Perfil y requisitos de acceso

Los requisitos generales de acceso a los másteres oficiales son los que se establecen en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, septiembre por el que se establece la Organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

De acuerdo con las previsiones del art. 75 de la Ley 15/2003, Andaluza de Universidades a los únicos efectos del ingreso en los centros universitarios, todas las Universidades públicas andaluzas se constituyen en un distrito único. En consecuencia, los procesos de admisión de alumnos se realizan de acuerdo con los criterios que establezca la Comisión de Distrito Único Andaluz, considerándose en los mismos la existencia de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad. Al menos se reservará un 5% de las plazas ofertadas en los títulos universitario de Máster Universitario para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como para estudiantes con necesidades de apoyo educativo permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena inclusión educativa.

Según los cuales quienes deseen ser admitidos, deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • Estar en posesión de un título de Grado, o de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Diplomado, Ingeniero Técnico o Maestro, u otro expresamente declarado equivalente.
  • Estar en posesión de un título universitario extranjero expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster.
  • Estar en posesión de un título universitario extranjero, equivalente al nivel de grado en España, pero que no ha sido homologado por el Ministerio de Educación Español y que faculte en su país de origen para cursar estudios de posgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.

Además de los requisitos de acceso generalmente establecidos en el artículo 16 RD 1393/2007, los solicitantes deberán cumplir, en su caso, los requisitos específicos que requiera cada Máster en el que desee ser admitido. En su caso, estos requisitos específicos se hacen públicos desde el comienzo del plazo de presentación de solicitudes hasta la finalización del proceso en la respectiva universidad. En cualquier caso, siempre están disponibles en el punto de acceso electrónico.

Al margen de esta normativa, no existen condiciones o pruebas de acceso especiales para la admisión a esta titulación autorizada por la administración competente. En todo caso, el acceso a la Universidad se realizará desde el pleno respeto a los derechos fundamentales y a los principios de igualdad, mérito y capacidad. Igualmente, se tendrán en cuenta los principios de accesibilidad universal y diseño para todos según lo establecido en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Concretamente, los requisitos específicos de admisión, criterios de valoración de méritos y de selección están recogidos en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Máster de la Universidad de Huelva, conforme a lo establecido en el artículo 17 del RD 1393/2007 modificado por el RD 861/2010, en virtud de los cuales:

Los requisitos específicos de admisión en los Másteres son competencia del órgano responsable, los aplica la Comisión Académica y tienen el objetivo de asegurar la igualdad de oportunidades de acceso a la enseñanza para estudiantes suficientemente cualificados. En todos los casos, los elementos a considerar incluirán la ponderación de los expedientes académicos de las personas candidatas, corregido por la afinidad de la titulación de origen (alta, media y baja), y el nivel de idioma adquirido, al ser necesaria la acreditación, en su caso, de un determinado nivel en el idioma en que se imparta el Máster. La Comisión Académica del Máster resolverá las solicitudes de acceso de acuerdo con los criterios de selección correspondientes, publicará el listado de estudiantes admitidos antes del comienzo del período de matrícula y establecerá el currículum específico que deberá cursar cada estudiante en función de la formación previa que acredite. En caso de desacuerdo con la resolución, el estudiante podrá reclamar ante el mismo órgano y presentar un recurso de alzada ante el Rector. Los estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad contarán con servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.

De esta manera, el acceso al Máster se realizará de forma directa para aquellos que estén en posesión del título Graduado en Turismo, Administración y Dirección de Empresas, Finanzas y Contabilidad, Gestión Cultural, así como titulaciones afines, dada la diversa denominación actual. También podrán acceder al Máster aquellas titulaciones afines procedentes de otros Planes de Estudios, y todas aquellas que considere la Comisión de Coordinación y Admisión. Cada caso será estudiado de forma individual por la Comisión de Coordinación y Admisión del Máster, nombrada al efecto y que comprobará si ha conseguido las competencias de los grados mencionados.

Aquellos estudiantes procedentes de países donde el castellano no sea una lengua oficial que quieran cursar el Título deberán acreditar un dominio mínimo de la lengua española equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), aportando el correspondiente documento acreditativo en la solicitud de admisión.

Todos los aspectos relativos al proceso de preinscripción y matrícula serán objeto de información pública, integrada y coordinada a través de las páginas web del Distrito Universitario Único Andaluz, la Oficina de Acceso de la Universidad de Huelva y la página web de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo. La selección de los candidatos se llevará a cabo por la Comisión Académica del Máster siguiendo el criterio de admisión específico recomendado por el Distrito Único Andaluz (DUA), consistente en considerar la nota del expediente académico, al que se otorgará una importancia relativa del 90% de la puntuación. Este criterio estará corregido en función de la afinidad (alta, media, baja) de las distintas titulaciones de origen. La afinidad de las titulaciones se establecerá de forma orientativa a las siguientes titulaciones, pudiendo incorporarse nuevas titulaciones afines a las recogidas en este apartado:

  • Afinidad Alta: Grado en Turismo, Grado en Administración y Dirección de Empresas, Grado en Finanzas y Contabilidad, Grado en Gestión Cultural, así como titulaciones afines, dada la diversa denominación actual.
  • Afinidad Media: Grado en Humanidades, Grado en Derecho, Grado en Sociología y Grado en Filologías.
  • Afinidad Baja: Resto de titulaciones que a juicio de la Comisión Académica tengan algún grado de afinidad con las anteriores.

Además, la Comisión Académica reservará hasta un 10% de la puntuación para valorar la formación de idiomas del solicitante. Esta decisión tiene dos justificaciones:

  • Por una parte, valorar el nivel de castellano de los alumnos extranjeros, ya que hay que tener en cuenta que este máster es muy solicitado por alumnos extranjeros.
  • Y por otra parte, valorar la preparación de los alumnos para un entorno globalizado como es el del sector turístico, donde la comunicación multilingüe es imprescindible. La medida busca formar profesionales versátiles y competitivos en un mercado global.