Los requisitos generales de acceso a los másteres oficiales son los que se establecen en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, según los cuales quienes deseen ser admitidos, deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
Los requisitos específicos de admisión, criterios de valoración de méritos y de selección están recogidos en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Máster de la Universidad de Huelva, conforme a lo establecido en el artículo 17 del RD 1393/2007 modificado por el RD 861/2010, en virtud de los cuales:
Las universidades participantes valorarán la adecuación del título y el expediente académico de los candidatos (esto último supondrá el 80% de la puntuación total de los mismos). La Comisión Académica del Máster valorará la experiencia profesional (10%) en el ámbito de la enseñanza infantil, primaria y secundaria (específicamente de las ciencias Experimentales, las Ciencias Sociales y Matemáticas), así como la participación en grupos de innovación o investigación educativa en los ámbitos de las ciencias experimentales, sociales y matemáticas (10%). En concreto, en el primer apartado se valora con un punto por año trabajado hasta un máximo de 10, en Educación Infantil y en Educación Primaria, en la Educación Secundaria, para su valoración la experiencia debe estar adscrita a las Ciencias Sociales, Ciencias Experimentales o Matemáticas y en el ámbito universitario la experiencia debe ser en las áreas de Didáctica de las Ciencias Sociales, Didáctica de las Ciencias Experimentales y Didáctica de la Matemática; en el segundo apartado, se valora con un punto cada proyecto de innovación educativa en el que participa el solicitante e igualmente con un punto cada año en el que se ha pertenecido a un Grupo de Investigación hasta un máximo de 10 puntos.