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Requisitos de Acceso

1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.

2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de EducaciónSuperior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitariosoficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.

b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derechocomunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio loscomplementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondientetítulo de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos de investigación procedentes de estudios de Máster.

c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de accesoa plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formaciónde un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud

d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación,previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del títulooficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado.Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesadoni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.

e) Los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenidode acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadoraregulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.

f) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

3. A la vista de la especialización del Programa que se inscribe en el campo de las Ciencias Sociales se priorizarála admisión de licenciados y graduados en ciencias jurídicas y los que a su vez hayan realizado máster adscritos aáreas vinculadas con el Derecho.

4. Se recuerda que es importante que las personas que hagan su preincripción se informen de la disponibilidad real de quien eligen como tutor o tutora para desempeñar esta tarea. Se ruega contacten con ellos antes de cerrar el trámite de solicitud de preinscripción. 
 

NOTA IMPORTANTE: Sólo se podrán tener en cuenta la solicitudes de ingreso al programa QUE SE ENCUENTREN AVALADAS POR UN PROFESOR DEL PROGRAMA QUE ASUMA EL COMPROMISO DE DIRIGIR LA TESIS DEL SOLICITANTE. También podrá realizarse el proceso de nombrar colaborador externo a otro director que no esté incluido en el cuadro de profesores, siempre que tenga los méritos suficientes y que así lo acepte la comisión académica y el comité directivo de la Escuela.

IMPRESO AVAL PARA LA SOLICITUD DE ACCESO