristía de la iglesia parroquial, mandando al mayordomo que
se hiciera cargo de esas obras. La nueva sacristía necesitaba dos canceles para sus
puertas y ocho cajones para guardar las ropas, por lo que había que realizar esas
mejoras. No obstante, el visitador dejó dicho al mayordomo que, por el momen-
to, solo se dedicara a la reparación de los ornamentos que lo necesiten pues la
fábrica parroquial no tenía posibilidades económicas para otra cosa194.
Siguiendo con las obras realizadas en la iglesia parroquial de Santiago de Bo-
llullos, como así lo deja entrever el mandato de 1742, el visitador dejó anotado
que se hicieran diferentes obras y reparos que hacía falta hacer en el cuerpo
interior de esta iglesia, para cuyo efecto el mayordomo tendrá preparado los
materiales necesarios, de forma que se pudieran realizar las referidas obras en la
próxima primavera. El visitador general reconoció que la nave de la epístola ha
aqueado por las maderas que tienen los arcos de la nave central, cayendo sobre
la pared de la calle donde se encuentra la capilla de las Ánimas, y como la pa-
red es de tierra se teme que pueda suceder alguna ruina. Por lo que se manda al
mayordomo de esta fábrica y al cura que busquen una solución, inspeccionen la
nave afectada y procedan a ejecutar la obra que se necesita, haciendo otra pared
si fuera preciso. Y, en atención a que la escalera de la torre está muy maltratada,
hace falta quitarla y hacer una escalera de caracol para que por ella puedan subir
los acólitos para el toque de las campanas. Se ordena, por tanto, hacer esta obra
junto con la de la pared y la del cuerpo interior de la iglesia, siendo costeadas en
función del valor de la fábrica de esta iglesia195.
En atención a que en esta fábrica se halla un caudal bastante grande, según
el alcance que ha resultado en esta visita, el mayordomo hará dentro de cuatro
meses que la iglesia esté provista de unas dalmáticas con manga blanca y todo
de damasco. Hay una tela negra bordada que no sirve, por lo que se quemará su
bordadura. Y lo que sobre de la tela se coloca para cubrir el cáliz. La patena es
vieja, por lo que se dorará, ya que es lo que hasta ese momento necesitaba la fá-
brica de la iglesia parroquial.
194 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
195 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5212.
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En ese mismo mandato de 1725 se nos habla de la necesidad de colocar una
imagen que represente a Santiago apóstol, al tener la iglesia como titular al após-
tol Patrón de España y no haber en ella imagen que le venere con el debido culto.
El visitador exhorta al cura que sustituya una imagen que haga las veces de San-
tiago Apóstol, y esa imagen se lleve en una procesión que se haga en un día y,
casi todo lo costeará la Cofradía del Santísimo. Al visitador le llegó noticia de que
Juan Francisco Morón, clérigo de menores de esta villa, quiere aplicar a su cau-
dal alguna limosna para ayudar a costear la hechura de la imagen. Contribuyen
también al costo el cura y el mayordomo de esta fábrica, Juan Francisco Morón,
quien solicita que se ponga por la obra una cantidad inteligente y, a la menor
costa que se pueda, se efectuará dicha imagen, para cuyo efecto el mayordomo
contribuirá a la continuación de esta obra hasta 500 maravedíes. Esta cantidad se
abonará una vez perfeccionada la escultura y el proceso de estofado de la imagen.
Están obligados el cura y Juan Francisco a dar cuentas de su contribución en la
confección de esta imagen y de lo que se han gastado en ella196.
Con relación a los mayordomos de las cofradías de Bollullos, el mandato de
visita de 1712 exhorta al cura de la iglesia parroquial a la vigilancia de las cuentas
que se toman a los hermanos mayores de las cofradías de esta villa, proveyéndose
a sus respectivas cobranzas de acuerdo a aquello que más necesitase cada cofra-
día. Se procederá, en concreto, contra Alonso Cano, mayordomo de la cofradía
de Nuestra Señora del Rosario, y contra Diego Jiménez, mayordomo de la her-
mandad de Nuestra Señora de las Mercedes. Por su parte, el mandato de visita de
1725 exhorta al cura a que proceda mediante censuras contra los mayordomos
de las cofradías de las Benditas Ánimas con la cobranza de 484 maravedíes, la de
la Sacramental con la cobranza de 639 maravedíes, y la de Nuestra Señora de las
Mercedes con la cobranza de 169 maravedíes. Dichas cobranzas serán distribuidas
en función de las necesidades de las referidas cofradías, para cuyo efecto se dará
comisión en bastante forma con facultad de ligar y absolver197.
Adentrándonos más concretamente en las cofradías, en el mandato de 1725
se nos habla de la cofradía de Nuestra Señora de las Mercedes, en cuya ermita se
hallaba una lámpara grande muy descompasada, por lo que el visitador mandó
que esta lámpara se desbaratase y se hiciera otra nueva más pequeña que sirviera
para la ermita de esta cofradía. Y después informó de la necesidad de algunas
otras cosas más que hacen falta en esa ermita que no se especicaron.
Acerca de la cofradía de la Sacramental de esta villa, el mandato de visita del
año 1725 ordena al vicario que, dentro de un mes, pida a los hermanos y a los
cofrades de esta cofradía que observen los capítulos que están escritos en el cua-
derno de reglas que ellos tienen, especialmente los que tratan sobre las elecciones
de los ociales. Esas elecciones se harán en los días y meses que están señalados
en las reglas y con la forma y solemnidad que se requiere, no admitiendo la re-
elección de mayordomos sin conocida utilidad de esta cofradía. De todo ello se
196 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
197 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5180.
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dará comisión al vicario, quien procederá mediante censuras y demás remedios
siguiendo lo establecido por el derecho. En el plazo de un mes se procederá a ha-
cer la elección del mayordomo. Para dicha elección los hermanos están obligados
a juntarse y, así, poder acometer tal efecto198.
Acerca de la cofradía del Santísimo Sacramento, en la visita de 1742 el visi-
tador ordena al mayordomo de la misma cofradía que inspeccione la celebración
de las misas para que éstas se celebren en el altar comulgatorio. El mayordomo
ha de informar al cura para que se haga de una capilla de forma que el Santísimo
sea custodiado lo más decentemente posible. Se ha de cuidar el momento en el
que sale el Santísimo durante la visita a los enfermos, llevando la cajita pectoral
con el Santísimo dentro de una bolsa de tela con sus cordones correspondientes.
Todo lo cual será ejecutado por la cofradía del Santísimo Sacramento con la ma-
yor brevedad posible, por la falta que hace, ya que esta iglesia parroquial, donde
se encuentra ubicada dicha cofradía, no dispone de más vasos sagrados.
Finalmente, todos los mandatos de visita concluyen con una indicación del
Visitador General para que se guarden y se ejecuten todo lo que contienen los
mandatos. El Cura debe leer dichos mandatos y hacerlos notorio a los eclesiás-
ticos, para que ninguno alegue ignorancia de lo que en esos mandatos se dice.
Además, de cuatro en cuatro meses hay que dar cuenta a la Secretaría de Cámara
del Sr. Arzobispo, del cumplimientos de los mismos.
concLusIones
En el transcurso de nuestro trabajo, hemos hecho un amplio recorrido de la
visita pastoral a la localidad de Bollullos Par del Condado en el siglo XVIII, te-
niendo en cuenta que la visita pastoral es uno de los principales actos de gobierno
del Obispo en su diócesis.
La visita pastoral era una obligación del obispo y se ejercía desde los primeros
siglos del cristianismo. Esta práctica se devaluó a lo largo de los siglos debido
al absentismo pastoral de los obispos. De aquí que Trento obligara al deber de
residencia y de la visita pastoral a la diócesis. De todo ello, tenía que dar cuenta
en las visitas ad limina. Como resultado de las investigaciones realizadas en el
archivo diocesano, y consultando el fondo documental de las visitas pastorales,
ello nos lleva a la conclusión de que la vida de la diócesis mejora en la misma
medida en que se realizan las visitas pastorales.
Además de lo armado, entresacaremos ahora algunas conclusiones de este
presente artículo. La primera conclusión que podemos subrayar es que hemos
visto la necesidad de descubrir la importancia de la investigación de la documen-
tación creada por la visita pastoral que se conserva en el archivo diocesano. Aquí
encontramos toda la documentación producida por el obispo en el desarrollo de
las múltiples competencias que le han sido asignadas en la administración de
su diócesis y, por tanto, encierra una parte importantísima de la Historia de la
Iglesia.
198 AGAS. Fondo Arzobispal. Sección II: Gobierno-Visitas, n. 5197.
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Como segunda conclusión, hemos destacado el matiz administrativo de la vi-
sita pastoral en la localidad de Bollullos, por cuanto que la visita permite al obis-
po un control del cumplimiento de la observancia de las cosas (aspectos cultuales,
cuentas de fábrica…, en denitiva, el estado material de las parroquias visitadas).
Pero también hemos resaltado esencialmente el aspecto pastoral y espiritual de la
visita, que atañe a la observancia de las personas, clero y eles. En este sentido,
la visita se convierte en una acción evangelizadora por excelencia, un momento
único y especial para establecer el encuentro personal del obispo con su clero y
los eles.
Como tercera conclusión hay que resaltar que, gracias a los libros de visita que
hemos estudiado, hemos abierto una línea de investigación de la visita pastoral
a Bollullos en el siglo XVIII, para el estudio de la historia de la iglesia local, en
concreto, de las parroquias de estas localidades del Condado de Huelva en dicha
centuria y para el conocimiento de la vida socio-religiosa de estos pueblos y del
modo de expresar la fe de los eles en aquella época. Se trata de recuperar nuestra
conciencia de vivir el mensaje cristiano a través de ver cómo expresaron su fe
nuestros antepasados, según las circunstancias históricas que les tocó vivir. Saber
lo que hemos sido es imprescindible para hacer un proyecto de lo que queremos
ser, para poder así hoy dar razones de nuestra fe. Y, a su vez, esta línea inves-
tigadora puede servir a otros investigadores como aportación para sus estudios
sobre la visita pastoral.
Como última conclusión hacemos hincapié en los libros de visita como una
importante fuente documental para el conocimiento del clero parroquial. Se tra-
ta de la parte principal de la visita pastoral en lo concerniente a la inspección a
las personas, teniendo en cuenta la amplitud de información que arroja el visi-
tador en lo tocante a este aspecto de la visita. Los libros de visita nos ofrecen,
por tanto, un material excepcional para conocer al clero en su vida intelectual,
espiritual y moral.
Por último, pero posiblemente podríamos considerarla también como la pri-
mera conclusión, es seguir avanzando en esta línea de investigación que hemos
abierto en este artículo en relación con las visitas pastorales a Bollullos Par del
Condado.
Fuentes manuscrItas
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Arzobispal:
o Sección II: Gobierno-Visitas, nn. 5180, 5183, 5190, 5197, 5203, 5212, 5217,
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o Sección III: Justicia Ordinaria, n. 2923.
o Sección IV: Administración General-Visitas, nn. 1413, 1453 y 1524.
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