Permitir a los ciudadanos y a la comunidad universitaria la remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones y de los documentos que los acompañen.
No se requiere firma de terceros para este procedimiento.
Los formularios específicos indicarán la documentación exigida en su caso.
Si un registro indica que adjunta algún documento, debe anexarse el fichero correspondiente. Si esto no ocurre, se hará constar con la correspondiente diligencia.
No
Reclamaciones: Secretaría General y Registro. No hay plazo establecido.
La presentación de instancias se realizará bien vía telemática o en el Registro General de la universidad.
No
Está vigente. El periodo de vigencia es indefinido.