
CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN INNOVACIÓN SOCIAL EN EL MARCO DE LA “CÁTEDRA FUNDACIÓN MOEVE” DE LA UHU (Edición 2024)
El Vicerrectorado de Innovación y Empleabilidad, responsable de las cátedras externas de la Universidad de Huelva, a través de la Cátedra Fundación Moeve, convoca ayudas dotadas con hasta 33.000€, para la realización de Proyectos de Investigación orientados a la Innovación Social para el año 2024 en régimen de concurrencia competitiva.
La concesión y disfrute de dichas ayudas se regirá por las siguientes bases:
La presente convocatoria tiene como objetivo el apoyo a líneas de investigación para la realización de proyectos cuya temática esté relacionada con la innovación social enfocada en identificar, analizar, explicar y tratar de resolver los problemas estructurales de la población general de la provincia de Huelva y contribuyendo al bienestar general de la sociedad onubense y a la mejora de su calidad de vida con soluciones sostenibles.
La duración de los proyectos será de 12 meses a contar desde la fecha de la resolución definitiva.
La justificación intermedia (científica y económica) debe estar entregada antes de finalizar el sexto mes del periodo de trabajo y el informe final de las ayudas deberá ser presentado tras finalizar el periodo de trabajo de 12 meses, no existiendo posibilidad de prórroga.
Estos proyectos deben suponer un avance en la investigación y su transferencia sobre la siguiente temática, de interés para Fundación Moeve:
- Estudio de análisis de la población de la provincia de Huelva que plantee con eficacia y con base científica los problemas estructurales más importantes que sufre la sociedad onubense por su impacto negativo y por su duración en el tiempo.
- Debe realizarse una investigación sistémica para identificar y analizar problemas que son multidimensionales. Realizar un análisis de las causas y la evolución de los problemas que atañen a la población de la provincia de Huelva.
- Este análisis es el paso previo para, en sucesivas convocatorias, realizar trabajos que generen propuestas de ámbito social, científico o tecnológico que favorezcan el desarrollo sostenible, local y regional en condición de integración ciudadana plena
Se valorará:
- La innovación en la forma de analizar y desarrollar los temas abordados.
- La transferencia y divulgación científica.
- La sostenibilidad de los resultados.
- La visibilidad y el impacto socioeconómico del proyecto en la provincia de Huelva.
- El carácter interdisciplinar del proyecto y la participación de personal de diferentes departamentos de la Universidad de Huelva.
Los proyectos subvencionados serán realizados por equipos de trabajo dirigidos por una persona investigadora principal (en posesión del título de doctor/a). Se establecen dos categorías de personal investigador principal:
- Investigador/a principal consolidado/a. Personal docente e investigador con vinculación permanente funcionarial o laboral con la Universidad de Huelva.
- Investigador/a principal joven o emergente. Personal docente e investigador no permanente con plaza en RPT ocupada tras el oportuno concurso, personal investigador con contratos Juan de la Cierva, Ramón y Cajal, personal investigador en formación acogido a programas FPI, FPU o sus correspondientes en el Plan Propio de Investigación de la UHU, o convocatorias competitivas equivalentes, en tanto en cuanto se mantenga su vinculación con la Universidad de Huelva y miembro de algún Grupo de Investigación de la Universidad de Huelva.
El investigador/a principal joven o emergente deberá incluir en su equipo de trabajo a una persona investigadora con vinculación permanente funcionarial o laboral con la Universidad de Huelva, que actuará como tutora y orientadora científica. Además, será necesario que se acredite que: i) el contrato laboral por el que se encuentre vinculado a la misma tenga una duración superior a la de la realización del proyecto objeto de la ayuda y ii) que el proyecto sea acorde con el objeto del contrato del investigador/a.
El proyecto podrá incluir entidades legalmente establecidas como colaboradoras. Los proyectos deberán ser originales y no haberse presentado a otras convocatorias, si bien, podrá estar relacionado con un contrato o convenio de investigación entre la Universidad de Huelva, Moeve y/o Fundación Moeve.
La duración máxima de los proyectos será de 12 meses. El investigador/a principal deberá presentar un informe intermedio en el sexto mes tras la resolución definitiva y uno final una vez concluido el plazo de la convocatoria.
La participación de los miembros del equipo de trabajo estará limitada a una única solicitud. El equipo de trabajo no tendrá limitación en el número de miembros y estará compuesto por personal investigador adscrito a la Universidad de Huelva.
Quedan excluidos de la convocatoria:
- Proyectos con un fin únicamente divulgativo, comunicativo o publicitario.
- Actividades de ocio.
- Proyectos que no tengan repercusión en el entorno socioeconómico de la ciudad de Huelva y su provincia.
La solicitud (Anexo I) y la documentación que la acompañe irá dirigida a CÁTEDRAS EXTERNAS, Cátedra Fundación Moeve, y se presentará a través de los registros presenciales o telemático de la UHU o cualquiera de los lugares previstos en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Debe enviarse copia de toda la solicitud, Anexo I y documentación, al correo electrónico catedra.fmoeve@uhu.es
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
La solicitud consiste en el ANEXO I debidamente cumplimentado, que incluye los siguientes apartados:
- Resumen del proyecto (extensión máxima de 300 palabras)
- Área de interés para Fundación Cepsa con la que está relacionado.
- Memoria científico-técnica (extensión máxima de 6.000 palabras) que debe incluir: Antecedentes y estado actual, Objetivos, Metodología, Equipo de investigación, Medios Materiales del equipo investigador que se utilizarán en el proyecto, Cronograma, Impacto previsible en el entorno socioeconómico de Huelva.
- Plan de difusión, incluyendo la posibilidad de proceso/producto patentable.
- Presupuesto detallado del proyecto, indicando otras fuentes de financiación si existieran.
Además, se deben acompañar los siguientes documentos:
- Copia del DNI del Investigador/a solicitante
- CVA de todos/as los/las participantes
- Documento de compromiso de participación por escrito de todas las personas que figuran en el equipo de trabajo, indicando nombre completo, cargo y responsabilidad que asumen en el proyecto financiado (ANEXO II)
- Certificado de vinculación laboral con la UHU de todo el equipo investigador (los funcionarios pueden presentar su nombramiento en el BOE)
- En el caso de que en la propuesta participe una asociación o entidad externa: una carta de compromiso firmada por el representante legal de la entidad en la que se indique el CIF.
La comunicación de las personas interesadas con la Cátedra Fundación Cepsa se realizará a través de la dirección de correo: catedra.fmoeve@uhu.es
| Plazos importantes de la convocatoria | |
| Presentación de solicitudes | 15 días naturales desde la convocatoria + 1 |
| Publicación provisional de ayudas | Antes de 3 meses desde la convocatoria |
| Plazo de alegaciones | 5 días hábiles |
| Presentación de informes intermedios | Antes del 6º mes desde Resolución definitiva |
| Fin de proyecto | 12º mes desde Resolución definitiva |
| Presentación de informes finales | Antes de 2 meses desde el fin del proyecto |
Las ayudas objeto de la presente convocatoria se financiarán con cargo a la Cátedra Fundación Moeve. La cuantía máxima disponible para las ayudas objeto de la presente convocatoria es de 33.000 euros correspondientes al convenio 2024 y el importe máximo de cada ayuda estará limitado por el presupuesto total de la convocatoria y el número de ayudas concedidas. La comisión evaluadora decidirá el número de solicitudes financiadas y el importe concedido a cada proyecto.
El crédito concedido estará disponible una vez publicada la resolución definitiva de las ayudas y cada gasto deberá ser debidamente justificado y aprobado por el Vicerrectorado de Innovación y Empleabilidad. La justificación económica final deberá realizarse durante los dos meses siguientes a la finalización del periodo de ejecución del proyecto, mediante la entrega de una memoria de gastos pormenorizada y actividades realizadas que se enviará a: catedra.fmoeve@uhu.es
Los proyectos tendrán como gastos elegibles aquellos que resulten estrictamente necesarios para desarrollar el trabajo, y se realicen en el plazo establecido en la resolución de concesión.
Podrán ser gastos financiables los siguientes conceptos directos de ejecución, en las condiciones y con las limitaciones establecidas por esta convocatoria:
- Costes de personal: Será financiable el coste laboral del personal, contratado exclusiva y específicamente para la realización de la actividad objeto de la ayuda, debiendo constar expresamente en su contrato laboral. El personal podrá ser contratado bajo cualquier modalidad de contratación, acorde con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el resto de legislación laboral vigente y normativa a la que esté sometida la Universidad de Huelva.
No se financiarán los costes de personal propio vinculado contractualmente a la Universidad de Huelva. En ningún caso, se financiarán los costes de personal de los miembros de los órganos de gobierno, administración o gestión, definidos estatutariamente, con independencia del tipo de relación jurídica que mantengan con la Universidad.
Los gastos de personal deberán justificarse mediante la presentación de contratos, nóminas, seguros sociales y sus respectivos justificantes de pago, así como de los correspondientes partes horarios firmados por el personal contratado por la entidad beneficiaria para la ejecución del objeto de la ayuda. - Costes de movilidad: gastos de viaje, locomoción, alojamiento y manutención, siempre y cuando sean ejecutados por personal involucrado en la ejecución de las actividades objeto de ayuda, estén directamente vinculados a la actividad y se identifique claramente en la justificación la persona que ha incurrido en el gasto.
- Adquisición de material fungible, suministros y productos similares, directamente relacionados con la ejecución de las actividades objeto de ayuda. Los gastos de material de oficina y consumibles informáticos no se financiarán por tener la consideración de gastos generales.
- Los costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas.
- Otros costes de carácter menor o auxiliar no contemplados en los anteriores apartados que se deriven de la actuación y que sean necesarios y tengan relación directa con la ejecución del proyecto objeto de financiación.
No serán financiables entre otros:
- Los costes de adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación de pequeño o gran equipamiento, incluidos equipos informáticos.
- Los costes de consultoría y subcontratación (salvo excepciones que se deben consultar).
- El pago de honorarios por actividades de formación.
- Gastos generados por comidas de trabajo y otras atenciones protocolarias.
- Cualquier gasto que no obedezca al objetivo del proyecto (no se financiará la publicación de artículos en revistas científicas ni su traducción/revisión de idioma).
Los beneficiarios deberán incluir el logo de la Cátedra Fundación Moeve y/o citar a la Cátedra como entidad patrocinadora, en los documentos que se realicen (cartelería, folletos, programa de actividades, publicaciones, etc.), e indicar que se ha recibido financiación de la Cátedra en las publicaciones de resultados que se deriven.
Las ayudas concedidas serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas destinadas a proyectos de I+D+i procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado, salvo que se justifique claramente la necesidad de financiación de unos gastos diferentes.
En caso de que los beneficiarios reciban otras ayudas u otro tipo de ingresos públicos o privados para la misma actuación y con conceptos de gasto semejantes, deberán hacerlo constar así en la solicitud. Si los recibieran una vez presentada la solicitud, deberán hacerlo constar en el informe de seguimiento y final, de manera que no se incurra en el supuesto de doble financiación.
La evaluación de las solicitudes la realizarán expertos/as de los distintos ámbitos de investigación y transferencia del conocimiento relacionados con las solicitudes presentadas, designados por Fundación Moeve y el Vicerrectorado de Innovación y Empleabilidad, con el VºBº del Consejo de Cátedra, que harán una preselección conforme a los tres primeros puntos de los siguientes criterios de valoración y puntuación:
- Calidad, innovación y excelencia científica (30 puntos)
- Creatividad y viabilidad de la propuesta (10 puntos)
- Repercusión e impacto de la iniciativa en el entorno onubense (10 puntos)
- Interés del proyecto para Fundación Cepsa (50 puntos)
El liderazgo de proyectos por personal investigador joven (máximo 40 años el día de la convocatoria) será considerado un mérito preferente y la puntuación obtenida en el primer punto del baremo anterior se multiplicará por un factor corrector de 1.5
El hecho de que los proyectos tengan en su equipo personal investigador de dos o más departamentos diferentes será considerado un mérito preferente y la puntuación obtenida en el primer punto del baremo anterior se multiplicará por un factor corrector de 1.5
Una vez evaluadas las solicitudes, el Consejo de la Cátedra será el responsable de resolver la convocatoria teniendo en cuenta la valoración efectuada por el comité de expertos sobre los tres primeros puntos del baremo y su propia valoración en el cuarto punto del baremo. La resolución tendrá en cuenta los siguientes criterios:
- Ordenación de los proyectos de mayor a menor puntuación.
- No se incentivarán aquellos proyectos cuya evaluación sea inferior a 50 puntos.
La resolución se dictará en el plazo máximo de dos meses desde el cierre de la convocatoria. Una vez resuelta la convocatoria por el Consejo de Cátedra, se publicará la resolución provisional que tras el período de 5 días hábiles de alegaciones y las modificaciones que de ellas se deriven, se elevará a definitiva.
Las ayudas podrán declararse desiertas si, a juicio del Consejo de Cátedra y con los resultados de la evaluación se estima que los candidatos no reúnen el nivel requerido. Una vez resuelta la convocatoria, la resolución se publicará en la sede electrónica de la Universidad de Huelva a través del Tablón Electrónico Oficial (TEO), por correo electrónico a la lista de distribución de PDI y en la página web de la Cátedra y se informará mediante correo electrónico a la persona investigadora principal de cada proyecto financiado, indicando el nombre y los apellidos de los/as participantes en el mismo, la Facultad, el Centro o Departamento del que forman parte, el importe de la ayuda concedida y el título del proyecto. Asimismo, se notificará al resto de los/las solicitantes las principales causas de su no selección.
Una vez finalizado el proyecto, el Vicerrectorado responsable de las Cátedras Externas certificará la coordinación y la participación de los miembros de los proyectos financiados. Los resultados del proyecto son de la exclusiva responsabilidad de su/s autor/es. Los informes finales de resultados de investigación serán públicos y accesibles en la página web de la Cátedra.
Cualquier cambio sustancial del contenido del proyecto aprobado o sobre el calendario de ejecución de las actividades planificadas, habrá de ser comunicado por escrito al Vicerrectorado responsable de las Cátedras Externas en el momento que surja dicho cambio. Este Vicerrectorado podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos, cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto o cuando concurran alteraciones temporales o sustantivas que no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas, lo que dará lugar, previo oportuno expediente, a la revocación de la ayuda y a la retirada del crédito.
También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes originales del gasto realizado en la fecha establecida para la finalización de la actividad.
La Cátedra Fundación Moeve podrá retirar de la convocatoria a cualquier participante que incumpla alguna de las normas establecidas, o cuando se considere que está participando de manera fraudulenta.
Ante el incumplimiento por parte del equipo investigador de las obligaciones incluidas en las bases de la convocatoria, la ocultación de datos, su manipulación o la no realización de las actividades previstas, la Cátedra Fundación Moeve se reserva el derecho a la retirada del crédito concedido.
La justificación inadecuada de un proyecto supondrá que la persona solicitante (IP) no podrá concurrir a las futuras convocatorias de Cátedras Externas.
En lo no previsto en la presente resolución para el caso de incumplimiento de la finalidad de la subvención, se estará a lo dispuesto en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones en lo que se refiere a las causas de reintegro, obligados, procedimiento y prescripción.
- El Consejo de Cátedra resolverá cualquier cuestión no prevista ni detallada en las bases, haciéndolas públicas a las personas interesadas por cualquiera de las vías que considere oportunas y que garanticen su publicidad.
- Las personas beneficiarias de la convocatoria se comprometerán a participar en un acto público de entrega de las ayudas (si lo hubiera), donde tendrán que realizar una breve presentación de su proyecto.
- El Vicerrectorado de Innovación y Empleabilidad podrá requerir, en cualquier momento, cualquier documentación o información que considere necesaria, que deberá ser entregada con carácter obligatorio.
- La Cátedra Fundación Moeve podrá utilizar parcialmente los resultados de las investigaciones, así como la imagen de las personas beneficiarias, según considere oportuno, únicamente a efectos de promoción de esta convocatoria y de la propia Cátedra, la Universidad de Huelva y/o la Fundación Moeve.
- La Cátedra Fundación Moeve recopilará y será depositaria de los datos personales de las personas solicitantes únicamente a efectos de notificación y promoción de actos relacionados con la presente convocatoria. Las personas solicitantes podrán solicitar a la Cátedra la revisión, corrección y/o eliminación de dichos datos mediante comunicación a la dirección de la Cátedra en la dirección de email catedra.fmoeve@uhu.es
- Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición ante la Sra. Rectora de la Universidad de Huelva, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Convocatoria: PINCHAR AQUI
Anexo I. Solicitud: PINCHAR AQUI
Anexo II. Compromiso de participación: PINCHAR AQUI
Resolución provisional de ayudas concedidas: PINCHAR AQUI
Resolución definitiva: PINCHAR AQUI