El rector de la Universidad de Huelva ostenta las competencias atribuidas por el Art. 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y por los Estatutos de la Universidad, en sus artículos 27 a 34.
- El rector es la máxima autoridad académica de la Universidad y ostenta la representación de ésta. Ejerce la dirección, gobierno y gestión de la Universidad, desarrolla las líneas de actuación aprobadas por los órganos colegiados correspondientes y ejecuta sus acuerdos.
- El rector preside el Claustro Universitario, el Consejo de Gobierno, y es miembro nato del Consejo Social. Asimismo, preside en la Universidad de Huelva todos los actos a los que asista.
- El rector es elegida por la comunidad universitaria por elección directa y sufragio universal, libre y secreto. El voto es ponderado entre los miembros de la comunidad universitaria: profesorado, estudiantes y personal de administración y servicios.