Suplemento Europeo al Título (SET)

Creación

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva, en sesión celebrada el día 29 de julio de 2016, adoptó el siguiente acuerdo de cara a regular el procedimiento para la expedición del Suplemento Europeo al Título (SET) en la Universidad de Huelva. Este Acuerdo será aplicable a las enseñanzas universitarias oficiales de Licenciado, Diplomado, Ingeniero, Ingeniero Técnico, así como a las enseñanzas de Grado y Master reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre. El marco Jurídico de referencia además del mencionado Real Decreto 1393/2007, es el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales (BOE de 6 de agosto) y en el Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. De manera específica para las enseñanzas previas a la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), será aplicable el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título (BOE 11 de septiembre).

Qué es

El Suplemento Europeo al Título (SET) es el documento que acompaña al título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional con la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior.

Es un documento oficial, expedido en dos idiomas (castellano e inglés). Lo expiden las universidades según la normativa vigente.

Su solicitud se realizará a través de la web de Secretaría de Centros.

Quién puede solicitarlo

  • Para diplomaturas y licenciaturas: Aquellos estudiantes cuyo título haya sido expedido a partir del 24/04/2007 o cuya expedición haya sido solicitada con posterioridad al 11/09/2003, y se correspondan, en ambos casos, con estudios finalizados en el curso académico 2003-04 o posteriores.
  • Para las titulaciones de grados y másteres reguladas por el RD 1393/2007 de 29 de octubre y que hayan finalizado con anterioridad a la convocatoria de febrero y junio del 2016-17, respectivamente. Para aquellos que finalicen con posterioridad a dichas convocatorias el SET será tramitado de oficio por la secretaría del centro, una vez que alumno presente la solicitud del título oficial.

Plazo de presentación de la solicitud

  • En cualquier momento para aquellos que estén obligados a presentar solicitud.

Lugar de presentación de la solicitud

Documentación a aportar

  • Solicitud cumplimentada y firmada,
  • Para españoles fotocopia del D.N.I., para extranjeros fotocopia del pasaporte o del documento de identidad de su país (este último si pertenece a la U.E.).

Recogida del SET

Podrán consultar su disponibilidad en la página web de la Facultad.

  • Para el alumnado que tenga en su poder el título oficial
    • En la secretaría de la Facultad, por el interesado presentado su DNI o por la persona en quien delegue con la autorización pertinente.
    • Por mensajería previa solicitud del interesado. Los trámites y gastos de mensajería correrán a su cargo.
  • Para el alumnado que este pendiente de recoger el título oficial
    • En la secretaría de la facultad en el momento que proceda a retirar su título oficial por los medios establecidos. (Ver instrucciones de solicitud de título en la web de la facultad).