Presentación

El Consejo Social es el órgano de participación de la sociedad en la Universidad y debe ejercer como elemento de interrelación entre ambas.

Las relaciones entre el Consejo Social y los órganos de gobierno de la Universidad se regirán por los principios de coordinación, colaboración y lealtad en el ejercicio de sus respectivas atribuciones.

En su organización y funcionamiento el Consejo Social se regirá por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades; la Ley 12/2011, de 16 de diciembre, de modificación de la Ley Andaluza de Universidades; los Estatutos de la Universidad de Huelva y por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Huelva. En lo no previsto en las normas citadas, será de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Además de las competencias concretas que le otorga la legislación en vigor, son fines fundamentales del Consejo Social realizar cuantas actuaciones sean precisas para conseguir la mayor calidad de las enseñanzas de la Universidad de Huelva, potenciar su capacidad investigadora e impulsar el progreso social, económico y cultural de la sociedad onubense.

Para el ejercicio de sus funciones, el Consejo Social dispondrá de la oportuna información y asesoramiento de la Agencia Andaluza del Conocimiento, así como de los demás órganos con funciones de evaluación de la calidad universitaria.

El Consejo Social aprobará un Plan Anual de Actuaciones destinado a promover las relaciones entre la Universidad y su entorno cultural, profesional, económico y social, así como de establecer un programa de sus demás acciones en relación con sus distintas funciones y de los objetivos que pretendan alcanzarse en ese periodo.

De acuerdo con el artículo 19.1 de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, el Consejo Social estará compuesto por 26 personas. Son miembros natos el/a Rector/a, el/a Secretario/a General y el/a Gerente;  otros son nombrados por la comunidad universitaria; los demás miembros son personalidades de la vida cultural, profesional, económica, laboral y social de Huelva. El/a Presidente/a será nombrado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.