Créditos

Criterios para el reconocimiento y transferencia de créditos

TIPOS DE RECONOCIMIENTOMÍNIMOMÁXIMODOCUMENTO
Créditos cursados en Centros de formación profesional de grado superior
00No se contempla
Créditos cursados en Títulos propios00No se contempla
Créditos cursados por Acreditación Experiencia Laboral y Profesional09Adjuntar documento indicando el tiempo y asignaturas que podrán ser objeto de reconocimiento

El Reglamento de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad de Huelva en estudios Oficiales de Máster (Adaptado RD 822/2021 en su art. 10), aprobado por Consejo de Gobierno de 19 de julio de 2023, es el documento que marca los criterios para el reconocimiento y transferencia de créditos tal y como se expresa a continuación

Atendiendo a lo indicado en el Reglamento núm. 8/2023, de 13 de julio, de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad de Huelva en Estudios Oficiales de Grado y Máster (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de julio de 2023, por el que se aprueba el Reglamento de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad de Huelva en Estudios Oficiales de Grado y Máster), publicado en el BOUH núm. 91 de 25 de julio 2023, en este máster la experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención del título oficial, siempre que dicha experiencia profesional esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título y en todo caso, solo y exclusivamente, cuando se alcancen los 8 créditos de la asignatura de Prácticum

En el artículo 9 de Reconocimiento por experiencia profesional o laboral se establecen las condiciones para dicho reconocimiento. En este título sólo se podrá reconocer la experiencia laboral en la asignatura de prácticas, cuya carga crediticia es de 8 ECTS, que corresponde a16 meses de desempeño profesional a tiempo completo desarrollando funciones relacionados con las competencias que se establecen en el título.

Tipo de experiencia profesional con posibilidad de reconocimiento:

Profesionales del ámbito socioeducativo, que desempeñen labores en las áreas de educación, psicología de la educación, logopedia, etc. que trabajen directamente con personas con diferentes capacidades para lograr su desarrollo integral.

Además, según el procedimiento establecido, la acreditación de la experiencia profesional y laboral, deberá certificarse mediante la aportación, en su caso, de la siguiente documentación:

  • Informe de la vida laboral.
  • Certificado de empresa u organismo, en el que se refleje la actividad realizada por el estudiante y el período de tiempo de ejercicio, en el que se pueda constatar que la antigüedad laboral en el grupo de cotización que el solicitante considere, guarda relación con las competencias establecidas en el título.

Los mecanismos y reconocimientos de créditos para las titulaciones de grado se encuentran regulados en los reglamentos de reconocimiento vigentes y que puede ser consultados en las siguientes direcciones: